REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal en funciones de Juicio de Violencia contra la Mujer del estado Apure
San Fernando de Apure, 16 de julio de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : CP31-S-2012-000286
ASUNTO : CP31-S-2012-000286

ACTA DE CONTINUACIÓN DE JUICIO ORAL Y PRIVADO

En el día de hoy, Dieciséis (16) de Julio de 2012, siendo las 02:24 horas de la tarde, previo lapso de espera para que tenga lugar el acto de Juicio Oral y Privado, en la Causa Nº CP31-S-2012-000286, seguida en contra del acusado HERNAN ELIAS MONTOYA, Por la presunta comisión del delito de: VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 43, tercer aparte de la Ley Orgánica Sobre el derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de (SE OMITE LA IDENTIDAD POR MANDATO EXPRESO DEL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES). Presentes en la sala de Juicio del Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial de Violencia Contra la Mujer del Estado Apure, a los fines indicados anteriormente, la Ciudadana Jueza DRA. LIDIA LUISA ROCCI ESCOBAR, quien verificó a través de la ciudadana secretaria del Tribunal ABG. DEYSY E. CASTILLO C., la presencia de los llamados a comparecer; informando está que se encuentran presentes, EL DEFENSOR PRIVADO, DOUGLAS VARGAS, EL ACUSADO HERNAN ELIAS MONTOYA PREVIO TRASLADO DESDE EL INTERNADO JUDICIAL, LA VICTIMA CON SU REPRESENTANTE (CIUDADANA ANA BOLÍVAR) y LA CIUDADANA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, DRA. MILANYELA HERNÁNDEZ. Seguidamente la ciudadana Jueza informal a el acusado que puede hablar con su defensor las veces que quiera, salvo cuando este declarando o este siendo repreguntado. Se presume su inocencia hasta tanto no haya una sentencia condenatoria definitivamente firme en su contra. Acto seguido la ciudadana jueza de conformidad con el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal y por mandato expreso del artículo 64 de la ley especial que rige la presente materia, realiza un resumen de la audiencia de juicio oral y privado de fecha 04 de Julio de 2012. Se le impuso al imputado los derechos establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Código Orgánico Procesal Penal y la Ley Especial, por lo que le impone al imputado el Precepto Constitucional contenido en los numerales 2 y 5 del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se apertura la recepción de prueba se le dio instrucciones al alguacil para el llamado de el expertos, el cual realizó el llamado a viva voz a Dr. JOSÉ GREGORIO SOTO SALCEDO, Medico Forense, Experto profesional Especialista I, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en su condición de experto. Si está.- se identifica: titular de la cédula de Identidad Nº 5.820.913, fecha de nacimiento 25-05-1960, de estado civil: casado, residenciado; Urb. Merecure calle Nº casa s/n, Biruaca estado Apure, de oficio medico Forense, quien previo juramento de ley y lectura del articulo 242 del Código Penal Venezolano, referente al falso testimonio, así como el 245 ejusdem. Acto seguido expone: reconozco en contenido y firma del informe que se me coloca a la vista. (Se deja constancia que el experto da lectura en su totalidad al informe). Pregunta Fiscal: 1.- en su informe señala enrojecimiento leve del introito vaginal, que lo origina? R: el enrojecimiento es producto por el acto sexual. 2.- Defina laceración? R: es como un desgarro leve de la mucosa, en la parte de adentro de la vagina, lo que separa la vagina del ano, eso se llama introito vaginal. 3.- que ocasiona laceración? R: el acto sexual, una manipulación vaginal. 4.- Señala que fue examinada 72 horas después aun con ese lapso de tiempo transcurrido observo rastro en la adolescente? R: la laceración de la mucosa tarde 72 horas para desaparecer. 5.- cuando se refiere al acto sexual significa penetración? R: si. Se deja constancia en acta de la respuesta. Pregunta la defensa: 1.-cuando habla de enrojecimiento debido al acto sexual puede ser por voluntad o violencia? R: es posible en un acto sexual puede desgarrar la mucosa. 2.- La laceración es producto de que? R: del acto sexual, algún objeto o manipulación vaginal. Pregunta la Jueza: 1.