REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE


San Fernando de Apure, 31 de Octubre de 2012

202° y 153°

Vista la Solicitud presentada por el ciudadano ALEXIS ABEL CONTRERAS MONTES, venezolano mayor de edad, civilmente hábil, soltero, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 14.812.963, de este domicilio, asistido por la Abogada ARELIS AIXA CONTRERAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 160.063, signada con el N°. 2.012- 952; quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud. Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y, encontradas conformes.- Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas en una superficie de terreno propiedad municipal, según CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE EJIDO otorgado por la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, SINDICATURA, en fecha 15 de Octubre de 2.012, anotado bajo el N°. 154, Libro 04, en fecha 18 de Octubre de 2.012, suscrito por el ciudadano Abogado FRANCISCO IGNACIO APONTE MIRABAL, en su condición de Síndico Procurador Municipal, constante de SEISCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS (680,75 M2), ubicado en la Urbanización “LORENZO MARCHENA”, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Casa de Rubila Serrano, en Diecinueve Metros con Cuarenta y Cinco Centímetros (19,45 Mts); SUR: Sexta Transversal, en Diecinueve Metros con Cuarenta y Cinco Centímetros (19,45 Mts); ESTE: Casa de Luz Dency Contreras, en Treinta y Cinco Metros (35,00 Mts), y OESTE: Urbanización Lorenzo Marchena, en Treinta y Cinco Metros (35,00 Mts), las referidas bienhechurías consisten en Una (1) Casa de construida por la modalidad de mampostería, constante de Dos (2) Habitaciones Una (1) Sala, Un (1) Comedor, Una (1) Cocina, Un (1) Baño, Piso de Cemento pulido, Techo de Zinc, Puertas y Ventanas de Hierro, debidamente cercada con alambre de púas; en las cuales se ha invertido la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000,00), fomentados a las únicas y propias expensas del ciudadano ALEXIS ABEL CONTRERAS MONTES plenamente identificado en el escrito de Solicitud. Se ordena devolver estas resultas al Solicitante.-

La Juez,
Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.

La Secretaria,
Abg. PETRA M., SILVA DIAMOND.


En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de: ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio
del Libro Diario.

La Secretaria,

Abg. PETRA M., SILVA DIAMOND.









Doy fe de la exactitud de las copias que anteceden, las certifico de orden del Tribunal, en San Fernando de Apure a los Treinta y Un (31) días del mes de Octubre del año Dos Mil Doce (2012).- Años: 202º de la Independencia y 153° de la Federación.

La Secretaria,

Abg. PETRA M., SILVA DIAMOND.


























SOLICITUD N°. 12- 952.-
EJSM/pmsd//mder.-