REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Apure
San Fernando de Apure, veintinueve de noviembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: CP01-L-2012-000181
MEDIO DE AUTOCOMPOSICIÓN PROCESAL
N° DE EXPEDIENTE: CP01-L-2012-000181
PARTE ACTORA: Ciudadano DANIEL ISAIAS CEDEÑO GRITHMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.350.770.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Abogado EVENCIO JOSÈ BARRIOS COLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.617.067 y debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.629.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES TOYO SERVICE
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS
Visto que en fecha veintiséis (26) de noviembre de 2012, comparece el ciudadano DANIEL ISAIAS CEDEÑO GRITHMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.350.770, debidamente asistido por el abogado EVENCIO JOSÈ BARRIOS COLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.617.067, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.629, mediante la cual consignan por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de esta Coordinación del Trabajo, escrito mediante el cual DESISTE del presente proceso. Este Tribunal, a los fines de su pronunciamiento observa que: visto el desistimiento que hiciera la parte actora, antes identificada, realizado de manera expresa por diligencia de fecha veintiséis (26) de Noviembre de 2012, y dado que el desistimiento del procedimiento versa sobre derechos disponibles, este Tribunal de Instancia considera procedente en derecho Homologar el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en la presente causa.-
El Juez Titular;
Abg, CARLOS ESPINOZA COLMENARES
La Secretaria,
Abg, NEREIDA CLARIBETH TORRES SALAZAR
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