REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 05 de Junio de 2012.
202º y 153°
DISPOSITIVA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
CAUSA Nº 1C-14996-11
CAUSA Nº 1C-14996-11
JUEZ: ABG. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA
DEFENSORES: DEFENSOR PUBLICO: ABG. JACKSON CHOMPRE.
DEFENSORES PRIVADOS: JULIO NIEVES, MARCOS GOITTIA, BETZAIDA FERNANDEZ. CLEMENTINA REYES. IVAN LANDAETA. TANIA SALIDO. OSCAR TABLANTE
FISCALIA FISCALIA 16 DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. EDDAMI TREJO. FISCALIA 7. CARLOS LUIS TORRES
IMPUTADOS: 1) Víctor Ramón Montesinos, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad 6.882.871, de 51 años de edad, nacido el día 03/01/1960, soltero, natural de Bejuma Estado Carabobo, residenciado en la Comandancia General de la Policía, 2) José Luís Montoya Castillo, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad 12.901.200, de 36 años de edad, nacido el día 12/07/1975, soltero, natural de esta ciudad, residenciado en la Comandancia General de la Policía 3) José Abelardo Nieves Linares, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-18.017.457, de 26 años de edad, nacido el día 09/11/1985, soltero, natural de esta ciudad, residenciado en la Comandancia General de la Policía, 4) Miguel Ángel Carrillo González, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad 18.327.090, de 25 años de edad, nacido el día 31/05/1986, soltero, natural de esta ciudad, residenciado en la Comandancia General de la Policía, 5) Héctor Ramón Vargas Barrios, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad 18.992.636, de 24 años de edad, nacido el día 29/11/1980, soltero, natural de esta ciudad, residenciado en la Comandancia General de la Policía, 6) Henry José Corona Echenique, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-15.047.701, de 31 años de edad, nacido el día 12/07/1975, soltero, natural de esta ciudad, residenciado en la Comandancia General de la Policía 7) Jorge Eliezer Posada Tovar, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-17.201.479, de 26 años de edad, nacido el día 22/02/1985, soltero, natural de esta ciudad, residenciado en la Comandancia General de la Policía, 8) Ángel Gabriel Sosa Espinoza, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.900.490, 9) Yoher David Romero venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.145.003, 10) Nelson Jesús Linares Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.394.180, y 11) David Arturo Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.527.895
VICTIMA: Cesar Amado Pérez Vidal
DELITO: Robo Agravado en Grado de Coautoria, previsto y sancionado en el artículo 458 concatenado con el 83 del Código Penal Venezolano vigente. Abuso Genérico de Funciones en Grado de Coautoria, Lesiones Personales Leves, y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionadas en el articulo 67 de la Ley Contra la corrupción concatenado con el 83, 416 y 176 del Código Penal Venezolano vigente


