REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN GUASDUALITO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL DEPRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL
EXTENSIÓN GUASDUALITO
Guasdualito, 15 de marzo de 2012
201º y 153º
Visto el oficio Nº 04-DDC-F3-619-2012, contentivo de escrito presentado por el Abg. RAFEL GABRIEL GÓMEZ DUARTE, en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público del Guasdualito, estado Apure, de fecha de hoy, mediante el cual solicita a este Tribunal autorice a los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Guasdualito, del estado Apure, para realizar visita domiciliaria en la siguiente dirección: Barrio Los Corrales. Sector Banco Obrero, casa sin número, al lado de un galpón, adyacente a Karinas Café, Guasdualito, estado Apure, donde vive el ciudadano Gómez Trejo Jesús Manuel, con la finalidad de incautar las siguientes evidencias: Documentos inherentes a la Organización Comunitaria de Vivienda y Hábitat ciudad Guayana, (O.C.V. Ciudad Guayana), tales como Actas, chequera, bauches, libros contables, facturas, planillas de pago, sellos húmedos, entre otros documentos, así como cualquier información almacenada en los CPU, Pendrives, CD, u otro dispositivo de almacenamiento masivo, y otros que ayuden al esclarecimiento de los hechos. La solicitud la hace con fundamento en el acta de investigación penal de fecha 13 de marzo de 2012, suscrita por el funcionario Agente Juan Becerra, adscrito área de investigaciones del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Guasdualito, del estado Apure, en la cual se deja constancia de las diligencias relacionadas con el expediente K-11-0261-00214, nomenclatura de ese Despacho, la cual se instruye por la presunta comisión de uno de los delitos contra la propiedad, relacionado con el caso Nº 4-DDC-F3-291-2011, llevado por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de Guasdualito, en al cual se señala como presunto autor de los hechos al ciudadano Gómez Trejo Jesús Manuel, residenciado en el Barrio Los Corrales, sector Banco Obrero, casa sin número, al lado de un galpón adyacente a Karinas Café, Guasdualito, estado Apure.
Señala el Ministerio Público, que la orden será practica por los funcionarios al mando del Comisario Luis Montesdeoca, Inspector Jefe Cruz Fernando Navas, Sub Inspector Emerson Villamizar, y los agentes: Oscar León, Becerra Juan, Janderson Padrón y Gómez Ismael, adscritos a la Subdelegación de Guasdualito, estado Apure, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
Este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Apure, extensión Guadualito, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y habiendo observado la procedencia de los requisitos exigidos en el artículo 210 del Código Orgánico Procesal y vista el acta de investigación anexa como fundamento de la solicitud, decide DECRETAR EL ALLANAMIENTO Y ORDENA EXPEDIR LA CORRESPONDIENTE ORDEN. De igual forma se debe hacer del conocimiento de los funcionarios designados para tal efecto, que deberán evitar malos tratos y excesos para con las personas y bienes presentes en el referido inmueble, debiéndose observar todas y cada una de las disposiciones contenidas en la Constitución de la República y en el Código Orgánico Procesal Penal, debiendo presentar junto con la orden sus respectivas credenciales
La orden deberá ir sin enmienda, tendrá una duración de SIETE (07) días contados a partir de la presente fecha y deberá ser notificada la persona que habite en el lugar o se encuentre en el, a quien deberá entregársele Copia de la misma.
LA JUEZA DE CONTROL
Abg. NELLY MILDRET RUIZ RUIZ
LA SECRETARIA
Abg. KARIBAY DURÁN
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA
Abg. KARIBAY DURÁN.