REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal en funciones de Juicio de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Apure.
San Fernando de Apure, 14 de Junio de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : CP31-S-2012-000157
ASUNTO : CP31-S-2012-000157
ACTA DE INICIO DE JUICIO
En el día de hoy, 14 de Mayo de 2012, siendo las 10:30 horas de la mañana, previo lapso de espera para que tenga lugar el acto de Juicio Oral, en la Causa Nº CP31-S-2012-000157. Seguida en contra del acusado MANUEL ALFONZO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.476.624, Por la presunta comisión de los delitos de: VIOLENCIA SEXUAL, en perjuicio de (SE OMITE DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES) con el agravante contemplado en el artículo 217 lopna. Presentes en la sala de Juicio del Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial de Violencia del Estado Apure, a los fines indicados anteriormente, la Ciudadana Jueza Presidente DRA. LIDIA LUISA ROCCI ESCOBAR, quien solicita de conformidad en el artículo 344 del Código Orgánico Procesal Penal, la verificación de la presencia de las partes llamadas a comparecer al acto, y quien verificó a través del ciudadano secretario del Tribunal ABOG. FÉLIX GONZÁLEZ OSTOS, la presencia de los llamados a comparecer; informando este que se encuentran presentes la Fiscal Octavo del Ministerio Público ABG. HERMELINDA GÁMEZ, el acusado de autos MANUEL ALFONZO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, previo traslado desde el Internado de esta ciudad, la defensora pública ABG. ROCÍO MUNDARAIN y la representante de la victima GIURDANELLA CONCETTA PUGLISI, informando que la victima se encuentra a resguardo en las instalaciones de este Tribunal. En este estado la ciudadana Jueza procede a preguntar a la victima si desea que el juicio sea haga público o privado según lo establecido en el artículo 8, literal 7 y por remisión expresa del artículo 106 de la ley especial que rige esta materia, respondiendo la misma que sea privado. Así mismo, le manifestó a las partes que tomando en consideración que se encuentran presentes todas las partes requeridas para llevar a cabo el presente acto, se procede a dar inicio al presente debate de juicio oral y Privado, haciendo la advertencia preliminar a las partes, en el sentido de la obligación que tienen a litigar de buena fe y con el respeto debido, al tiempo que les advirtió que cualquier indisciplina será sancionada conforme a la ley. Acto seguido la ciudadana Jueza se dirige al acusado, y de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, le informa respecto al procedimiento por admisión de los hechos, y preguntándole como se declara, a lo que respondió el mismo que se declaraba INOCENTE. Acto seguido la ciudadana Jueza dio inicio a la apertura del Juicio, advirtiendo al acusado y a las demás partes, que este es un acto muy importante del Estado Venezolano, el cual consiste en administrar justicia, haciendo referencia de que este es un juicio oral y es la etapa principal (etapa esencial del proceso penal), porque es aquí donde se dan los pilares fundamentales del Sistema acusatorio, y es donde adquiere vigencia estos principios procesales, los cuales se encuentran específicos en el artículo 8 de la Ley Orgánica de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, siendo ellos la oralidad, publicidad, concentración, celeridad y contradicción. El representante del Ministerio Público es quien ejerce la acción penal, la cual se va a determinar en el debate la inocencia o culpabilidad del acusado. El acusado las veces que quiera puede hablar con su defensor, salvo cuando este declarando o este siendo repreguntado. Acto seguido se le concedió el derecho a la ciudadana fiscal Octava del Ministerio Público ABG. HERMELINDA GÁMEZ, quien ratificó el escrito acusatorio encontrado en el legajo contentivo de la causa. Atendiendo fielmente a las resultas de las investigación, en consecuencia el ciudadano fiscal afirmó demostrar en la audiencia la culpabilidad del ciudadano acusado de autos, MANUEL ALFONZO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, a través de los medios de prueba ofertados en la audiencia por los delitos