REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
San Fernando de Apure, 06 de Noviembre de 2012
199º y 150º

DISPOSITIVA.

En el día de hoy, seis (06) de Noviembre de 2.012, siendo las 2:00 horas de la tarde, se constituyó este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a los fines de dictar la dispositiva pautada para el día de hoy en razón de que el penado JOSE MANUEL NAVARRO, le fue revocado la Alternativa de Cumplimiento de de Pena Régimen Abierto que le fue otorgado en fecha 13-10-2.009. Seguidamente la secretaria verifica la presencia de las partes, constatándose que se encuentran presente el Penado JOSE MANUEL NAVARRO, la Fiscal Séptima del Ministerio Público, el defensor privado Dr. JUAN PERNIA CAMPO. Acto seguido la ciudadana Juez, toma la palabra y expone: “La presente Audiencia Especial celebrada el día de hoy se realiza en virtud de que en fecha 26 de Octubre de 2012 fue diferida por quedar controvertida la misma, la cual se acordó dictar la dispositiva para el día 06-10-2.012. En ese estado la ciudadana Juez expone: Conocido el motivo de la presente audiencia, se procede a dictar la presente dispositiva en los siguientes términos:
Por todos los argumentos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Ejecución administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:

PRIMERO: En virtud de lo señalado por el defensor privado Dr. JUAN PERNIA CAMPO, este juzgado niega lo solicitado por la defensa, toda vez que el penado incumplió con el Régimen Abierto que le fue otorgado en fecha 13-10-2.009 e igualmente le informo al penado que esta revocatoria no quiere decir que no le sea procedente otro beneficio en su debida oportunidad. SEGUNDO: se mantiene en vigor la Revocatoria del beneficio régimen abierto y en consecuencia se ordena la realización de un nuevo cómputo de pena. Es todo. Termino se leyó y conforme firman.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION.
RAQUEL RUTH LAYA SOLORZANO.



Causa: 1E-1385-06
RRLS/YC