REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

CONTINUACION DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO CAUSA 2U-689-12

En el día de hoy Once (11) de OCTUBRE de dos mil Doce (2012), siendo las 9:35 horas de la tarde, previo compás de espera para que tenga lugar el acto de continuación del juicio en la presente causa, seguida a los ciudadanos acusados JOSUE DE JESUS UZCATEGUI y JOSE RAMON UZCATEGUI GARRIDO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE COMPLICIDAD, en la causa signada con el N° 2U-689-12, constituido este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, de forma unipersonal con motivo de dar CONTINUACIÓN al juicio oral y público; presente en el lugar, la Jueza DRA. LUISA MARIA PANTOJA, la Secretaria de Sala ABG. ANA YSABEL MARCANO VELASQUEZ y el alguacil de sala. Seguidamente quien verificó a través de la ciudadana secretaria del Tribunal ABG. ANA YSABEL MARCANO VELASQUEZ, la presencia de los llamados a comparecer; informando ésta que se encuentra presente la ABG. IESMARY MIRABAL, en representación de la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Publico con competencia en fase intermedia y juicio oral, la defensa privada ABG. LUIS EDUARDO LIMA y ABG. WILSON M. TREJO, los acusados JOSUE DE JESUS UZCATEGUI y JOSE RAMON UZCATEGUI GARRIDO; más no así, la victima indirecta CARLOS ALBERTO NAVARRO ALVARES, quien se encuentra notificado. Se realizan las advertencias de ley a las partes, adecuada a la celebración del presente acto en relación a que deben litigar de buena fe y mantener una compostura durante la celebración del presente acto. Seguidamente la ciudadana jueza hace un recuento de lo actuado en la última sesión, (se deja constancia que la ciudadana jueza informó a las partes de lo actuado por el tribunal). Acto seguido la misma pregunta al ciudadano alguacil quienes de los testigos y expertos se encuentran presentes para este acto, siendo informada por éste, que se encuentran presentes dos (02) testigos para el presente acto; en tal sentido, se hace pasar al testigo quien se identificó como EUDYS DEL VALLE GALINDO CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.324.149, residenciado en el arenal casa nro 23, diagonal al Cicpc. San Fernando de Apure, profesor de música en la Clarisa Esté de Trejo, quien previa juramentación de ley expuso: “Yo me encontraba en mi casa, el salió saqué a mi vecino el difunto lo saque y le dije no no no tu cuando bebes te pones estúpido, te vas de mi casa el salio, fue a buscarle peo a un anciano, entonces fue a buscarle peo y se vino pa su casa yo me paro asi y veo y le digo ahí viene el vecino y cuando venía el vecino de alla pa´aca con la escopeta y pum cayó en el suelo, cuando cayó todo el mundo lo veía y se quedó impresionado y nadie se lo quería llevar y como era mi vecino lo puse pa un lado y busque al CICPC, a la PTJ ni pendiente ellos decían hay que esperar a la furgoneta y yo les decía, pero esta vivo le decía yo al cicpc y lo agarre me lo monté en el hombro y me lo lleve pal hospital, eso fue todo, yo ví las acciones provenientes del impacto, eso fue todo. Después fue que supe que esos muchachos estaban presos, yo los conozco ellos son mis vecinos también y desde el mismo momento yo los ví ahí. Yo le dije a mi vecino ahí viene líder y venía el vecino un anciano tostao, claro lo tenían obstinao, y le dio ese impacto. Le avisé a la presidenta de la junta comunal y nada yo mismo fui el que le avise al cicpc y les decía está vivo lider, nada me lo llevé pal hospital y llegando al quirofanito venía llegando una a una hermana evangélica y la llamé y como yo soy hijo del pastor Galindo de la Carabobo le dije hermana venga pa que se gane esta bendición este hombre se está muriendo y se lo entregó al señor. Es todo. Seguidamente se le concedió el derecho a formular preguntas a la representante del Ministerio Público, quien en uso del mismo pregunta al testigo: ¿ Podría informarle al Tribunal cuando ud dice que estaba jugando domino a quienes se refiere?. Contestó: El y yo, osea el difunto, el era mi vecino. ¿ Cómo se llamaba? Contestó: JHONNY NAVARRO. Usted manifestó en su declaración que cada vez que tomaba