Celebrada como fue la Audiencia Preliminar en fecha 04-06-2012, en virtud de la acusación ratificada por la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público del Estado Apure, en contra de los ciudadanos 1) VÍCTOR RAMÓN MONTESINOS, titular de la cedula de identidad 6.882.871, 2) JOSÉ LUÍS MONTOYA CASTILLO, titular de la cedula de identidad 12.901.200, 3) JOSÉ ABELARDO NIEVES LINARES, titular de la cedula de identidad V-18.017.457, 4) MIGUEL ÁNGEL CARRILLO GONZÁLEZ, titular de la cedula de identidad 18.327.090, 5) HÉCTOR RAMÓN VARGAS BARRIOS, titular de la cedula de identidad 18.992.636, 6) HENRY JOSÉ CORONA ECHENIQUE, titular de la cedula de identidad V-15.047.701, 7) JORGE ELIEZER POSADA TOVAR, titular de la cedula de identidad V-17.201.479, 8) ÁNGEL GABRIEL SOSA ESPINOZA, titular de la cédula de identidad Nº 12.900.490, 9) YOHER DAVID ROMERO titular de la cédula de identidad Nº 18.145.003, 10) NELSON JESÚS LINARES RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 17.394.180, y 11) DAVID ARTURO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.527.895, por el delito de Robo Agravado en Grado de Coautoria, previsto y sancionado en el articulo 458 concatenado con el 83 del Código Penal Venezolano vigente. Así como por la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico en contra de los ciudadanos: VICTOR RAMON MONTESINOS, por el delito de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria, previsto y sancionado en el artículo 67 de la Ley Contra la Corrupción, concatenado con el 83 del Código Penal Venezolano vigente. JOSE LUIS MONTOYA CASTILLO, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en Grado de Coautoria y Lesiones Personales Leves, previstos y sancionadas en el articulo 67 de la Ley Contra la corrupción concatenado con el 83 y 416 del Código Penal Venezolano vigente. JOSE ABELARDO NIEVES LINARES por el delito de Abuso Genérico de Funciones, en Grado de Coautoria, previsto y sancionado en el artículo 67 de la Ley Contra la Corrupción, concatenado con el 83 del Código Penal Venezolano vigente. HECTOR RAMON VARGAS BARRIOS, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en Grado de Coautoria y Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en el articulo 67 de la Ley Contra la Corrupción, 83 y 416 del Código Penal Venezolano vigente. HENRRY JOSE CORONA ECHENIQUE, por los delitos de de Abuso Genérico de Funciones en Grado de Coautoria previsto y sancionada en el articulo 67 de la Ley Contra la Corrupción concatenado con el 83 del Código Penal Venezolano vigente. JOEL DAVID ROMERO, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria, Lesiones Personales Leves, y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionadas en el articulo 67 de la Ley Contra la corrupción concatenado con el 83, 416 y 176 del Código Penal Venezolano vigente. JORGE ELIECER POSADA TOVAR, por el delito de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria previsto y sancionada en el articulo 67 de la Ley Contra la corrupción concatenado con el 83 del Código Penal Venezolano vigente. DAVID ARTURO RODRIGUEZ, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria, Lesiones Personales Leves, y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionadas en el articulo 67 de la Ley Contra la Corrupción concatenado con el 83, 416 y 176 del Código Penal Venezolano vigente ANGEL GABRIEL SOSA ESPINOZA, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria, Lesiones Personales Leves, y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionadas en el articulo 67 de la Ley Contra la corrupción concatenado con el 83, 416 y 176 del Código Penal Venezolano vigente. NELSON JESUS LINARES RODRIGUEZ, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria, Lesiones Personales Leves, y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionadas en el articulo 67 de la Ley Contra la Corrupción concatenado con el 83, 416 y 176 del Código Penal Venezolano vigente, asistido por la Defensa Publica: ABG. JACKSON CHOMPRE, y los Defensores Privados: JULIO NIEVES, MARCOS GOITTIA, BETZAIDA FERNANDEZ. CLEMENTINA REYES. IVAN LANDAETA. TANIA SALIDO. Y OSCAR TABLANTE, oídos los fundamentos de las peticiones formuladas por el Representante Fiscal, así como por la Defensa, en presencia de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa de seguida a dictar solamente la parte Dispositiva de la presente decisión, reservándose el lapso de ley a los fines de la publicación de la parte motiva, y verificada la presencia de todas las partes, emiten los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: Verificada como ha sido la presencia de todas las partes a los fines de la celebración de la Audiencia Preliminar en el asunto penal 1C-14996-11, se evidencia que la Fiscalía Primera del Ministerio Publico ratifica su acusación en contra de los ciudadanos VICTOR RAMON MONTESINOS, JOSE LUIS MONTOYA, JOSE ABELARDO NIEVES LINARES, MIGUEL ANGEL CARRILLO GONZALEZ, HECTOR RAMON VARGAS BARRIOS, HERRY JOSE CORONA ECHENIQUE, JORGE ELIECER POSADA TOVAR, ANGEL GABRIEL SOSA ESPINOZA, YOHER DAVID ROMERO, NELSON JESUS LINARES RODRIGUEZ, DAVID ARTURO RODRIGUEZ SEGOVIA, por el delito de Robo Agravado en Grado de Coautoria, previsto y sancionado en el articulo 458 concatenado con el 83 del Código Penal Venezolano vigente.

