REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRÁNSITO Y DE TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
ACTA DE INHIBICIÒN
En el día de hoy, trece (13) de Julio del corriente año dos mil doce (2.012), la suscrita Jueza Provisoria de este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Transito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abog. LUZ MARINA SILVA PEREZ, expone: “Me inhibo por encontrarme incursa en el ordinal 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, para seguir conociendo del Expediente Nº 6446 de la nomenclatura de este despacho contentivo de la Acción de Amparo Constitucional, seguido por la acción de desalojo de inmueble efectuada en fecha 11 de Julio del año 2012, por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure , en virtud que en fecha 20-06-2012 dicte sentencia definitiva en Acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano MIN ZHU, contra de la ciudadana Dra. EUMELY SÁNCHEZ MARTÍNEZ, en su carácter de JUEZA DEL JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DE LA CIRCUNSCIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, en el juicio de Cumplimiento de contrato, intentado por el ciudadano SAI YIN SHAN LEUNG, y el ciudadano YIN SHAN LEUNG, y en virtud que la presente acción de Amparo, proviene de la misma Ejecución de Sentencia sobre la cual yo ya emitido opinión encontrándose actualmente en Apelación en el Juzgado Superior En Lo Civil, Mercantil, de Transito, Bancario de Protección de Niño, Niña Y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, remítase el presente expediente en original al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a lo fines de que siga conociendo de la presente causa y copia certificada de la presente actuaciones procesales y de las sentencias antes mencionadas al Juez de Superior en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Menores de esta Circunscripción Judicial, para que conozca y decida sobre la inhibición planteada. Para la elaboración de las copias se autoriza al ciudadano: ROBERT JOSE GOMEZ, titular de la cedula de identidad Nº 15.715724, Alguacil Titular de este Tribunal, quien firmara conjuntamente con el Secretaria de este Despacho. Líbrese oficio.
LA JUEZ PROVISORIO
ABOG. LUZ MARINA SILVA PEREZ.
EXP N° 6446
LMSP.