REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE Y MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS


EXPEDIENTE Nº 3583

PARTE DEMANDANTE: HECTOR MATUTE CARDOZA, venezolano, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 27.291.609, con domicilio en el poblado del vecindario Los Alboles, vía Achaguas, casa s/n, Municipio Achaguas del Estado Apure.

APODERADOS JUDICIALES: JHONNY INFANTE CARRASQUEL y ALEXANDER NICOLAS GUERRA, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 138.308 y 135.277, respectivamente, domicilio procesal en la calle Comercio y avenida Miranda, diagonal a la Gobernación del Estado Apure.

PARTE DEMANDADA: ELIO DE JESUS MIRABAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 1.832.925, de este domicilio.

APODERADO JUDICIA: MIGUEL MIRABAL LARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.875.031, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 55.109, de este domicilio.

EN SEDE: PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.

ASUNTO: PRESTACIONES SOCIALES

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

Suben a esta alzada las presentes actuaciones por la apelación ejercida por el abogado MIGUEL MIRABAL LARA apoderado judicial de la parte demandada ciudadano ELIO DE JESUS MIRABAL, contra la sentencia dictada en fecha 31 de mayo del año 2012, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del estado Apure.

Por auto de fecha 26 de junio del 2012, se le da entrada al expediente en esta alzada.

En fecha 04 de junio de 2012, se fijó la Audiencia de Apelación para el día 18 de julio del 2012, a la 1.30 p.m, e igualmente se fijó boleta de notificación en la cartelera del Tribunal de conformidad con el artículo 488-A de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

En fecha 12 de julio de 2012, el abogado MIGUEL MIRABAL LARA, apoderado de la parte recurrente formalizó la apelación mediante escrito contentivo de tres folios y vueltos.

En fecha 18 de julio del año 2012, dia y hora fijados por el Tribunal para la celebración de la Audiencia Oral de Apelación, el Alguacil del Tribunal anunció el inicio de la Audiencia a la cual solamente hicieron acto de presencia los abogados JHONNY INFANTE CARRASQUEL y ALEXANDER NICOLAS GUERRA, apoderados de la parte demandante, dejando constancia el Tribunal de la no comparecencia del recurrente ni por si, ni por medio de apoderado.

Ahora bien, en este sentido tenemos que el artículo 488-C del la Ley Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, señala lo siguiente:
“…En el día y la hora señalados por el Tribunal para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo su dirección, en donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria.
En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación, salvo las excepciones establecidas en la ley. En caso que no comparezca la otra parte se continuará con la celebración de la audiencia…”

Y en vista de que no compareció el apelante, se declara desistida la apelación.
DISPOSITVA:
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: UNICO: Desistido el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado MIGUEL MIRABAL LARA, apoderado judicial de ciudadano ELIO DE JESUS MIRABAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 1.832.925, parte demandada en el Juicio de Prestaciones Sociales interpuesto por el ciudadano HECTOR MATUTE CARDOZA, venezolano, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 27.291.609, con domicilio en el poblado del vecindario Los Alboles, vía Achaguas, casa s/n, Municipio Achaguas del Estado Apure, contra la decisión de fecha 31 de mayo del año 2012, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del estado Apure.

Publíquese, regístrese, déjese copia y remítase el expediente al Tribunal de origen, en su oportunidad.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior, en la ciudad de San Fernando de Apure, a los veinte (20) días del mes julio del año dos mil doce (2012). Año: 202º de la Independencia y 153º de la Federación

El Juez;

Abg. José Ángel Armas.
La Secretaria Temporal

Abg. Petra A. Carreño

En esta misma fecha como fué ordenado, siendo las 11:15 a.m., se registró y público la anterior sentencia.
La Secretaria Temporal.

Abg. Petra A. Carreño
Exp. Nº 3583
JAA/PAC/karly.-