REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

SOLICITANTE: ITALO CIANFROCCA.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS.-
ABOGADO ASISTENTE: DARIO J. MORALES J.-
SOLICITUD: Nº S-621-12.-

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: ITALO CIANFROCCA, extranjero, mayor de edad, civilmente hábil, domiciliado en esta Población de Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure y titular de la Cédula de Identidad Nº E- 82.212.792; debidamente asistido por el Abogado en ejercicio DARIO J. MORALES J., titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.911.327, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 145.587; así como las declaraciones de los testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor del ciudadano: ITALO CIANFROCCA, antes identificado; sobre las bienhechurías que se determinan en la presente solicitud y mediante el justificativo de testigo evacuado por ante este Tribunal.- Las bienhechurías están conformadas por: Un Edificio denominado “Don Guido”, constante de Cuatro Mil Metros Cuadrados (4.000,00 M²) de superficie, el cual posee las siguientes características: Una (01) Planta Baja, dos (02) anexos y tres (03) pisos, de estructura de concreto y metal, paredes de bloques de cemento y arena totalmente frisado con acabado de primera, platabanda de concreto armado, puntos de electricidad y aguas empotrados, piso de granito y cerámica y puertas de metal y vidrio.- El referido edificio esta distribuido de la siguiente manera: Planta Baja: Con un área de construcción (Aproximadamente) de Seiscientos Dieciséis Metros Cuadrados con Veinticinco Centímetros (616,25 M²), divididos en seis áreas o locales comerciales y dos anexos a la estructura principal, las cuales se identifican de la siguiente forma: Local N° 1: Con un área aproximada de Ciento Cuarenta y Cuatro Metros Cuadrados con Cuarenta y Dos Centímetros (144,42 M²); posee una puerta principal en la parte del frente (Norte) y una puerta secundaria hacia la parte posterior (Sur), dos Baños.- Local “A”: (Sala de Espera o Lobby), con un área de Ciento Ocho Metros Cuadrados con Setenta y Cinco Centímetros (108, 75 M²), posee las escaleras para acceso a la planta N° 2, con pasamanos de metal, una (01) puerta de metal en la parte norte y una (01) puerta en la parte sur.- Un (01) área aproximada de Catorce Metros Cuadrados con Treinta Centímetros (14,30 M²), para usarlo como oficina y una puerta de madera.- Local N° 2: Con un área aproximada de Ochenta Metros Cuadrados (80,00 M²), posee una puerta de metal hacia la zona del frente (norte) y un baño, el cual posee una (01) poceta, un (01) lavamanos y una (01) ducha.- Local N° 3: Con un área aproximada de Noventa y Cuatro Metros Cuadrados con Veinticinco Centímetros (94,25 M²), posee una puerta de metal hacia la zona del frente (norte) y un baño, el cual posee una (01) poceta, un (01) lavamanos y una (01) ducha.- Local N° 4: Con un área aproximada de Noventa y Cuatro Metros Cuadrados con Veinticinco Centímetros (94,25 M²), posee una puerta de metal hacia la zona del frente (norte) y un baño, el cual posee una (01) poceta, un (01) lavamanos y una (01) ducha.- Local N° 5: Con un área aproximada de Noventa y Cuatro Metros Cuadrados con Veinticinco Centímetros (94,25 M²), posee una puerta de metal hacia la zona del frente (norte) y un baño, el cual posee una (01) poceta, un (01) lavamanos y una (01) ducha.- En el lindero SUR-OESTE, existe un (01) anexo a la construcción principal, con un área aproximada de construcción de Cuarenta y Dos Metros Cuadrados con Noventa Centímetros (42,90M²), el cual posee dos (02) baños equipados cada uno con poceta y lavamanos, una (01) puerta de metal que comunica al local N° 1 y una (01) puerta de metal que comunica al sur.