de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, exponiendo que “El Ministerio Público representado por mi persona, y actuando de conformidad con el artículo 324, para que tenga lugar el juicio previsto para el día de hoy, pasa a exponer la acusación (se deja constancia que leyó la acusación fiscal). Se ratifica el escrito acusatorio en todas sus pruebas, solicito que se acepten todos los medios de pruebas, porque ellas demostraran la culpabilidad del acusado y todo lo que derive de la audiencia. Así mismo una vez que se compruebe su culpabilidad, sea condenado por los delitos de VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por cuanto así se decidió en la audiencia preliminar, manteniendo esta fiscalía la presente acusación, es decir, los admitidos en la audiencia preliminar”. Es todo. Acto seguido la ciudadana Jueza le otorga el derecho de palabra a la ciudadana defensora Abg. ROCÍO MUNDARAIN, la cual expuso: “el Representante de la Fiscalía a presentado en este acto la ratificación de la acusación contra el Ciudadano MANUEL ALFONZO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, ha iniciado su discurso ratificando todas y cada una de sus partes el libelo acusatorio. Ha narrado los hechos y a tales efectos señala que ese día mi defendido se encontraba con la víctima y que esta manifestó que había sido amenazada a tener relaciones; sin embrago estos hechos tienen otra versión, existía una relación previa entre mi defendido y la víctima y que contrario a lo dicho por el ministerio publico, ella jamás fue obligada y menos con un arma de fuego, de hecho, esta arma de fuego nunca fue encontrada. La defensa hará uso de esas mismas pruebas ratificadas por el ministerio publico, para demostrara que los hechos nos e sucedieron así, y eso quedara demostrado en el debate, se demostrara que mi defendido no es culpable y ello traerá como consecuencia su absolución. Es todo. Acto seguido la ciudadana jueza le informa al acusado del precepto constitucional establecido en el artículo 49. 2. 5, de que se le presume inocente hasta tanto exista una sentencia condenatoria definitivamente firme que diga que es culpable del hecho delictivo. De igual manera se le advierte que puede abstenerse de declarar, que su silencio en nada lo afecta, que el juicio continuará su curso y en caso de querer declarar lo hará sin juramento, y que de querer declarar, la misma le puede servir como un medio de defensa y por consiguiente tiene derecho a explicar todo cuanto sirva para desvirtuar la acusación fiscal. Acto seguido expone la ciudadana Jueza: quiere declarar? A lo que el acusado responde: SI QUIERO DECLARAR. Acto seguido se identifica al acusado: HERNÁNDEZ SÁNCHEZ MANUEL ALFONZO, titular de la cédula de identidad Nº 19.476.624, residenciado en Av. Los Centauros, frente al Comando de Transito, Municipio Biruaca del Estrado Apure, de profesión u oficio chofer, quien expone: “el 5 de marzo de 2011 aproximadamente a las 5 de la tarde salí de mi casa con rumbo a Amazonas e iba con un compañero de trabajo y me quedé en los mangos de Pedro a tomarnos una cerveza, me dijo que me quedara y le dije que no porque yo iba a viajar. Una vez allí me puse a jugar pool, estaba mi sobrino y mi compañero, a eso de las 11 de la noche llega Ana Josefa, Carolina y otra amiga que andaba con ella, y me agarran y me tapan los ojos y me dicen que para donde vas, y le dije que para Amazonas. Esa noche me quedé, y me dice ella que le de para pagar el taxi, y les dijo que me esperen en la tasca y seguí jugando pool hasta las dos de la mañana. Me fui a la tasca y baile con ellas. Como a esa hora me dice que diéramos una vuelta al domo, una primera y después la otra. Fuimos al domo, vinimos a san Fernando, andaba un tío de ella en la exhibición de las motos, y nos devolvemos a los mangos de Pedro. Me dice que tiene hambre, dimos vuelta pero no conseguimos nada. Pasamos buscando a Carolina que la habíamos dejado y le dije que la llevaba para la casa, y me dice que no, que su mamá le va a pegar, y me dice que su mamá le tiene rabia, y le dije que no creía que era así, yo la respeto mucho y tu mamá no es así, le dije que cuando fui novio de Carolina nunca le falte el respeto. Me dice vamos para la casa tuya. Me dijo que tenía el