REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO APURE


EXPEDIENTE: N°. 2.011- 4.979

SENTENCIA: DEFINITIVA

MATERIA: FAMILIA

PROCEDIMIENTO: DIVORCIO

SOLICITANTE: LUIS ALBERTO BOLIVAR GARCIA y
KENNYS MARCELINA ALVAREZ. -

ABOGADO: VICENTE LEONE MARTINEZ.


En fecha 01 de Junio de 2.011, los ciudadanos LUIS ALBERTO BOLIVAR GARCIA y KENNYS MARCELINA ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°s. 20.092.899 y 17.851.951, respectivamente, asistidos en este acto por el Abogado VICENTE LEONE MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado N°. 124.888, introdujeron Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento, exponiendo que: “Contrajeron Matrimonio Civil por ante el Registrador Civil del Municipio Biruaca, Estado Apure, el día 19 de Agosto del año 2.008, según consta de Acta certificada que acompaña en el escrito signada con el Nº. 127, todo de conformidad con el Artículo 189 del Código de Procedimiento Civil

En la oportunidad legal, los cónyuges ratificaron en todas y cada una de sus partes la Solicitud de Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento y el Tribunal la declaró en la misma forma y términos por ellos convenidos.

De conformidad con la Ley, se notificó al Fiscal Sexto del Ministerio Público del Estado Apure, en fecha 08 de Junio de 2.011, según se desprende del vuelto del folio Siete (07).

En fecha 07 de Julio de 2.011, este Juzgado practica los Cómputos de los días de despacho transcurrido desde la Notificación de la Fiscal Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

En fecha 28 de Julio de 2.011, la Fiscal Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, emitió opinión favorable.

En fecha 10 de Julio de 2.012, los ciudadanos LUIS ALBERTO BOLIVAR GARCIA y KENNYS MARCELINA ALVAREZ, mediante diligencia solicitaron la conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 en su Segundo y Último Aparte del Código Civil, por haber transcurrido más de un (1) año sin que hubiera reconciliación alguna.

Siendo la oportunidad para decidir éste Tribunal observa:

Por cuanto en los autos está plenamente demostrado que ha transcurrido más de un (1) año desde que el Tribunal decretó la Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges anteriormente identificados y por cuanto se evidencia que no ha habido reconciliación alguna entre ellos, este Juzgado considera procedente la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos como ha sido solicitado.

Con base en los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA: CONVERTIDA EN DIVORCIO LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos: LUIS ALBERTO BOLIVAR GARCIA y KENNYS MARCELINA ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°s. 20.092.899 y 17.851.951, respectivamente.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado del Municipio San Fernando del Estado Apure, a los Doce (12) días del mes de Julio de Dos Mil Doce (2.012). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.

La Juez,

Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ
La Secretaria,

Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND

En esta misma fecha y hora se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto N°. , al folio , del Libro Diario.

La Secretaria,
Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.

EJSM/pmsd/Yuling.-
EXP. Nº. 11- 4.979