- En el Lindero NOR-Este, existe un (01) anexo a la construcción principal con un área aproximada de construcción de Cincuenta y Siete Metros Cuadrados con Setenta y Cinco Centímetros (57,75 M²), el cual esta dividido en tres (03) locales identificados con los números 6, 7 y 8, cada uno con un área aproximadamente de Diecinueve Metros Cuadrados con Veinticinco Centímetros (19,25 M²), y posen un (01) baño equipado con poceta y lavamanos, cada uno, con una puerta de metal que comunica a la antigua Calle “La Redoma”, actualmente Calle Guido Cianfrocca”, puntos de electricidad y aguas empotrados, piso de cerámica y techo de platabanda.- Piso 1: Con un área de construcción (Aproximadamente) de Seiscientos Dieciséis Metros Cuadrados con Veinticinco Centímetros (616,25 M²), el cual posee una (01) escalera con piso de granito y pasamanos de metal, que permite el acceso a la planta baja y al piso 2, tiene un (01) pasillo central en cuyos extremos posee ventanas de vidrio y aluminio y se divide en veinticuatro (24) áreas, propias para habitaciones de hotel, posada o alojamiento; las mismas tienen un área aproximada de Veinte Metros Cuadrados con Setenta Centímetros (20,70 M²), con un (01) baño interno totalmente equipado (poceta, lavamanos y ducha) y un closet, electricidad y agua empotrada en cada una.- En frente de la escalera existe un área de Siete Metros Cuadrados con Cincuenta y tres Centímetros (7,53 M²).- Piso 2: Con un área de construcción (Aproximadamente) de Seiscientos Dieciséis Metros Cuadrados con Veinticinco Centímetros (616,25 M²), el cual posee una (01) escalera con piso de granito y pasamanos de metal, que permite el acceso al piso 2 y 3, tiene un (01) pasillo central en cuyos extremos posee ventanas de vidrio y aluminio y se divide en veinticuatro (24) áreas, propias para habitaciones de hotel, posada o alojamiento; las mismas tienen un área aproximada de Veinte Metros Cuadrados con Setenta Centímetros (20,70 M²), con un (01) baño interno totalmente equipado (poceta, lavamanos y ducha) y un closet, electricidad y agua empotrada en cada una.- En frente de la escalera existe un área de Siete Metros Cuadrados con Cincuenta y tres Centímetros (7,53 M²).- Piso 3: Con un área de construcción (Aproximadamente) de Seiscientos Dieciséis Metros Cuadrados con Veinticinco Centímetros (616,25 M²), el cual posee una (01) escalera con piso de cerámica y pasamanos de metal que permite el acceso al piso 2, tiene un (01) pasillo, un (01) tanque para almacenar agua de 5,40 mts de largo por 3,5 mts de ancho y 2,06 mts de alto, con una capacidad aproximada de Ochenta Mil Litros (80.000,00 Lts), este piso posee puntos de electricidad y agua empotrada.- Las mencionadas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propio, según consta en Copia Debidamente Certificada de Documento protocolizado por ante la oficina de Registro Publico del Municipio Muñoz del Estado Apure, inscrito bajo el N° 48, Folios 107 al 110, Protocolo Primero, Tomo I, Tercer Trimestre del año 1.988; y Documento de Partición y Liquidación de Herencia debidamente protocolizado por ante la oficina de Registro Publico del Municipio Achaguas del Estado Apure, inscrito bajo el N° 97, Folios 261 al 267, protocolo Primero, Tomo I, Tercer Trimestre del año 2.003; alinderado de la siguiente manera: NORTE: Antigua Calle “La Redoma”, actualmente Calle Guido Cianfrocca; SUR: Manga de Coleo José Manuel Aguilera; ESTE: Terrenos Municipales y OESTE: Avenida Principal.- En dichas bienhechurías el ciudadano ITALO CIANFROCCA invirtió la cantidad de: TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 350.000,00).-
Devuélvase original de estas resultas al solicitante, quedando anotado en el libro de Solicitudes llevados por este Tribunal bajo el Nº S-621-12.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en Mantecal, a los Diecisiete (17) días del mes de Octubre de año dos mil doce (2.012). AÑOS: 202° Y 153°.-

La Jueza.

Abog. Ana María Garcías.
La Secretaria Tit.,

Abog. Teresa Y. Márquez de Laya
En la misma fecha siendo las 11:20 p.m., se publicó y registró el anterior decreto. Conste.- La Secretaria.-

Abog. Teresa Y. Márquez de Laya