REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
San Fernando, 07 de Noviembre 2.012
202º y 153º
ACTA DE AUDIENCIA DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
SOLICITANTE: RAMON DE JESUS SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.152.013.
BENEFICIARIO: cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
MOTIVO: JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR.
En el día de hoy siete (07) de Noviembre del año dos mil doce (2012), siendo las 8:40am, se dio inicio a la Audiencia de Jurisdicción Voluntaria, presidida por la Jueza Abg. DULCE MEDINA, con la asistencia del Secretario Abg. FREDDYS MARTINEZ ORTEGA, y el Alguacil PABLO JIMENEZ.- Constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a los fines de celebrarse la audiencia de jurisdicción voluntaria, prevista en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por motivo de “Solicitud de Justificativo de Carga Familiar”, suscrita por el ciudadano RAMON DE JESUS SILVA, plenamente identificado.- Se dio apertura al acto, se deja constancia de la no comparecencia del parte solicitante RAMON DE JESUS SILVA, representante de la adolescente cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Se deja constancia ante este Recinto no compareció el Solicitante.
Después de concluidas las actividades procesales, inmediatamente la Jueza de este Tribunal procedió a dictar el dispositivo del fallo en los siguientes términos: “Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA la presente solicitud suscrita por el ciudadano RAMON DE JESUS SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.152.013, tio y representante legal de la adolescente cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo establecido en el articulo N° 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Cúmplase.- Es todo, Término, se deja constancia que la presente audiencia NO fue reproducida en forma audiovisual, por carecer este Tribunal de los equipos audiovisuales, igualmente por cuanto no hay mas actuaciones que practicar se archiva el presente expediente. Se leyó y conformes firman.-
La Jueza Prov.,
Dra. DULCE MEDINA
El Secretario,
Abg. FREDDYS MARTINEZ
El Alguacil
PABLO JIMENEZ
Exp. JMSS-4.394-11.-