- en su informe señala un traumatismo a nivel de cara, en que parte de la cara se refiere? R: no coloque por qué no tenía lesiones externas, no había hechos de violencia en la cara. 2.- en cuanto tiempo puede desaparecer el introito vaginal? R: esas lesiones en mucosa desaparecen después de 72 horas es igual que las mucosas de la boca llegan a cicatrizar rápido. 3.- Señala en su informe laceración leve perine, explique eso?: desgarre pequeño, depuramiento de la piel. 4.- en que zona queda el perine? R: piso de la pelvis región que divide la vagina del ano, es el tejido que esta entre la vagina y el recto es el piso de la pelvis. 5.- Según las lesiones que presento la victima pudiera indicar cuales? R: me habla que fue penetrada por un pene u objeto que desgarro la mucosa. Es todo. Seguidamente se le dio instrucciones al alguacil para el llamado del testigo, el cual realizó el llamado a viva voz a ALIER SILVERIO RATTIA RATTIA. En su condición de testigo. Si está.- se identifica: titular de la cédula de Identidad Nº 20.089.692, fecha de nacimiento 03-02-86, de estado civil: soltero, residenciado; Barrio Lindo, calle Páez, casa s/n, frente de un taller en la población de Achaguas, quien previo juramento de ley y lectura del articulo 242 del Código Penal Venezolano, referente al falso testimonio, así como el 245 ejusdem. Acto seguido expone: “nosotros íbamos de la feria para la casa cuando llegamos al barrio nos sale un tipo vestido de negro, con la cara tapada, corrió hacia nosotros, nos apuntaba con un arma, nos decía que nos quedara quieto yo no lo identifique, no le mire la cara y salí corriendo hacia atrás y agarró a los muchachitos. Es todo. Pregunta la Fiscalía: 1.- recuerda la horas que fueron interceptados? R: 3:00 am. 2.- Recuerda si cargaba pantalón? R: que yo recuerda cargaba un short. 3.-short corto o bermuda? R: bermuda. 4.- Quien eran nosotros?: MC y Romer. 5.-en que sitio fueron interceptado? R: ya habíamos llegado al barrio a la segunda cuadra. 6.-una vez que son interceptado la amenaza iba dirigido contra todo o alguien especifico? R: contra todos él se dirigió hacia mí. 7.- Podría indicar por qué hacia su persona? R: yo iba por el medio de la calle, el salio apuntando hacia mí, él agarro a los muchachos estaban dos muchachas más atrás sentada. 8.- Recuerda las características de la persona? R: no. 9. Dice que estaba vestido de negro tenia otra cosa? R: tenía un paño en la cara. 10.- La estatura la recuerda? R: yo creo que era más alto que yo. 11.-que hizo después de lo que sucedió? R: llame a los muchachos del barrio y llame a la policía. 12.-la policía le presto colaboración? R: si, ellos llegaron, pero primero llegaron los muchachos. 13.- Le avisó a la madre? R: no, le avisó la hermana. 14.-Cuando tiene usted conocimiento de lo que le paso a MC y Romel? R: cuando salimos a buscar ellos salieron por la casa. 15.- Cuanto tiempo tardaron buscándolo? R: de 20 a 30 minutos. 16.- Recuerda la hora cuando la vio? R: no recuerdo iban hacer las cuatro. Se deja constancia que la defensa no realizo preguntas. Pregunta la Jueza: 1.- ¿Cómo era el sitio donde se encontraba? R: le dicen el palo de agua. 2.- Ustedes venían? R: del palo de agua para la casa. 3.- Como es el palo de agua? R: en la costa del río. 4.- El espacio donde celebran la feria físicamente como es? R: es abierto donde colocan la feria. 5.- Que dimensión tiene? R: eso es la orilla del río en lo que se seca queda espacio. 6.- Ese evento acuden muchas personas? R: si, bastante. 7.- Por lo general acuden? R: si. 8.- Que cantidad acude?: muchas. 9.- cuando dice que el agresor cargaba en la cara, que cargaba? R: una pañoleta. 10.-Que más cargaba en la cabeza? R: no recuerdo. 11.- Logro ver el cabello? R: creo que era negro, donde nos agarro no había luz. 12.- la parte donde los agarro no había luminosidad? R: en la calle no había luz. 13.-Era totalmente oscuro? R: si, él estaba en un palo de mamón. 14.- Eso tiene paredes? R: si en toda la esquina. 15.-Que tipo de vestimenta cargaba? R: camisa negra. 16.- Con manga o sin manga? R: no se. 17.- Cargaba un tatuaje el agresor? R: no.18.