REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Fernando de Apure, 17 de Octubre de 2012.
De la revisión de la presente causa se observa sentencia condenatoria, dictada por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 19 de Diciembre de 2011, corriente a los folios doscientos diez (210) al doscientos catorce (214) mediante la cual se condena al ciudadano: GABRIEL ENRIQUE PAREDES SALAS, titular de la cedula de identidad Numero V-12.738.599, venezolano, natural de San Fernando de Apure, nacido en fecha 30-05-1977, de profesión u oficio mecánico, residenciado: “Sector Los Cocos, San Fernando de Apure, Estado Apure; a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y SIETE (07) MESES DE PRISION, por la comisión de los delitos de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, conforme a lo previsto en el articulo 153 de la Ley Orgánica de Drogas y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, más las accesorias de Ley, de las establecidas en el articulo 16 del Código Penal.
En consecuencia y evidenciándose que además del delito de: POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, fue condenado por: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, por lo que no le corresponde la formula alternativa de cumplimiento de pena como lo es la Suspensión Condicional de la ejecución de la pena, solo le corresponden las formulas alternativas de cumplimiento de pena una vez se logre su comparecencia. Siendo que la pena impuesta no excede de Cinco (5) años, más sin embargo que el articulo 177 Ord. 1° de la Ley Orgánica de Drogas, exige además de los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, “… Que no concurra otro delito. …”.
Por último, por cuanto dicho penado, se encuentra en libertad; este Tribunal acuerda ordenar la captura, a los fines de dar cumplimiento a la pena que le correspondió.