periodo, le dije que no podía hacer nada porque tenía el periodo, que esa es una sangre mala que ustedes botan y eso me puede hacer daño. Le dije vamos a llevarte, yo le diré a tu mamá que tu andabas conmigo, siempre he hablado con tu mamá en buenos términos. Yo he estado pendiente de ellas, siempre. En oportunidades cuando me separé de su otra hija, eso terminó en buenos términos. En varias oportunidades la mamá de Carolina me decía que ella estaba pasando problemas económicos, a Josefa también le daba plata para el mercado, ella no compraba comida. Carolina me dijo que ella le daba plata al novio, un tal Maikol. Nunca le puse un dedo encima a ellas, nunca. Un día llegué de San Cristóbal con un carro que compré y me fui directo a su casa. Josefa me pide el carro prestado y se lo presté. Carolina me dijo que me iba a meter en problemas con esa muchacha. Ella me dijo que esa muchacha está insoportable, y de verdad la mamá en varias ocasiones le pegó, pero nunca abusé de ella. El novio de ella me quería matar porque ella me cargaba el carro, se bajó, se quedó parada del lado del chofer, veo por el retrovisor y le digo quien es ese, y me dicen arranca que es Maikol y te quiere matar, ese es el novio de Josefa, le dije que me iba para evitar problemas. A Carolina le daba rabia por como su hermana me trataba. Carolina me dijo que la había encontrado haciendo el amor con su novio en esa misma casa, creo que es el padre del niño de Carolina, yo estaba ciego, pero no le hice nada, de allí en adelante es que sucedió lo que esta sucediendo. Ella ese día me dijo que la secuestrará, que su mamá le pegaba, le dije que si estaba loca, que pensara en su mamá, una señora que lo que hace es trabajar y estudiar, que cuando llega no le guardan comida. Le dije a conchita que no tenía ninguna represalia contra ellas, yo he hablado por teléfono con ella, que si le hice algo malo, que me perdonen, pero no he hecho nada malo contra ellas. Antes, dos meses antes si tuve una relación con ella, ella me dijo Manuel no soy virgen. Les dije que se presentaran al tribunal, que estaba cansado de estar preso. Hablé con Josefa y me dijo que me iban a visitar el domingo pero no lo hicieron por que mi esposa no quiso. Un día me llamaron que estaban en el parque MENCA de Leoni, que su mamá las había corrido, porque estaban amanecida, volteadas, amanecieron en la calle, ese día no ocurrió nada, no uso armamento, no tengo, invité a los PTJ a pasar a mi casa y buscaron, los llevé al cuarto, me dijeron que era un secuestro lo que hice y una violación. Los PTJ me dijeron que me estaban quitando 12 millones de bolívares, les dije que no, y me dijeron que la Sra., quería plata y les dije que me dejaran hablar con ellas y no me dejaron. En estos días llamé para la casa y me dijeron que la habían visto en la macanilla y que le dijo a un a muchacha que si no le doy 50 millones de bolívares de allí no va a salir, no tengo plata, perdí casi todo, ya lo que me queda es mis hijos, mi madre y mi esposa si me quiere aceptar”. Acto seguido pregunta el Ministerio Público: hace cuanto tiempo los conoce? muchos años, desde el 2002 o 2003 cuando estudia con su hija. Ministerio Público: usted tuvo una relación con Josefa? si, nos retiramos por el tiroteo. Ministerio Público: cuanto duró: como un año. Ministerio Público: y esa relación fue antes de estar con Carolina? no, después. Ministerio Público: y estando con Carolina tuvo relaciones con la víctima? no. Ministerio Público: llegó a convivir con ellos en la misma vivienda? cuando iba de visita. Ministerio Público: vivió o no? no: Ministerio Público: se quedó a dormir allá? si, por horas. Ministerio Público: cuando estaba? con Carolina. Ministerio Público: cuando llegan los funcionarios a su casa, al momento de informarle el motivo, que les dijo usted? lo que dije fue que el no la debe no la teme y pasaron para mi casa. Ministerio Público: cuanto tiempo tuvo relaciones con la victima? hacia dos o tres meses atrás. Ministerio Público: estaba enterada la familia de esa relación? si, yo hablé con la mamá y hasta le iba a pedir la mano. Ministerio Público: usted dice que ese día 5 a las 11 de noche llegaron ellas, ella le manifestó la víctima de donde venia? De la casa de