SEGUNDO: Que igualmente la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico ratifica la acusación en contra del ciudadano VICTOR RAMON MONTESINOS, por el delito de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria, previsto y sancionado en el artículo 67 de la Ley Contra la Corrupción, concatenado con el 83 del Código Penal Venezolano vigente. JOSE LUIS MONTOYA CASTILLO, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en Grado de Coautoria y Lesiones Personales Leves, previstos y sancionadas en el articulo 67 de la Ley Contra la corrupción concatenado con el 83 y 416 del Código Penal Venezolano vigente. JOSE ABELARDO NIEVES LINARES por el delito de Abuso Genérico de Funciones, en Grado de Coautoria, previsto y sancionado en el artículo 67 de la Ley Contra la Corrupción, concatenado con el 83 del Código Penal Venezolano vigente. HECTOR RAMON VARGAS BARRIOS, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en Grado de Coautoria y Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en el articulo 67 de la Ley Contra la Corrupción, 83 y 416 del Código Penal Venezolano vigente. HENRRY JOSE CORONA ECHENIQUE, por los delitos de de Abuso Genérico de Funciones en Grado de Coautoria previsto y sancionada en el articulo 67 de la Ley Contra la Corrupción concatenado con el 83 del Código Penal Venezolano vigente. JOEL DAVID ROMERO, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria, Lesiones Personales Leves, y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionadas en el articulo 67 de la Ley Contra la corrupción concatenado con el 83, 416 y 176 del Código Penal Venezolano vigente. JORGE ELIECER POSADA TOVAR, por el delito de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria previsto y sancionada en el articulo 67 de la Ley Contra la corrupción concatenado con el 83 del Código Penal Venezolano vigente. DAVID ARTURO RODRIGUEZ, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria, Lesiones Personales Leves, y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionadas en el articulo 67 de la Ley Contra la Corrupción concatenado con el 83, 416 y 176 del Código Penal Venezolano vigente ANGEL GABRIEL SOSA ESPINOZA, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria, Lesiones Personales Leves, y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionadas en el articulo 67 de la Ley Contra la corrupción concatenado con el 83, 416 y 176 del Código Penal Venezolano vigente. NELSON JESUS LINARES RODRIGUEZ, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria, Lesiones Personales Leves, y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionadas en el articulo 67 de la Ley Contra la Corrupción concatenado con el 83, 416 y 176 del Código Penal Venezolano vigente.

TERCERO: Ante tales ratificaciones de actos conclusivo, conviene este jurisidcente en señalar que tanto la Defensa Publica ABG. JANCKSON CHOMPRE LAMUÑO, como la Defensa Privada ABG. JULIO NIEVES, solicitan la nulidad de la acusación presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Publico por no haber imputado tal como se ordeno en la oportunidad de la Audiencia Preliminar, celebrada en fecha 30-03-2012, requiriendo como consecuencia de esta nulidad, la libertad plena de sus representados, ante tal pedimento, considera quien aquí decide, que el mismo debe ser decidido con antelación a cualquier otro planteamiento señalado por las demás partes en la sala de audiencias; de allí que se evidencia que e los hechos calificados por la vindicta publica al momento de su imputación en la celebración de la Audiencia de Presentación, fueron los siguientes: Robo Agravado, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal Venezolano vigente, Abuso Genérico de Funciones, previsto y sancionado en el 203 del Código Penal Venezolano vigente, Privación Ilegitima de Libertad, previsto y sancionado en el articulo 174 del Código Penal Venezolano vigente, Abuso Contra Detenidos, previsto y sancionado en el articulo 181 ejusdem, Agavillamiento, previsto y sancionado en el 289 ibidem, Abuso de Autoridad, previsto y sancionado en el 67 de la Ley Contra la corrupción, y Lesiones Personales Gravísimas, previsto y sancionado en el articulo 414 del Código Penal Venezolano vigente, en Complicidad Correspectiva, conforme a lo estipulado en el 424 del sustantivo penal, en contra de los ciudadanos VICTOR MONTESINOS, NELSON LINARES, JOSE ABELANRDO NIEVES LINARES, HERRY JOSE CORONA, JORGE ELIECER POSADA, HECTOR RAMON VARGAS, YOHER DAVID ROMERO, MIGUEL ANGEL CARRILLO, DAVID RODRIGUEZ, ANGEL SOSA Y JOSE LUIS MONTOYA.