- Cuando dice en el momento que los llevaba había dos muchachas más donde estaban? R: en frente de la bodega de la cuadra donde nos agarro como a 10 metros donde estaba sentada pasamos la saludamos ellas quedaron sentada, Salí corriendo para donde ellas, me brindaron colaboración. 19.- Ellas se percataron? R: si, nos vieron cuando nosotros pasamos. 20.- Que le contó MC? R: que la habían violado. 21. A que hora? R: cuando la encontramos. 22.- Donde la encontraron? R: frente a su casa. 23.- De la distancia donde dejo a la adolescente y su amigo cuantos metros ahí? R: en la cancha como 30 metros. 24.- Observo usted si esa persona era flaca, robusta o gordito? R: de verdad que no. 25.-Usted declaro ante el comando de la Guardia Nacional Bolivariana? R: si. 26.- Que le dijo a usted? R: que lo vi vestido de negro cargaba algo en la cara no lo había reconocido, no le vi la cara. 27.- Que le dijo el Guardia le comento algo: no. Me tomo la declaración fue el CICPC. 28- cuando MC se encuentra con ustedes? R: donde el los agarro, de ahí se los llevo para la costa del río, los cargo por la casa por la ultima casa y después lo dejo cerca de la casa de ella. Salimos buscando de el río y por la casa y ella estaba ahí .29.- en la casa de la adolescente? R: si. 30.- Después donde se dirigieron? R: a las 9. 31.- Estuvo comparándolo? R: si. 32.- A que hora acudió? R: 12 de la tarde. La denuncia fue a las 9: 00. no me tomaron declaración. 33.-Que le comento la adolescente? R: yo le pregunte que estaba segura de esa persona; me dijo que si que no estaba inventando. 34.-por qué estaban tan cerca no los encontraron? R: por que se los llevo hacia el puente a la Costa del río, después se regreso y luego hacia la casa. Yo mire que se los llevo hacia ese lado. 35.-Esa persona hablo con usted? R: no. 36.-Como se llama el amigo de la adolescente? R: Romel Infante. 37.-Le quitaron un objeto? R: celular. 38.-Vive cerca de la casa de la adolescente? R: a la quinta casa. 39.-Conoce a la persona presente? R: no nunca lo había visto. 40.-Viven en el barrio? R: no se. 41.- Lo llego ver en la feria? R: no. 42.- Recuerda el color de la pañoleta? R: negra. 43.- Ha tenido conocimiento de un agresor que a cometido violencia sexual en contra de las mujeres de Achaguas? R: no, e oído comentario. 44.- Que tipo de armamento cargaba el agresor? R: como una escopeta en el momento que salio escuche que la cargo sonó salio y nos apunto pero no se que tipo era. Es todo. Acto seguido se incorpora por su lectura el reconocimiento medico legal suscrito por el Dr. José Gregorio Soto Salcedo, medico forense, cursante al folio 41 del expediente. Se da por reproducida por su lectura tal prueba. Se incorpora por su lectura suscrita por el experto Carlos López cursante al folio 160 del expediente. Se da por reproducida por su lectura tal prueba. Acto seguido se llaman a los funcionarios, Sub Inspector Neido Bogado. No está. Sub Inspectora Visaudi Contreras. No está. En vista que no constan las resultas de las boletas libradas a los funcionarios para que comparezcan ante este despacho a deponer en la presente causa. La representante del Ministerio Público solicita sean citados a través del superior jerárquico. De seguida la ciudadana Jueza expone: En vista que no consta en auto las citaciones cuerda con lugar la solicitud del Ministerio Público y se orden agotar la vía a través de su superior jerárquico. Se suspende el acto para el día LUNES 23 DE JULIO A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, ordenándose practicar las citaciones con carácter de urgencia a las partes faltantes, quedando por reproducir por su lectura las documentales para la fecha antes mencionada. Se da por concluido el acto a las 3:50 horas de la tarde. Cítese. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO,

DRA. LIDIA LUISA ROCCI ESCOBAR.
Continúan las Firmas…
FISCAL OCTAVO DEL MINISTERIO PÚBLICO

DRA. MILANYELA HERNÁNDEZ




DEFENSA PRIVADA

DR. DUGLAS VARGAS





REPRESENTANTE DE LA VICTIMA

ANA BOLÍVAR

ACUSADO DE AUTOS

HERNAN ELIAS MONTOYA


EL ALGUACIL

KERVIN TERAN
LA SECRETARIA,

ABG. DEYSY E. CASTILLO C

EXP No. CP31-S-2012-000286