REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 11 de Julio de 2012.-
DESESTIMACIÓN
CAUSA: 1C-14.547-11
IMPUTADO: NELSON GALINDEZ
VICTIMA: HILDA MARIBEL PAEZ ESPAÑA
DELITO: AMENAZAS
PROCEDENCIA: FISCALIA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO
Vista la solicitud interpuesta por ante este Tribunal por la ABG. AMELIA GEORGINA CASTILLO JIMENEZ, en su carácter de Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual como acto conclusivo de investigación, solicita se DECRETE LA DESESTIMACIÓN de la causa seguida a: NELSON GALINDEZ; este Tribunal, para decidir previamente observa: En fecha 20 de julio del 2011, se recibió por ante este Despacho Fiscal, denuncia proveniente por Distribución de la Fiscalía Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure; suscrita por la ciudadana HILDA MARIBEL PAEZ ESPAÑA, e interpuesta por ante ese Superior con la finalidad de denunciar al ciudadano de nombre: NELSON GALINDEZ, por que fue a mi rancho y me agredió verbalmente. Eso es todo…
Ahora bien, del análisis de los elementos de convicción recabados en la presente investigación, es posible inferir que nos encontramos en presencia de uno de los delitos de AMENAZAS; previsto y sancionado en el artículo 175 del Código Penal Vigente para la fecha de la interposición de la denuncia.
Con fundamento a lo anteriormente expuesto, en base a lo dispuesto en el Ordinal 2° del Artículo 285 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo pautado en el Ordinal 10° del Artículo 34 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, y con lo previsto en el ordinal 10° del Artículo 34 del Código Orgánico Procesal Penal, esta Representación del Ministerio Público considera que lo procedente y ajustado a derecho en el presente caso es SOLICITAR LA DESESTIMACIÓN DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano: NELSON GALINDEZ , plenamente identificados en autos, ya que opera dicha prescripción ordinaria de la causa penal llevada en su contra.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: UNICO: CON LUGAR LA DESESTIMACIÓN DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de: NELSON GALINDEZ , por la presunta comisión del delito AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de la ciudadana: NELSON GALINDEZ , que invocara la ciudadana Fiscal Primera del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
DR. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA
LA SECRETARIA,
ABG. TERESA DANIELA OVIEDO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado………
LA SECRETARIA,
ABG. TERESA DANIELA OVIEDO
Causa N° 1C-14.547-11 (04-D1-034-11)
EMBL/TDO/cb.-