REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:




JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 22 de noviembre de 2.012.
202° y 153°

Vista la Solicitud Nº 12-1063, presentada por la ciudadana DEBORA ISABEL RAMOS TORRES, venezolana, mayor de edad y de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº. 9.599.228, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conforme, este Juzgado de Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del estado Apure de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, según se evidencia en documento registrado ante la oficina de Registro Publico del Municipio San Fernando, estado Apure, en fecha 11 de mayo de 2.010, bajo el Nº 2012.981, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el No. 271.3.6.1.2768 y correspondiente al libro de folio real del año 2010, presentado en original para su vista y devolución; dicho terreno consta de TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (358.00 M2), que forma parte de una mayor extensión de terreno, ubicado en la “CALLE GUATEMALA N° 7, DEL BARRIO SAMAN LLORÓN”, Municipio San Fernando del estado Apure, cuyos linderos generales son los siguientes: NORTE: SOLAR DE LA CASA DE LA CIUDADANA SOTERA TERESA REYES, EN TREINTA Y NUEVE METROS (39,00 mts); SUR: TERRENOS DEL CIUDADANO ALEJO HERNÁNDEZ, EN TREINTA Y NUEVE METROS (39,00 mts); ESTE: CALLE GUATEMALA QUE ES SU FRENTE, EN DIECIOCHO METROS (18,00 mts); OESTE: TERRENO MUNICIPAL, EN DIECIOCHO METROS (18,00 mts); y ubicado dentro de los siguientes linderos específicos: NORTE: SOLAR DE LA CASA DE LA CIUDADANA SOTERA TERESA REYES, EN DIECINUEVE METROS CON CUARENTA CENTÍMETROS (19,40 mts); SUR: TERRENOS DEL CIUDADANO RAMOS PANTOJA JOSÉ RAFAEL, EN DIECINUEVE METROS CON CUARENTA CENTÍMETROS (19,40 mts); ESTE: TERRENO PROPIEDAD DEL CIUDADANO RAMOS PANTOJA JOSÉ RAFAEL QUE ES SU FRENTE, EN DIEZ METROS CON OCHENTA CENTÍMETROS (10,80 mts); OESTE: TERRENO PROPIEDAD DEL CIUDADANO RAMOS PANTOJA JOSÉ RAFAEL, EN DIEZ METROS CON OCHENTA CENTÍMETROS (10,80 mts); las cuales han construido con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas, y se encuentran discriminadas así: una (01) losa de 9,80 x 10,10 mts2, 14 columnas de 3,10 de altura, instalaciones de aguas blancas, aguas servidas e instalaciones eléctricas; sobre las cuales ha invertido la cantidad de CIENTO TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 130.000,00). Bienhechurías estas que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, dichas bienhechurías se encuentran fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana DEBORA ISABEL RAMOS TORRES, plenamente identificada. Se ordena devolver estas resultas a la parte solicitante.
La Jueza,


Abog. EUMELY J. SÁNCHEZ MARTÍNEZ.

El Secretario Temp.,


Abog. ORLANDO RAFAEL CORDOBA.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, constante de cuatro (04) folios útiles y quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.

El Secretario Temp.,


Abog. ORLANDO RAFAEL CORDOBA.






Doy fe de las copias fotostáticas que anteceden, las certifico en legajos de orden del Tribunal, veintidós (22) de noviembre del año dos mil doce (2.012). Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.

El Secretario Temp.,


Abog. ORLANDO RAFAEL CORDOBA.


EJSM/orc/Cristhian.-