le buscaba problemas al anciano a que se debía eso? Contestó: tenían problemas internos, siempre tenían discusiones de palos, tenian su roce. Esa noche el señor Yonny Navarro buscó conflicto? Contestó: El salió de mi casa, y fue l pa la casa del vecino seguro le buscaria problemas o le dijo algo, y en eso el vecino venía de alla pa acá el señor Uzcátegui y lo llamó Jhonny, Jhonny yo le decía no salgas, no salgas y el viejito le dio el tiro pá. ¿A que hora ocurieron los hechos? Contestó: Como de 6 y media a 7 de la noche ya estaba oscureciendo. ¿El señor Uzcátegui llamó al occiso? Contestó: Si el venia con la escopeta agachaito, y yo le dije yo le dije no salgas que viene el viejo y salio ¿Usted tenia conocimiento si el señor Uzcategui tenia baston? Contestó: Si. Seguidamente se le concedió el derecho a formular preguntas a la Defensa Privada ejercida por el Abog. LUIS EDUARDO LIMA, quien en uso del mismo pregunta al testigo ¿ en su declaración manifiesta que el occiso se encontraba jugando dominó eso es cierto: Contestó: Si. ¿Podría indicar que hora era?. Contestó: Estaba oscureciendo yo también estaba ingiriendo licor. ¿Puede indicar la fecha o si era alguna fecha especial? Contestó: No recuerdo. ¿ Cuando usted le manifiesta al ciudadano Jhonny que se vaya de su casa por que lo hace?. Contestó: Porque ya estaba pasado de palos y el cuando bebía se ponía a buscar problemas. ¿En el momento en que estaba conversando con usted le manifestó si tenia roce? Contestó: El roce con ese señor siempre lo ha tenido ese es un señor muy atorrante. ¿Cuando el se va de su casa hacia donde se fue? Se iba para su casa sube seguro a hablar con el y se mete para su casa de alla para aca venia el vecino con la escopeta agachaito y lo llamó: ¿El señor Uzcategui venia solo? Contestó: Si venía solo. La defensa solicita se deje constancia de la pregunta anterior y su respuesta. Cesaron las preguntas. Acto seguido la ciudadana juez pregunta al testigo: Usted manifestó que vio todo por que estaba ahí cuando el señor venia corriendo con el arma y le dio el disparo al hoy occiso a que distancia vio la familia de el, al cuanto tiempo usted vio a los hijos de el? Contestó: Cuando lo lleve hacia la parte de arriba, estaban toditos allí, inmediatamente busque a la presidenta de la junta comunal taba perdida, nadie quería, me fui insofactamente al cicpc y dos funcionarios se vinieron conmigo y llegaron al sitio decían que va no hay vida y yo les decía que estaba vivo que era un ser humano y me lo monte el hombro y me lo llevé, en la parte de arriba estaba todo su familia de las personas que estaban aquí, estaba la señora. ¿ Que hizo el señor luego que le dio el Disparo al occiso?. Contestó: Salió hacia el cicpc, iba delante de mi y yo iba atrás, creo que se entregó. ¿Ellos tenían roce? . Contestó: Si Doctora ellos tenían burros, chivos, perros y se la pasaban en el solar del vecino. ¿Antes de eso usted no tuvo conocimiento de que tenían algún problema?. Contestó: No doctora por que yo tenía como 2 horas de haber llegado. Cesaron las preguntas. Acto seguido se procede a llamar a la ciudadana: ELSI TATIANA JIMENEZ quien dijo ser venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.202.346, residenciada en la Calle Paez, c/c Mucuritas, Casa S/N al lado de la carpintería los samanes, y del señor Ramón, de profesión u oficio estudiante, fue debidamente juramentada y expuso: Eso fue el domingo del día de las madres como a las 8 y media yo iba con mi esposo yo los tengo a ellos por apodo sino a Ramón que lo conozco por su nombre y vi a Nito cortado el le dijo a mi esposo que lo corto el vecino por que le había agarrado un tobo de agua y mi esposo le dijo que llamara a la policía, para que actúen, en ese momento el difunto subió a buscarle problemas a la casa donde viven ellos, en ese momento ellos se metieron y el señor bajó el papa solo ese señor usa bastón y un collarín, Ramón estaba con nosotros porque es una persona tranquila no se mete con nadie y siempre anda aislado a cualquier persona el siempre anda solo y como mi esposo estaba tomado, el se quedó con nosotros ahí, el señor bajo solo y me causó curiosidad que bajo sin nada de eso