CUARTO: Que luego de culminada la investigación por parte de la Fiscalía Primera del Ministerio Público, que la misma presenta acto conclusivo de acusación en contra solo de siete (07) de los imputados de autos por el delito de Robo Agravado en Complicidad Correspectiva, previsto y sancionado en el articulo 458 concatenado con el 77 ordinales 8° 11° 17° y 83 todos del Código Penal Venezolano vigente, los cuales son a saber: VICTOR MONTESINOS, JOSE LUIS MONTOYA, JOSE ABELANRDO NIEVES LINARES, MIGUEL ANGEL CARRILLO, HECTOR RAMO VARGAS, HERRY JOSE CORNA EQUENIQUE, JORGE ELIECER POSADA TOVAR.

QUINTO: Que la Fiscalia Séptima del Ministerio Público presenta acto conclusivo de acusación en contra del ciudadano VICTOR MONTESINOS, por Abuso Genérico de Funciones, previsto y sancionado en el articulo 67 de la Ley Contra la Corrupción NELSON LINARES por los delitos de Privación Ilegitima De Libertad, Lesiones Graves y Abuso Genérico De Funciones, previstos y sancionados en los articulo 176 415 del Código Penal Venezolano vigente y 67 de la Ley Contra la Corrupción, DAVID RODRIGUEZ, JOSE ABELARDO NIEVES, JORGE ELIUECER POSADA, HERRY JOSE CORONA ECHENIQUE, YOHER DAVID ROMERO, MIGUEL ANGEL CARRILLO, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en Complicad Correspectiva, previsto y sancionado en el articulo 67 concatenado con el 424 de la Ley Contra la Corrupción y el Código Penal Venezolano vigente, ANGEL SOSA HOSE LUIS MONTOYA CASTILLO Y HECTOR RAMON VARGAS BARRIO por el delito de Lesiones Graves y Abuso Genérico de Funciones, previstos y sancionados en el articulo 415 del Código Penal Venezolano vigente y 67 de la Ley Contra la Corrupción.

SEXTO: Que en Audiencia Preliminar celebrada en fecha 30-03-2012, este Tribunal decreto La Nulidad de la acusación presentada por el Fiscal Primera y Séptima del Ministerio Público, en contra de los ciudadanos VICTOR MONTESINOS, NELSON LINARES, JOSE ABELANRDO NIEVES LINARES, HERRY JOSE CORONA, JORGE ELIECER POSADA, HECTOR RAMON VARGAS, YOHER DAVID ROMERO, MIGUEL ANGEL CARRILLO, DAVID RODRIGUEZ, ANGEL SOSA Y JOSE LUIS MONTOYA, por considerar que con el cambio de calificación realizado por la vindicta publica en audiencia del día de hoy, se vulnera los derechos de los imputados de autos, establecidos en el articulo 49 numeral 1° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 125 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, todo conforme a lo señalado en el articulo 190, y 191, ejusdem, a los fines de garantizar el derecho a la defensa e igualdad entre las partes; y se retrotrajo el proceso a los efectos de que la Fiscal Primera y Séptima del Ministerio Público, realice nuevamente el acto de imputación a los ciudadanos VICTOR MONTESINOS, NELSON LINARES, JOSE ABELANRDO NIEVES LINARES, HERRY JOSE CORONA, JORGE ELIECER POSADA, HECTOR RAMON VARGAS, YOHER DAVID ROMERO, MIGUEL ANGEL CARRILLO, DAVID RODRIGUEZ, ANGEL SOSA Y JOSE LUIS MONTOYA.