ella. Ministerio Público: le dijo Josefa si tenia relaciones con el novio? Si. Ministerio Público: llegó a tener relaciones con la víctima en la casa de la adolescente? No. Ministerio Público: había algún testigo cuando llagaron los funcionarios? si. Ministerio Público: encontraron algo de interés criminalístico? nada. Ministerio Público: tendría conocimiento desde cuando tenia relación la víctima? como un mes, me dijo ella. Ministerio Público: un mes antes de estar con usted? si. Ministerio Público: es todo. Acto seguido pregunta la defensa: usted mantuvo una relación sentimental con ambas hermanas? si. Defensa: con quien primero? con Carolina. Defensa: cuanto duró con Carolina: como tres años. Defensa: usted visitaba la casa de Carolina? si. Defensa: y el trato de la madre? muy bien, siempre se ha portado bien conmigo. Defensa: inició una relación con Josefa estando con Carolina? no, fue después Defensa: cuando comenzó la relación con Josefa? tuve como un año después de Carolina. Defensa: visitaba otra vez la casa de las muchachas en condición de novio de Josefa? si. Defensa: hubo algún cambio de la conducta de la mamá? el mismo trato. Defensa: tiene conocimiento si mientras Josefa mantenía esta relación con usted ella tenia relación con otra persona? si, con Maikol, ella consumía droga con ese señor en la casa. Defensa: este Maikol, es la misma persona que te disparó? si. Defensa: sabe si en ese momento en que ocurrió ese incidente tenían algún tipo de relación? si, ella me dijo. Defensa: y usted? También, su hermana fue la que me abrió los ojos, me dijo que su hermana esta consumiendo, el novio le daba marihuana. Defensa: cuando dice que la hermana te dijo, cual? Carolina. Defensa: quien se reía? Josefa, actuaba rara, una persona drogada. Defensa: cuando ingresas al internado, has mantenido contacto con ellas? si, telefónicamente. Defensa: tu las llamas? si, pero después no me han agarrado más. Defensa: después de eso, tu pudieras decir que mantienes una relación cordial con ellas? si, me comuniqué con ellas, con conchita, que estaban en el CDI en terapia, y les pregunté que cuando me vienen a visitar, que quiero salir de esto rápido, no me contestó. Es todo. Acto seguido pregunta la Jueza: cuando habla que la mamá le pegaba, a quien? a Josefa, a ambas. Jueza: usted notó cuales eran las lesiones que ellas tenían? si, a Carolina y a Josefa se les veían morados. Jueza: porque les pegaba? ella tendrá razón. Jueza: el día que estaba en los mangos de pedro, que hora era? como las 11 de la noche. Jueza: estaban consumiendo bebidas? Si. Jueza: a que hora se retiraron de la tasca? Como a las 4 de la mañana y después casi 6. Jueza: cuando tiempo fue novio de Josefa? Como 8 meses o un año. Jueza: Ana Josefa tiene un hijo? No. Jueza: Carolina tiene? 2. Jueza: Carolina fue novia suya? Si. Jueza: y después? Josefa. Jueza: el hijo es de Ana Carolina, sabe quien es el padre? No lo conozco por su nombre? Jueza: tiene un apodo? Si, mamón le dicen. Jueza: cuando te llevaron detenido, donde te llevaron? A la ptj. Jueza: siempre le dabas dinero a Ana Carolina? Si, otras veces me lo rechazaba. Jueza: le entregabas dinero a la madre? No. Jueza: cuantas veces tuviste relaciones sexuales con Ana Carolina? Varias veces. Jueza: y con Ana Josefa? Una sola vez. Jueza: ese día tuviste relaciones con Ana Josefa? No. Es todo. La ciudadana Jueza expone: Acto seguido se declara abierto el lapso de recepción de pruebas; y voy a invertir el orden de las mismas, por cuanto el Dr. Elio Martínez tiene bastante rato en las instalaciones del Tribunal. Se hace pasar al mismo a la sala. La ciudadana jueza observa que a las actas que conforman el presente expediente no consta informe psiquiátrico elaborado por el medico en cuestión, siendo interrumpida por la representante de la victima, quien dice que tal estudio no se realizó. Se le cede el derecho de palabra al Ministerio Público: una vez presente el experto, se logra evidenciar que el informe no se realizó y se desistimos el estudio en cuestión. Es todo. La defensa no se opone. Acto seguido expone la ciudadana Jueza: oída la exposición del Ministerio Público referente a la evolución psiquiátrica, la cual debió realizar el Dr. Elio Martínez y la misma no