REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE CON SEDE EN SAN FERNANDO DE APURE.-

San Fernando de Apure, 16 de Octubre del año 2012.-
202º y 153º

ASUNTO: JMS-525-11.-

Visto el convenimiento que antecede de fecha 09-10-2.012, suscrito entre los ciudadanos: CESAR ITALO RODRIGUEZ y YENNIS CORINA GOMEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 4.998.568 y 16.512.357 por ante este Despacho, en lo que respecta al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR a favor de la niña(se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), en el cual ambas partes establecieron el Régimen de Convivencia Familiar de manera supervisada temporalmente por la trabajador social de este Circuito Judicial, semanalmente desde las 02:00 pm hasta las 06:00 pm, a partir del día miércoles 10-10-2.012 hasta que conste en autos el Informe Social que determine que la niña sujeta de la presente causa se encuentra adaptada al padre nuevamente, momento en el cual el padre podrá buscarla en casa de la abuela materna.- En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho convenimiento en los Términos Expuestos por las partes, de conformidad con lo establecido en los Artículos 385, 386 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños y Adolescentes.- Y así se Decide.- Cúmplase.-
La Juez Prov.,

Dra. DULCE MEDINA
El Secretario,

Abg. FREDDYS MARTÍNEZ
En esta misma fecha siendo las 10:00 a.m., se Publicó y se Registró la anterior Sentencia El Secretario,

Abg. FREDDYS MARTÍNEZ