SEPTIMO: Que efectivamente la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico si imputo e individualizo la conducta desplegada por todos y cada uno de los imputados de autos.

OCTAVO: Que la Fiscalía Primera del Ministerio Publico acusa por el delito de Robo Agravado en Grado de Coautoria, previsto y sancionado en el articulo 458 concatenado con el 83 del Código Penal Venezolano vigente, sin dar cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal en fecha 30-03-2012, es decir no realizo la imputación correspondiente, aunado al hecho de presentar acto conclusivo de acusación en contra de los once (11) imputados individualizados en el presente asunto.

NOVENO: Que se evidencia a criterio de quien aquí decide que los imputados de autos efectivamente están imputados por el delito de Robo Agravado desde el momento de la celebración de la Audiencia de Presentación, es decir están informados debidamente del tipo penal por el cual se pretendía acusar en principio, de allí que el Ministerio Publico solo se limito a señalar en su segundo escrito acusatorio que, el tipo penal antes mencionada es en grado de coautoria, es decir que de la investigación la vindicta publica concluyo que todos los imputados de autos participaron en la comisión de dicho ilícito penal, por lo que debe necesariamente este Tribunal decretar Sin Lugar, la solicitud de nulidad planteada por la Defensa Publica y Privada. Se declara igualmente Sin Lugar las excepciones opuestas por la Defensa Privada JULIO CESAR NIEVES, contenidas en el articulo 28 numeral 4° literales “e” y literal “i” del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente Sin lugar las excepciones ratificadas por la Defensa Privada Abg. Tania Salido, a saber las contenidas en el articulo 28 numeral 4° literales “c” y literal “i” del adjetivo penal. Y así se decide.

DECIMO: Decidida como ha sido la nulidad de la acusación, y las excepciones, este Tribunal ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Publico, en contra de los ciudadanos VICTOR RAMON MONTESINOS, JOSE LUIS MONTOYA, JOSE ABELARDO NIEVES LINARES, MIGUEL ANGEL CARRILLO GONZALEZ, HECTOR RAMON VARGAS BARRIOS, HERRY JOSE CORONA ECHENIQUE, JORGE ELIECER POSADA TOVAR, ANGEL GABRIEL SOSA ESPINOZA, YOHER DAVID ROMERO, NELSON JESUS LINARES RODRIGUEZ, DAVID ARTURO RODRIGUEZ SEGOVIA, por el delito de Robo Agravado en Grado de Coautoria, previsto y sancionado en el articulo 458 concatenado con el 83 del Código Penal Venezolano vigente, por reunir la misma lo requisitos del articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal.

DECIMO PRIMERO: Se admiten totalmente los medios de pruebas ofertados por la Fiscalía Primera del Ministerio Publico, por señalar en su acusación su licitud necesidad y pertenencia.