consta a las actas debido a que no fue realizada a la víctima, por lo tanto el tribunal prescinde de manera forzosa de dicha prueba. Es todo. Acto seguido la ciudadana Jueza expone: este tribunal llama a los siguientes testigos: ANA JOSEFA DE LA CRUZ PUGLISI. SI ESTA. SE IDENTIFICA: LA CRUZ PUGLISI ANA JOSEFA, titular de la cédula de identidad Nº 26.031.849, domiciliada en sector 3, calle 13, casa Nº 4 de Santa Rufina, de oficio del hogar, quien previa juramentación de ley se da lectura del articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal referente al falso testimonio, expone: “nosotros habíamos amanecido en los mangos de Pedro rumbeando, andaba con mi hermana y dos amigas, allí amanecimos y eso, él me dijo que estaba cumpliendo año, ya habíamos tenido relación, yo estaba ya con Maikol, y seguimos vacilando, cuando amanece mi hermana me dice que le compre el desayuno, yo se manejar moto y mi hermana me dice que le diga a él que me la preste, la moto se dañó, el estaba amanecido y me dijeron que el estaba drogado. Allí salimos el prendió la moto y yo me monté. Allí salimos hacia Biruaca a comprar el desayuno y me dijo que me iba a llevar a la casa y le dije que no, que yo salí con mi hermana y que me llevara para allá. Me llevó para su casa y le dije que me diera agua, y su mamá lo regañó, me dijo que pasara para el cuarto y yo pasé, le dije que me llevara para donde mi hermana y no quiso. Allí nos dimos unos besos y le dije que no quería hacerlo. Forcejeamos y me tiraba para la cama. Al rato el salió y sacó una pistola de una bufanda, creo que era negra, después pasó eso y me dice ojala quedes embarazada y le dije que si era así abortaba. Mi hermana me estaba llamando al teléfono y le decía que el no me quería dejar salir. El me quitó la cédula y me la entregó el abogado de él. Al rato me llevó para la casa. Allí me bajé y me fui para donde mi mamá, cuando la vi me desahogué, y de allí nos fuimos para la ptj. Es todo. Acto seguido pregunta el Ministerio Público: conocías al Sr. Manuel? Si. Ministerio Público: desde cuando? si, desde hace bastante tiempo. Ministerio Público: cuanto tiempo? Más de tres años. Ministerio Público: tenias una relación sentimental y sexual con él? Fuimos novios y una vez tuvimos relación. Ministerio Público: la vez que manifiesta que tuvieron relaciones, fue ese día? No, eso fue varias semanas antes. Ministerio Público: tenias una relación paralela con otra persona? No, a los días terminamos y me hice novia de Maikol? Ministerio Público: cuando el te llevó a la casa, tuvieron relación? Pero yo no quería, fue cuando el me rompió. Ministerio Público: pero si llegaste a tener relación ese día? Si. Ministerio Público: estabas bebiendo alcohol ese día en los mangos de Pedro? Si. yo no bebo mucho, pero estaba consciente. Ministerio Público: desde cuando consumes alcohol? Desde que estaba pequeña, hacían cerelac con alcohol. Ministerio Público: quien te hacia cerelac con alcohol? Mi papá. Ministerio Público: que tipo de alcohol? No recuerdo. Ministerio Público: vive tu papá con ustedes? No: Ministerio Público: dijiste que andabas con unas personas, quienes era? Mi hermana, la negra y la otra no me recuerdo. Ministerio Público: andaba un hombre? No. Ministerio Público: comos se llama tu hermana? Carolina. Ministerio Público: cuantas andaban? 4 mujeres. Ministerio Público: consumes sustancias estupefacientes? No. Ministerio Público: de donde venían cuando llegaron a los mangos de pedro? De la casa. Ministerio Público: sabia tu mamá eso? Creo que si. Ministerio Público: el acusado te obligó a tener relaciones contigo? Yo insistía que no. Ministerio Público: pero te forzó? Si. Ministerio Público: que hizo? Trato de desabotonarme el pantalón. Ministerio Público: quienes estaban en la casa de él? La mamá y creo que la hermana y los hijos de él. Ministerio Público: dijiste que el sacó un arma, de donde? De una bufanda. Ministerio Público: donde estabas cuando sacó el arma: alcance a salir a la puerta. Ministerio Público: hasta que puerta? La puerta de la casa. Ministerio Público: salida? Si. Ministerio Público: de atrás o de adelante? No cual de ellas. Ministerio Público: en que lugar sacó el arma? Ya cuando estaba dentro de la casa. Ministerio