REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRÁNSITO Y DE TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

ACTA DE INHIBICIÒN
En el día de hoy, quince (15) de Marzo del corriente año dos mil doce (2.012), la suscrita Jueza Provisoria de este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Transito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abog. LUZ MARINA SILVA PEREZ, expone: “Me inhibo por encontrarme incursa en el ordinal 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, para conocer seguir conociendo del Expediente Nº 5731 de la nomenclatura de este despacho contentivo al Juicio de NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA , seguido por el ciudadano MIGUEL ANGEL DIAZ GONZALEZ contra la ciudadana LESBIA MARGARITA DIAZ GONZALEZ , cursan a los folios 318 al 327, cursa Sentencia Definitivamente Firme dictada por la Juzgado Superior En Lo Civil, Mercantil, de Transito, Bancario de Protección de Niño, Niña Y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas de fecha 24-01-2012, donde Repone la causa al estado de que el Tribunal de la causa ordene la citación personal de los ciudadanos MANUEL VICENTE DIAZ GONZALEZ Y ZOILA MARIA DIAZ GONZALEZ,. Por cuanto como Jueza Provisoria de este despacho dicte Sentencia Definitiva de la Acción de NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA, donde está suscrita analizó los medios probatorios anexos al escrito libelar y los promovidos durante el lapso probatorio, existiendo un prejuzgamiento de los medios probatorios como instrumento fundamental de la pretensión y al fondo de la controversia.”
Remítase el presente expediente en original al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a lo fines de que siga conociendo de la presente causa y copia certificada de la presente actuaciones procesales al Juez de Superior en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Menores de esta Circunscripción Judicial, para que conozca y decida sobre la inhibición planteada. Para la elaboración de las copias se autoriza al ciudadano: ROBERT JOSE GOMEZ, titular de la cedula de identidad Nº 15.715724, Alguacil Titular de este Tribunal, quien firmara conjuntamente con el Secretaria de este Despacho. Líbrese oficio.
LA JUEZ PROVISORIO
ABOG. LUZ MARINA SILVA PEREZ.
EXP 5731
LMSP.