SECIMO SEGUNDO: Se ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico en contra de los ciudadanos VICTOR RAMON MONTESINOS, por el delito de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria, previsto y sancionado en el artículo 67 de la Ley Contra la Corrupción, concatenado con el 83 del Código Penal Venezolano vigente. JOSE LUIS MONTOYA CASTILLO, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en Grado de Coautoria y Lesiones Personales Leves, previstos y sancionadas en el articulo 67 de la Ley Contra la corrupción concatenado con el 83 y 416 del Código Penal Venezolano vigente. JOSE ABELARDO NIEVES LINARES por el delito de Abuso Genérico de Funciones, en Grado de Coautoria, previsto y sancionado en el artículo 67 de la Ley Contra la Corrupción, concatenado con el 83 del Código Penal Venezolano vigente. HECTOR RAMON VARGAS BARRIOS, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en Grado de Coautoria y Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en el articulo 67 de la Ley Contra la Corrupción, 83 y 416 del Código Penal Venezolano vigente. HENRRY JOSE CORONA ECHENIQUE, por los delitos de de Abuso Genérico de Funciones en Grado de Coautoria previsto y sancionada en el articulo 67 de la Ley Contra la Corrupción concatenado con el 83 del Código Penal Venezolano vigente. JOEL DAVID ROMERO, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria, Lesiones Personales Leves, y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionadas en el articulo 67 de la Ley Contra la corrupción concatenado con el 83, 416 y 176 del Código Penal Venezolano vigente. JORGE ELIECER POSADA TOVAR, por el delito de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria previsto y sancionada en el articulo 67 de la Ley Contra la corrupción concatenado con el 83 del Código Penal Venezolano vigente. DAVID ARTURO RODRIGUEZ, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria, Lesiones Personales Leves, y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionadas en el articulo 67 de la Ley Contra la Corrupción concatenado con el 83, 416 y 176 del Código Penal Venezolano vigente ANGEL GABRIEL SOSA ESPINOZA, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria, Lesiones Personales Leves, y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionadas en el articulo 67 de la Ley Contra la corrupción concatenado con el 83, 416 y 176 del Código Penal Venezolano vigente. NELSON JESUS LINARES RODRIGUEZ, por los delitos de Abuso Genérico de Funciones en grado de Coautoria, Lesiones Personales Leves, y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionadas en el articulo 67 de la Ley Contra la Corrupción concatenado con el 83, 416 y 176 del Código Penal Venezolano vigente, en virtud de reunir igualmente los requisitos del articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal.

DECIMO TERCERO: Se admiten parcialmente los medios de pruebas ofertados por la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico a excepción de los señalados de la siguiente manera: DOCUMENTALES: 1.- Acta de Investigación Penal de fecha 25-11-2011. 2.- Orden de aprehensión de fecha 27-11-2011. 3.- Acta de presentación de imputados de fecha 28-11-2011. 4.- Acta de Presentación de Imputados de fecha 30-11-2011. 5.- Continuación del Acta de Presentación de fecha 02-12-2011, todo ello por considerar que los mismos solo constituyen elementos de convicción más no medios de prueba.

DECIMO CUARTO: Se decreta Sin Lugar la solicitud de Sobreseimiento planteada por la Defensa Publica y Privada.

DECIMO QUINTO: En virtud del principio de comunidad de la prueba, se tiene como pruebas de la defensa las admitidas en este acto por este Tribunal. Así mismo se admiten las pruebas ofertadas por la defensa en su debida oportunidad.

DECIMO SEXTO: Se mantiene la Medida Privativa de Libertad decretada a los imputados VICTOR MONTESINOS, JOSE ABELARDO NIEVES LINARES, MIGUEL ANGEL CARRILLO, HECTOR RAMON VARGAS, HERRY JOSE CORONA ECHENIQUE, JORGE ELIEZER POSADA TOVAR, por cuanto no han variado las circunstancias que dieron origen a decretar la misma en Audiencia de Presentación de fecha 02/12/2011, de conformidad con lo previsto en los artículos 250, 251 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se declara Sin Lugar la solicitud de Libertad Plena y Medidas Cautelares Sustitutiva de Privación de Libertad requerida por la Defensa Publica como Privada.

DECIMO SEPTIMO: Se mantiene las Medidas Cautelares Sustitutiva de Privación de Libertad decretadas a los imputados de autos a saber: David Arturo Rodríguez, titular de la cedula de identidad N° 16.527.895, Yoer David Romero, titular de la cedula de identidad N° 18.145.003, Nelson Jesús Linares, titular de la cedula de identidad N° 17.394.180, José Luís Montoya Castillo, titular de la cedula de identidad 12.901.200, y Ángel Gabriel Sosa Espinoza, titular de la cédula de identidad Nº 12.900.490.