Público: que lugar de la casa? En el cuarto. Ministerio Público: hizo un ruido cuando forcejaban? No. Ministerio Público: alguien vio? No se decir. Ministerio Público: dijiste a los familiares que el sacó un arma? No había nadie. Ministerio Público: cuando sales de la habitación, había alguien en la casa? No. Ministerio Público: como sales de la casa? Salí con él, me llevó a Santa Rufina. Ministerio Público: quien es él? Manuel. Ministerio Público: aun cuando Manuel te amenazó con un arma? El no me apuntó, solo la sacó y yo me asusté. Ministerio Público: y aun con todo esto, tu te fuiste con él? si, el me llevó. Ministerio Público: dices que el te entregó un papel, que era? No recuerdo. Ministerio Público: la marca que le mostraste a tu mamá, fue de que? Por que él me agarró aquí, así como con los dientes, pero no me mordió, no lo puedo explicar. Ministerio Público: fue la primera vez que tuviste relación con él? No, la segunda. Ministerio Público: llegaste a trasladarte con los funcionarios del cicpc a la residencia? Si. Ministerio Público: hablaste con él? no. es todo. Acto seguido pregunta la defensa. Dices que amaneciste en los mangos de pedro? Allí era porque andaba con mi hermana y ella es mi representante. Defensa: tu mamá te lo permitía? Si, Defensa: tenías una relación con Maikol, estando con él mantenías relación con Manuel? No. Defensa: al momento de llegar a la casa de Manuel, le dijiste que te diera agua, entraste al cuarto y se pusieron a hablar, se dieron unos besos porque? No se, solo pasaron y ya. Defensa: te obligó? No. Defensa: cuando te manifestó el que quería tener relaciones? No me lo dijo, sino que cuando a uno le dicen si no vas hacer mía no serás de más nadie. Defensa: que hizo para llegar a eso, se besaron, cuando fue? Después de los besos, el buscó la pistola, después fue que los forcejeos. Defensa: no hubo forcejeo ante de la pistola? No hubo. Defensa: Lo del cuello fue? Después. Defensa: el sale por la pistola para una puerta, dices que sacó el arma de una funda, como lo viste? Me paré, iba detrás de él. Defensa: estabas parada en la puerta, porque no saliste? Yo no sabia que era una pistola. Defensa: porque no te fuiste? Él nunca se había portado brusco conmigo, y de donde estábamos a donde estaba mi hermana es un buen pedazo. Defensa: por que saliste hasta la puerta? Para ver que iba hacer. El salio de la casa, para el patio y yo me quedé en la puerta de la salida. Defensa: de donde sacó la pistola? Estaba en la funda en el monte. Defensa: viste la pistola en el cuarto, como sabes que sacó la pistola de allí? El la sacó en el cuarto. Defensa: que hizo? Nada, la colocó arriba de una broma y después debajo de la almohada. Defensa: te amenazó? No. Defensa: te dijo vas a tener relaciones si no te mató? No. Defensa: que da inicio al forcejeó? Que yo me quería ir. Allí mi hermana me estaba llamando y me quitó los teléfonos y la cédula. Después pasó eso y él me dio los teléfonos y se quedó con la cédula. Defensa: por que inicia el forcejeo? Me quería ir. Defensa: por qué? El me lanza a la cama y yo lo empujo, eso pasó como 3 veces. El se me monta encima y me llaman y le digo que Manuel no me quería dejar ir, hablamos con mi hermana, el también y después forcejeamos. Defensa: si tenia las manos agarradas, como te quitó el pantalón? Me agarró con una mano las dos mías, me quitó el pantalón con una mano, el cachetero si no me lo quitó. Defensa: habías bebido esa noche? Si. Defensa: Cuanto? Como 15 cervezas. Defensa: estabas ebria? No. Defensa: estas acostumbrada a ingerir alcohol? Si. Defensa: cuantos años tenias cuando consumías alcohol? No se. Defensa: que decía tu mamá? Ella estaba en contra de eso. Defensa: en que momento te daban los teteros de alcohol? Cuando vivía con mi papá. Defensa: y tu hermana? Cual. Defensa: Carolina. Yo vivía con mi papá. Defensa: Manuel fue novio de Carolina? Aparentemente. Defensa: él dice que iba para tu casa, si o no? si. Defensa: y después fue novio tuyo? Si. Defensa: sabias que habían sido novios? Si, sabia que habían tenido algo, no sabia si era seria. Defensa: que decía tu mamá de eso? Nada. Defensa: y después cuando fue novio tuyo, él te visitaba? Si. Defensa: ellos tenían contacto? Si, trabajaron juntos. Defensa: tenían una buena relación? Si. Defensa: dices que el forcejeo empezó porque te querías ir, en el momento que el sale del cuarto hacia una puerta, por que no te fuiste si estabas en la puerta de la salida? Porque no tenía plata para irme. Defensa: no quedaba cerca? En moto, en carro. Defensa: a pesar de lo que pasó, tú te fuiste con él? Si. Defensa: es todo. Acto seguido pregunta la Jueza: cuanto tiempo tienes tú con Maikol? Tenia como 9 meses. Jueza: cuando empezaste con él? cuando termine con Manuel. Jueza: cuando sales de la habitación de Manuel, él te lleva a tu casa? Si, me dejó en la esquina de la casa. Jueza: indique, cuando llegaste a tu casa le constante a tu mamá lo sucedido? Cuando la vi sentí como un alivio, me digo que te pasó y le dije lo sucedido. Me dijo báñate y vamos a denunciarlo. Cuando llegué al baño tenía sangre. Jueza: cuando tuviste tu relación primaria? A los 15. Jueza: perdiste eso con Manuel? No. Jueza: tenias el periodo? N0. Jueza; tu mamá te pega? No. Jueza: te ha pegado? Si, cuando me lo merezco. Jueza: ella te pegó cuando le dijiste eso? No. Jueza; cuanto tiempo tuviste en la habitación? Desde las 7:30 de la mañana hasta las 11 y 30. Jueza: por que tanto tiempo, por que no corriste? Por miedo. Jueza: por que no gritaste? No soy de las que grito. Jueza: por que no pediste ayuda? A quien. Jueza: como sabes que la mamá y las demás personas se fueron de la casa? Por que la hermana estudia en la otd, y la mamá trabaja en un kiosco y cuando salí no había nadie. Jueza: cuando saliste de la habitación? Cuando buscó la pistola y cuando nos fuimos a la casa. Jueza: por que no te fuiste cuando el salió? No creí que me hiciera algo así. Jueza: a que hora llegaste a la tasca? Como a las 9 o 10 de la noche. Jueza: quien te quitó la ropa interior? Nadie. Jueza: se rompió el cachetero? No. Jueza: quien es morocho? El que era mi cuñado. Jueza: Manuel te daba dinero? Si. Jueza: para que? Para comer o yo lo usaba para otra cosa. Jueza: tu mamá te llegó a reprender alguna vez cuando salías de noche? Si, una sola vez. Jueza: te llamaba la atención? Si, que no le gustaba. Jueza: por que no hacías caso? Por seguir atrás de mí hermana. Jueza: estudias? No. Jueza: desde cuando no vas al liceo? Desde el año escolar pasado. Jueza: después que Manuel ha estado privado, has hablado con él? Si, como dos veces, me dijo que para llegar a un acuerdo y que lo fuera a visitar. Jueza: le pediste dinero para dejar esta denuncia? No. Jueza: y tu mamá? Que yo sepa, no. Jueza: cuantas veces fuiste a la casa de Manuel? 2. Jueza: ese día que te encontró, andabas con Carolina, el te ofreció el desayuno? Mi hermana le dijo y el dijo que si. Jueza: quien se fue con él? Yo iba a ir con él y la negra. Jueza: y cuantas personas iban? Íbamos los tres. Jueza: el te obligó a montarte en la moto? No. Jueza: cuando usted conoce a Maikol, estabas también de noviazgo con Manuel? No, cuando termine con Manuel me empate con Maikol. Es todo. Acto seguido el tribunal llama a ANA CAROLINA PUGLISI. SI ESTA. SE IDENTIFICA: CASTELLANO PUGLISI ANA CAROLINA, titular de la cédula de identidad Nº 20.232.013, domiciliada en sector 3, calle 13, casa Nº 4 de Santa Rufina, de oficio ESTUDIANTE, quien previa juramentación de ley se da lectura del articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal referente al falso testimonio, expone: “hasta donde yo se, mi hermana y el ciudadano eran novios. Él iba para la casa y todo. Salimos para los mangos de pedro y él estaba allá, amanecimos y eso y le dije a mi hermana que para comprar desayuno y él nos lo iba a brindar, de allí cuando vi, el prendió la moto y mi hermana se montó con él y al lado de los mangos estaba una placita y me senté a esperarlos, después pasaron vía san Fernando, de allí no se más. Me fui para un fundo con mi papa. Pregunta la fiscalía: Fiscal: cuanto tiempo lo conocían? Años. Ministerio Público: mantuvo una relación con él? Si. Ministerio Público: cuanto duró? Poco. Ministerio Público: de allí hubo hijos? No: Ministerio Público: Manuel le daba dinero a usted? Si, lo que yo le pedía. Ministerio Público: y eso? Porque éramos novio. Ministerio Público: sabia que su hermana tenia una relación con Manuel? Si. Ministerio Público: cuando? Ya habíamos terminado. Ministerio Público: sabia si su hermana tenia otra relación estando con Manuel? No. Ministerio Público: llegó a decirle a Manuel que ella consumía sustancias estupefacientes? No. Ministerio Público: y que tenia otra relación estando con él? No, que yo recuerde. Ministerio Público: usted dice que fueron a los mangos, quienes eran? el que era mi pareja. Cristian José. Ministerio Público: cuando su hermana salía con usted, ella bebía? Si. Ministerio Público: usted la dejaba? Ella tomaba con nosotros un poco, como para no embriagarse. Ministerio Público: te llegó a comentar ella si tuvo relaciones con Manuel? No, me enteré después de lo sucedido. Ministerio Público: ha hablado con Manuel ya detenido? Si. Ministerio Público: y que le decía él? Que lo visitáramos, que quería hablar conmigo. Ministerio Público: le dijeron que le estaban pediendo dinero? No, nunca. Ministerio Público: sigue manteniendo contacto con Manuel? No, se me perdió mi teléfono. Ministerio Público: como es su relación con él? Normal, lo saludo. Ministerio Público: y ella? Ella no. Ministerio Público: y su mamá? Ella habló como dos veces por teléfono. Es todo. Acto seguido pregunta la defensa: actualmente que edad tienes? 22. Defensa: cuantos años tenias cuando esto sucedió? 21. Defensa: siempre sales con tu hermana? Si. Defensa: y tu mamá que dice? Se molesta, ella (mi hermana) hace lo que le da la gana, no hace caso. Defensa: llegó tu mamá a pegarle por esa rebeldía? No, ella no se crió con nosotros. Defensa: ese día, estaban bebiendo? Si. Defensa: a que hora seria? 7 u 8 de la mañana. Defensa: mas especifica? 7, 7 y 30. Defensa: dices que ella se montó en la moto con Manuel? Ella iba sola, la moto tenia una falla y él la prende, y cuando veo se fueron, me molesté y les dije a los otros que la esperáramos. Defensa: hasta que hora? Hasta las 10 de la mañana y de allí me fui para donde mi papá y de allí nos íbamos a un fundo. Defensa: cuando te enteraste de lo sucedido? Como a las 2, yo estaba en San Juan, y la verdad no lo quise creer, el nunca se pasó conmigo y yo los veía con una relación, no creo. Defensa: después que Josefa pasó con Manuel en la moto, tu volviste a tener contacto con ella? No. no la vi más hasta que llegué del fundo. Defensa: no supiste más de ella? No, hasta las 12 que me dijeron. Defensa: es todo. Acto seguido Pregunta la Jueza: cual de las dos fue primera novio de Manuel? Yo. Jueza: después que ustedes terminan, Ana Josefa es novia de Manuel? No, como al mes o dos meses. Jueza: en que fecha tuvo el noviazgo con Manuel? No me recuerdo. Jueza: cuanto duró ese noviazgo? No mucho, pero si nos seguimos viendo. Jueza: cuando Josefa estaba con Manuel, ella tenia otro noviazgo? No que yo sepa. Jueza: conoce a Maikol? Si, era el novio de ella cuando estaba en San Cristóbal. Jueza: ha visitado Maikol a Josefa? No. Jueza: se presentó algún problema con Manuel en la casa? No. Jueza: no hubo unos tiros en la casa estando Manuel presente? No. Jueza: diga usted si durante el tiempo que estuvo Manuel con Ana Josefa usted recibió llamada de su hermana? No. Jueza: Está segura? Si. Es todo. Acto seguido expone la ciudadana jueza: Por cuanto no constan las resultas de los expertos agentes Oswaldo Hernández, Moisés Infante y el Licenciado Carlos López, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, este tribunal acuerda citarlos nuevamente a los fines de que rindan sus declaraciones para el esclarecimiento de la presente causa, así como también se acuerda citar de manera urgente a la medico forense ANA JULIA COLINA, para que exponga referente a la experticia practicada por su persona a la adolescente. En tal sentido se suspende el presente acto para el día 21 de junio de 2012 a las 09:00 horas de la mañana. Quedan citadas y notificadas las partes presentes. Cítese y notifíquese a los ausentes. Realícese lo conducente. Cúmplase.-
Dra. Lidia Luisa Rocci Escobar
Jueza Primero de Juicio
Siguen firmas …
FISCAL OCTAVO DEL MINISTERIO PÚBLICO
DRA. HERMELINDA GÁMEZ
DEFENSA
DRA. ROCÍO MUNDARAIN
REPRESENTANTE DE LA VICTIMA
GIURDONELLA PUGLISI
ACUSADO
MANUEL HERNÁNDEZ SÁNCHEZ
ALGUACIL
SECRETARIO
ABG. FÉLIX GONZÁLEZ OSTOS
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