REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 15 de Marzo de 2012
201° y 153°
Vista la Solicitud presentada por la ciudadana JESUS COROMOTO MARTINEZ CARRASQUEL, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 9.877.129, de este domicilio, signada con el N°. 2.012- 166; quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud.- Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conformes.- Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre una superficie de terreno propiedad de la Solicitante, según TITULO DE ADJUDICACION EN PROPIEDAD DE PARCELA EN TIERRA URBANA PUBLICA emanado de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, anotado bajo el N°. 01, Tomo 01 de los Libros de Venta de Ejidos llevados por ante la Sindicatura, suscrito por el ciudadano LUIS MANUEL ALMEIDA PALACIOS, en su condición de Síndico Procurador Municipal, y registrado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio San Fernando del Estado Apure, bajo el N°. 2009- 1, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 271.3.6.1.579, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2.009, Primer Trimestre, del año 2.009, presentado en original para su vista y devolución; constante de DOSCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON VEINTITRES CENTIMETROS (218,23 M2), ubicado en el Barrio Raúl Leoni, Municipio San Fernando, Estado Apure, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas son: NORTE: Segunda Calle, en Ocho Metros con Veinticinco Centímetros (08,25 Mts); SUR: Laguna, en Seis Metros con Setenta y Ocho Centímetros (06,78 Mts); ESTE: Parcela ocupada por la señora Nidia de Mesa, en Veintinueve Metros con Quince Centímetros (29,15 Mts), y OESTE: Parcela ocupada por el señor Richard Malavé, en Veintiocho Metros con Ochenta y Ocho Centímetros (28,88 Mts); compuestas por Una (01) Casa con paredes de concreto, Tres (3) Habitaciones, Un (1) Baño, Cocina, Comedor, Techo de Acerolit, Ventanas de Dos (2) hojas con bases metálicas, piso de cemento pulido, enrejado en la parte de adelante, en las cuales se ha invertido la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana JESUS COROMOTO MARTINEZ CARRASQUEL, plenamente identificada en el escrito de Solicitud. Se ordena devolver estas resultas a la Solicitante.-
La Juez,
Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
La Secretaria Temp.,
ANANGELICA M. TAPIA PARRA.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de:
( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio del Libro Diario.
La Secretaria Temp.,
ANANGELICA M. TAPIA PARRA.
Doy fe de la exactitud de las copias que anteceden, las certifico de orden del Tribunal, en San Fernando de Apure a los Quince (15) días del mes de Marzo del año Dos Mil Doce (2012).- Años: 201º de la Independencia y 153° de la Federación.
La Secretaria Temp.,
ANANGELICA M. TAPIA PARRA.
SOLICITUD N°. 12- 166.-
EJSM/amtp/mder.-
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