DECIMO OCTAVO: Se declara con lugar la solicitud de sobreseimiento presentada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico a favor del ciudadano MIGUEL ANGEL CARRILLO GONZALEZ, por el delito de Abuso Genérico de Funciones en grado de coautoria, conforme a lo estipulado en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.

DECIMO NOVENO: Se declara con lugar la solicitud de sobreseimiento a favor de los ciudadanos JESUS RAMON NUÑEZ ROJAS, Y ROBERTO RAFAEL ROJAS ROJAS, conforme a lo establecido en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.

VIGESIMO: Se acuerda dejar sin efecto la orden de aprehensión librada en contra de los ciudadanos: 1) VÍCTOR RAMÓN MONTESINOS, titular de la cedula de identidad 6.882.871, 2) JOSÉ LUÍS MONTOYA CASTILLO, titular de la cedula de identidad 12.901.200, 3) JOSÉ ABELARDO NIEVES LINARES, titular de la cedula de identidad V-18.017.457, 4) MIGUEL ÁNGEL CARRILLO GONZÁLEZ, titular de la cedula de identidad 18.327.090, 5) HÉCTOR RAMÓN VARGAS BARRIOS, titular de la cedula de identidad 18.992.636, 6) HENRY JOSÉ CORONA ECHENIQUE, titular de la cedula de identidad V-15.047.701, 7) JORGE ELIEZER POSADA TOVAR, titular de la cedula de identidad V-17.201.479, 8) ÁNGEL GABRIEL SOSA ESPINOZA, titular de la cédula de identidad Nº 12.900.490, 9) YOHER DAVID ROMERO titular de la cédula de identidad Nº 18.145.003, 10) NELSON JESÚS LINARES RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 17.394.180, y 11) DAVID ARTURO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.527.895, por cuanto ya fue ejecutada la misma.

VIGESIMO PRIMERO: Se declara concluida la FASE INTERMEDIA y y se ordena la APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO de la presente causa conforme al artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal. Se emplaza las partes para que, en el plazo común de cinco (05) días hábiles siguientes al presente pronunciamiento concurran ante el juez de juicio y de conformidad con la previsión del artículo 331 ordinal 5 ° del Código Orgánico Procesal Penal, se instruye a la ciudadana secretaria para que remita al Tribunal de Juicio correspondiente las presentes actuaciones. Se dan por notificadas las partes conforme a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Diarícese, regístrese, remítase las presentes actuaciones en su oportunidad legal la causa original en el plazo de los cinco días arriba señalados al Tribunal de Juicio que corresponda por distribución. El Tribunal se reserva el lapso de ley a los fines de la publicación del texto integro de la presente decisión, oportunidad en la cual comenzara a computarle el lapso correspondiente a los fines de ejercer los recursos correspondientes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-

ABG. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA
JUEZ PRIMERO DE CONTROL




Continúan las firmas…

LA FISCAL

ABG. EDDAMI TREJO

EL FISCAL 7

ABG. CARLOS LUIS TORRES

EL DEFENSOR PÚBLICO

ABG. JACKSON CHOMPRE

LOS DEFENSORES PRIVADOS

ABG. JULIO NIEVES

ABG. TANIA SALIDO

ABG. CLEMENTINA REYES DE COLINA

ABG. BETZAIDA FERNANDEZ

ABG. OSCAR TABLANTE


ABG. IVAN LANDAETA MARCOS GOITTIA

LOS IMPUTADOS


NELSON LINARES VICTOR MONTESINO

JOSE ABELARDO NIEVES


HENRY JOSE CORONA JOSE LUIS MONTOYA


JORGE ELIEZER POSADA JOHER DAVID ROMERO

HECTOR VARGAS ANGEL GABRIEL SOSA


DAVID RODRIGUEZ MIGUEL CARRILLO


LOS ALGUACILES DE SALA

LA SECRETARIA DE SALA

ABG. TERESA DANIELA OVIEDO.
1C-14.996-11
EMBL/MMAA