hacia el arenal con la escopeta y oí el disparo y me asomo y como a 20 metros dicen los vecinos de aquel lado que lo mataron, la persona agonizando duró como media hora solo, lo trasladaron hacia la avenida, antes de eso yo llame a la policía y vino les dije que bajaran y siguieron de largo que si ellos hubieran bajado ven al muchacho que estaba cortado, que tenía el machetazo que el difunto le había dado, llego la ptj, y le dician que no lo levantaran, antes de eso la mujer del difunto se fue con el chocho se fue y el hermano del otro lo andaban buscando al señor que había disparado y ahí fue que ella se dio cuenta de lo ocurrido. Es Todo. Seguidamente se le concedió el derecho a formular preguntas a la Defensa Privada, quien en uso del mismo pregunta al testigo: ¿Usted venia en compañía de su esposo a que hora? Contestó: Como a las 8:15 que lo vi cortado. ¿Cuándo usted dice que lo vió cortado a quien se refiere? Contestó: A Nito. ¿En ese momento que usted lo vio cortado le pregunto algo?. Contestó: Si que si venia de la ptj y el me dijo que si que venia de poner la denuncia. ¿Qué mas le cuenta, q le dijo? Contestó: Que un vecino lo corto porque le agarro un tobo con agua. ¿Usted observó al señor Uzcategui cuando accionó el arma? Contestó: No yo lo vi que bajo con el arma, pero no me imagine que iba a matar a alguien. Cesaron las preguntas. Seguidamente se le concedió el derecho a formular preguntas a la representante del Ministerio Público, quien en uso del mismo pregunta al testigo: ¿Usted andaba con su esposo como se llama? Contestó: Castro Bismar. ¿Cuándo usted se encontró con Nito donde estaba herido? Contestó: En la cabeza. ¿Le dijo Nito como fue? Contestó: Con un machete. ¿Nito andaba solo o acompañado? Contestó: Andaba con su otro hermano que le dicen Chocho. ¿Chocho estaba lesionado? Contestó: No. ¿Que hicieron después? Contestó: Nito se fue pa su casa y el otro Chocho se quedó en su casa. ¿Que tan cerca vive usted de la casa del señor Ramón. Contestó: Al lado a mano izquierda. ¿Cuánto tiempo transcurrió desde que usted se encontró con estas dos personas y que ocurrieron los hechos?. Contestó: Como a las 8: 40. Cesaron las preguntas. Seguidamente la ciudadana juez pregunta a la testigo: ¿ El Chocho no se había dado cuenta de lo que pasó porque se había ido con la esposa o mujer del difunto?. Contestó: En ese momento cuando venían andaba con el hermano, después que se meten el occiso estaba buscando problemas y ella la esposa se fue con el hermano, luego que le disparan la mama del occiso la mandó a buscar y ahí fue que ella llegó. ¿Usted vio a Ramón? Contestó: Ramón estaba sentado al lado de mi esposo que estaba tomado. Cesaron las preguntas. Seguidamente conforme a lo establecido en el artículo 353 del Código Orgánico Procesal Penal, la ciudadana jueza pregunta al ciudadano alguacil si se encuentran algún otro testigo y experto presente para este acto, siendo informada por éste, que no se encuentra presente ningún testigo o experto. Seguidamente la ciudadana juez expuso: Verificado que no se encuentran testigos ni expertos para el presente acto, se ordena hacerlos comparecer mediante el uso de la fuerza pública conforme a lo dispuesto en el artículo 340 del Código Orgánico Procesal Penal con vigencia anticipada; así mismo se insta al Ministerio Público a que debe colabore con la comparecencia de los expertos restantes. El Tribunal vista la incomparecencia injustificada del acusador privado procede de conformidad con las previsiones del artículo 416 del Código Orgánico Procesal Penal a declarar abandonada la querella. Se suspende la presente audiencia por cuanto no hay mas medios de prueba que evacuar en el día de hoy, siendo las 10:30 horas de la mañana. Se fija el día 02-11-12 a las 8:45 horas de la mañana para su continuación, fecha en la cual se abrirá una nueva sesión del mismo en esta misma sala de Juicio. Se ordena citar a través de su superior inmediato a los funcionarios que fungen como testigos y expertos. Se da por concluida la presente audiencia. Quedan notificadas las partes presentes. Notifíquese a los ausentes. Ofíciese lo conducente.
LA JUEZA SEGUNDO DE JUICIO,

LUISA MARIA PANTOJA