REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 14 de Noviembre de 2012

202° y 153°

Vista la Solicitud presentada por la ciudadana VICTORIA MARGARITA ESPAÑA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 11.757.249, de este domicilio, asistida por el Abogado JOHONNY GREGORIO BOFFIL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 173.262, signada con el N°. 2.012- 1.018; quien ha solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud.- Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conformes.- Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre una superficie de terreno propiedad de la Solicitante, según TITULO DE ADJUDICACION EN PROPIEDAD DE PARCELA EN TIERRA URBANA O PERIURBANA PUBLICA emanado de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, anotado bajo el N°. 11, Tomo 07 de los Libros de Regularización Integral de la Tenencia de la Tierra de los Asentamientos Urbanos o Periurbanos llevados por ante la Sindicatura Municipal, en el año 2012, suscrito por el ciudadano Abogado FRANCISCO IGNACIO APONTE MIRABAL, en su condición de Síndico Procurador Municipal, registrado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 18 de Octubre de 2.012, bajo el N°. 2012- 2867, Asiento Registral 1, matriculado con el Nº. 271.3.6.1.8246, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2.012, presentado en original para su vista y devolución; constante de CIENTO SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO CENTIMETROS (178,25 M2), ubicado en “LOS CENTAUROS”, Manzana D, sin número cívico, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Calle Principal, en Trece Metros (13,00 Mts); SUR: Familia Cortez, en Diez Metros (10,00 Mts); ESTE: Familia León, en Quince Metros con Cinco Centímetros (15,05 Mts), y OESTE: Laguna, en Quince Metros con Cinco Centímetros (15,05 Mts); las mencionadas bienhechurías consisten en Una (1) Casa de habitación familiar de construcción mampostería, Piso de Cerámica, Techo de Platabanda con Armazón de Hierro con cemento con estructura para Dos (2) Pisos, Instalaciones eléctricas internas, cercada perimetralmente con paredes de Bloques, constante de Tres (3) Habitaciones dormitorios, Una (1) Sala cocina, Una (1) Sala recibo, Una (1) Sala de Baño con sus respectivos accesorios, Un (1) Garaje con piso totalmente de cemento, Seis (6) Puertas de Hierro, Cinco (5) Ventanas de Hierro tipo panorámica con protectores de Hierro, y con todos los servicios básicos; en las cuales se ha invertido la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 275.000,00) fomentadas a las únicas y propias expensas la ciudadana VICTORIA MARGARITA ESPAÑA RODRIGUEZ, plenamente identificado en el escrito de Solicitud. Se ordena devolver estas resultas a la Solicitante.-

La Juez,
Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.

La Secretaria Temp.,
Abg. MARBELLA M. ARMAS.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de: ( ) folios útiles y, quedó anotado en el punto N°. , al folio del Libro Diario.

La Secretaria Temp.,


Abg. MARBELLA M. ARMAS.











Doy fe de la exactitud de las copias que anteceden, las certifico de orden del Tribunal, en San Fernando de Apure a los Catorce (14) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Doce (2012).- Años: 202º de la Independencia y 153° de la Federación.

La Secretaria Temp.,


Abg. MARBELLA M. ARMAS.

























SOLICITUD N°. 12- 1.018.-
EJSM/mma/mder.-