REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO


San Fernando de Apure, 20 de Marzo de 2012.-


Revisada la presente causa, seguida al acusado JOSE MARUAN ECHTAY RAMOS, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.693.899, por el delito de EXTORSION, con ocasión de la audiencia de depuración de escabinos que hubiere de celebrarse en la presente fecha, se hizo necesario hacer un recuento del presente asunto en aras de aplicar la última disposición adjetiva penal, que al respecto de los Tribunales Mixtos, entrare en vigencia en fecha 04 de Septiembre de 2009, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5930, la cual modificó entre otros el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal de la siguiente manera:

Tercer Aparte del Artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal reformado: Realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el Tribunal Mixto por inasistencia o excusa de los escabinos o escabinas, el Juez o Jueza profesional constituirá el Tribunal de forma unipersonal…

En este sentido se verificó en la presente causa, que se le dio entrada a la misma por auto de fecha 17-05-2011 y se fijo sorteo para el día 14 de mayo de 2011, se libraron las notificaciones.

En fecha 31 de mayo de 2011, se dicto auto difiriendo el acto de sorteo de escabinos y se fijó nueva fecha 08-06-2011, a las 10:00 am, se libraron las notificaciones.

En fecha 08 de Junio de 2011, se dicto auto difiriendo el acto de sorteo de escabinos y se fijó nueva fecha 27-06-2011, a las 8:55 am, se libraron las notificaciones.

En fecha 27-06-2011, se dicto auto difiriendo el acto de sorteo de escabinos y se fijó nueva fecha 12-07-2011, a las 9:10 pm, se libraron las notificaciones.

El día 12-07-2011, se dicto auto difiriendo el acto de sorteo de escabinos y se fijó nueva fecha 22-07-2011, a las 10:00 horas de la mañana, se libraron las notificaciones.

El día 25-07-2011, se dicto auto difiriendo el acto de sorteo de escabinos y se fijó nueva fecha 10-08-2011, a las 8:45 horas de la mañana, se libraron las notificaciones.

El día 12-08-2011, se dicto auto difiriendo el acto de sorteo de escabinos y se fijó nueva fecha 19-09-2011, a las 9:00 horas de la mañana, se libraron las notificaciones.

El día 19-09-2011, se dicto auto difiriendo el acto de sorteo de escabinos y se fijó nueva fecha 29-09-11, a las 9:00 horas de la mañana, se libraron las notificaciones.

El día 29-09-11, se dicto auto difiriendo el acto de sorteo de escabinos y se fijó nueva fecha 20-10-2011, a las 3:00 horas de la tarde, se libraron las notificaciones.

El día 20-10-11, se dicto auto difiriendo el acto de sorteo de escabinos y se fijó nueva fecha 09-11-2011, a las 9:30 horas de la tarde, se libraron las notificaciones.

El día 09-11-2011, se hace efectivo Sorteo de Escabino quedando bajo el Nº 1083. Se fijo fecha para la Constitución de Tribunal Mixto para el día 28-11-2011 a las 9:30, se libraron las notificaciones.

El día 28-11-2011, se difirió Sorteo de Extraordinario de Escabinos y se fijó nueva fecha 15-12-2011, a las 11:00 horas de la mañana, se libraron las notificaciones.

El día 15-12-2011, se dicto auto difiriendo el acto de sorteo extraordinario de escabinos y se fijó nueva fecha 25-01-2011, a las 11:30 horas de la mañana, se libraron las notificaciones.

El día 25-01-2011, se hace efectivo Sorteo de Escabino quedando bajo el Nº 1120. Se fijo fecha para la Constitución de Tribunal Mixto para el día 09-02-2012 a las 2:45 horas de la tarde, se libraron las notificaciones.

En fecha 09-02-2012, se difirió el acto de Constitución y Depuración del Tribunal Mixto y se fijo nueva oportunidad para el día 06-03-2012, a las 3:30 pm, se libraron las notificaciones.

En fecha 06-03-2012, se difirió el acto de Constitución y Depuración del Tribunal Mixto y se fijo nueva oportunidad para el día 20-03-2012, a las 11:00 am, se libraron las notificaciones.

Siendo la oportunidad legal para celebrar la constitución del Tribunal Mixto, no comparecieron los ciudadanos seleccionados como escabinos que se requieren; razón por la cual, siendo la Segunda convocatoria, se hace procedente la aplicación de la Ley de Reforma del Código Orgánico Procesal Penal, en su artículo 164, publicada en la Gaceta Oficial mencionada Ut Supra, publicada en fecha 04 de Septiembre de 2009, que dispone, que realizadas efectivamente dos convocatorias sin que se hubiere constituido el Tribunal Mixto por inasistencia de los escabinos, el Juez o la Jueza constituirá el tribunal de forma unipersonal, de lo que se infiere el carácter impositivo y no potestativo del Juez, y como el caso de marras, presentó como resultado la inasistencia del número completo de los escabinos necesarios, imposibilitando constituir formalmente el Tribunal Mixto por la ausencia de suplentes, es por lo que procede la constitución de forma unipersonal, siendo que lo dispuesto a través del presente auto avanza en pro de la finalización de la presente causa.

DISPOSITIVA

Por las razones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:

PRIMERO: Formalmente constituido el Tribunal que ha de juzgar el presente asunto de manera unipersonal, causa seguida contra los acusado JOSE MARUAN ECHTAY RAMOS, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.693.899, por el delito de EXTORSION.

SEGUNDO: Se fija la celebración del Juicio Oral y Público para el día Miércoles 09 de Abril de 2.012; en virtud de la carga de trabajo que afecta a este despacho y el hecho cierto de que la agenda llevada por el mismo aparece copada en las fechas prevista a la oportunidad fijada, para lo cual habrá de librarse las boletas de notificación respectivas a los expertos y testigos que deban comparecer y hacerse la inscripción en los libros y carátulas que conformen la causa acerca de la nueva nomenclatura que en lo adelante será 1U-584-11. Notifíquese a la Coordinadora de Participación Ciudadana, Fiscalía 10 del Ministerio Público de la presente decisión. Cúmplase.-
El Juez de Juicio Nº 1,

DR. DAVID OSWALDO BOCANEY

La Secretaria,

ABG. ATAMAYCA QUEVEDO MARIN

Seguido se cumplió lo ordenado en autos. Conste. Stria…………………………
La Secretaria,

ABG. ATAMAYCA QUEVEDO MARIN





CAUSA 1U-584-11.-
DOBO/MN.