REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
SOLICITANTES: AURA SAMIRA ESPINOSA BORJAS, DAVID AQUILES ESPINOSA BORJAS, HECTOR MIGUEL ESPINOSA BORJAS, YULIS ZENAIDA ESPINOSA BORJAS, ELENA ELISED ESPINOSA BORJAS, EULISE SAUL ESPINOSA BORJAS Y DELIA YSABEL ESPINOSA BORJAS; todos venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.680.093, V- 14.520.830, V- 15.680.097, V- 18.992.605, V- 19.325.153, V-18.92.604, V- 19.325.152, respectivamente, todos con domicilio en el vecindario Caucagua, sector los Algarrobos, Municipio Muñoz del Estado Apure.
CAUSANTE: AQUILES DEL VALLE ESPINOSA SOLORZANO.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITUD Nº: S-527-12.

Formalizada en fecha Doce (12) de Abríl del dos mil Doce (2012) como ha sido, la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; interpuesta por los ciudadanos AURA SAMIRA ESPINOSA BORJAS, DAVID AQUILES ESPINOSA BORJAS, HECTOR MIGUEL ESPINOSA BORJAS, YULIS ZENAIDA ESPINOSA BORJAS, ELENA ELISED ESPINOSA BORJAS, EULISE SAUL ESPINOSA BORJAS Y DELIA YSABEL ESPINOSA BORJAS; todos venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.680.093, V- 14.520.830, V- 15.680.097, V- 18.992.605, V- 19.325.153, V- 18.92.604, V- 19.325.152, respectivamente, todos con domicilio en el vecindario Caucagua, sector los Algarrobos, Municipio Muñoz del Estado Apure; debidamente asistidos por la abogada en ejercicio GRACIELA DEL VALLE ESPINOZA MAYORQUIN, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 134.208; actuando en su carácter de hijos, de quien en vida fuera el ciudadano AQUILES DEL VALLE ESPINOSA SOLORZANO, fallecido AB INTESTATO, en la población de Mantecal Municipio Muñoz del Estado Apure, en fecha veinticuatro(24) de Noviembre del año dos mil Once (2.011). Con la publicación de los Edictos y la evacuación de las testimoniales de los ciudadanos: NERYS DE JESUS LAYA, OSCAR ADELSO HERNANDEZ YNFANTE Y ARQUIMEDES DE JESUS LAYA SOTO; todos venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la población de Mantecal del Municipio Muñoz del Estado Apure y titulares de la Cédula de Identidad números V- 8.160.827, V- 11.242.768, V- 13.062.245; respectivamente, quienes de forma conteste y sin incurrir en contradicciones respondieron favorablemente a la pretensión de los solicitantes, las preguntas contenidas en el escrito que dió inicio a la presente solicitud; y analizados los siguientes recaudos presentados por los solicitantes: 1) Copia certificada de Acta de Defunción Nº 36, levantada el 29/11/2011, con ocasión del fallecimiento del ciudadano AQUILES DEL VALLE ESPINOSA SOLORZANO, el día 24/11/2011, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Mantecal, Municipio Muñoz, del Estado Apure, en la cual se dejó constancia de que su Cédula de Identidad era el Nº 8.162.950, de profesión criador, que dejaba siete (07) hijos de nombres, AURA SAMIRA ESPINOSA BORJAS, DAVID AQUILES ESPINOSA BORJAS, HECTOR MIGUEL ESPINOSA BORJAS, YULIS ZENAIDA ESPINOSA BORJAS, ELENA ELISED ESPINOSA BORJAS, EULISE SAUL ESPINOSA BORJAS Y DELIA YSABEL ESPINOSA BORJAS, todos mayores de edad; 2) Actas de Nacimiento presentados como hijos del de cujus ciudadano AQUILES DEL VALLE ESPINOSA SOLORZANO. 3) Edictos publicados en los diarios; “VISIÓN APUREÑA Y ULTIMAS NOTICIAS” a cuantas personas tengan interés o derechos en el procedimiento y expusieran lo que creyeren pertinente. Analizados como han sido tanto las declaraciones realizadas, como los documentos relacionados, SIN PERJUICIO DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y 822 del Código Civil, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus AQUILES DEL VALLE ESPINOSA SOLORZANO, a los ciudadanos AURA SAMIRA ESPINOSA BORJAS, DAVID AQUILES ESPINOSA BORJAS, HECTOR MIGUEL ESPINOSA BORJAS, YULIS ZENAIDA ESPINOSA BORJAS, ELENA ELISED ESPINOSA BORJAS, EULISE SAUL ESPINOSA BORJAS Y DELIA YSABEL ESPINOSA BORJAS, antes identificados, en su condición de hijos del referido de cujus, en el mismo orden en que se mencionan.
Devuélvanse las presentes actuaciones en original a los solicitantes, a los fines legales consiguientes y déjese copia certificada de la presente decisión.
Publíquese y regístrese, de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada a los veinte (20) días del mes de Junio de dos mil Doce (2012), en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
La Jueza.

Abog. Ana María Garcías.

La Secretaria Temp.

Abog. Naylis Moreno
En la misma fecha siendo las 12:00 m., se publicó y registró la anterior sentencia. Conste.- la secretaria.

Abog. Naylis Moreno.