REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 22 de Abril de 2013.
203º y 154°

AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO
CAUSA Nº 3C-9489-13

CAUSA N° 3C-9489-13
JUEZ : ABOG. ZUJENNY ISABEL FERNANDEZ
SECRETARIA: ABOG. ANDREYLI UVIEDO.
FISCALIA: SEPTIMA DEL MINISTERIO PUBLICO
VICTIMA: GONZALEZ PALENCIA JULIO ANTONIO
IMPUTADO: ROBERT JOSE TORRES RATTIA
DEFENSA PUBLICA: ABG. JOSE GREGORIO RUIZ
DELITO: LESIONES PERSONALES LEVES

Celebrada como fue la Audiencia Preliminar por la acusación presentada por la Fiscalia Séptima del Ministerio Público del Estado Apure, representada en este acto por la ABG. RAIMAR MOTA, la cual fue ratificada en la audiencia, celebrada en esta misma fecha conforme a las previsiones del artículo 309 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano ROBERT JOSE TORRES RATTIA, por considerarlo autor y responsable de la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal vigente en perjuicio de la GONZALEZ PALENCIA JULIO ANTONIO, asistido por la Defensa Publica ABG. JOSE GREGORIO RUIZ, oídos los fundamentos de las peticiones formuladas por el Representante Fiscal, así como por la Defensa, en presencia de las partes, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: Se desprenden de las Actas de investigación, así como de la narración de los hechos, contentivos todos en la acusación formal presentada por la Representante Fiscal, que los hechos en que fue fundamentada la misma son los siguientes: “En fecha 26 de agosto del año 2.012 los funcionarios policiales entre ellos Contreras, jefe de comisión yo me encontraba donde ponen música en vivo frente de la coca cola, en la parte de afuera porque soy diabético por eso no tomo, y llegaron funcionarios en una patrulla, y me acerque al señor Darío dueño del local para saber que pasaba ahí me contesto este señor Contreras que que hacia yo ahí y me metió un empujón me dieron golpes y me tiraron al sueño y me metieron en la patrulla y me siguieron golpeando, hay me llevaron al comando y me siguieron golpeando, después me dijeron que me quitara la ropa, y me quite la franela y me pedían que me quitara el pantalón y yo no quería, porque yo cargaba 4.100 Bs. Y ahí me volvieron a golpear y quede inconciente, cuando desperté estaba en el calabozo”.

SEGUNDO: Examinada como ha sido la acusación presentada por la vindicta pública, este Tribunal de conformidad a lo establecido en el ordinal 2º del artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a admitirla en su totalidad, en contra del ciudadano ROBERT JOSE TORRES RATTIA, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal vigente en perjuicio de la GONZALEZ PALENCIA JULIO ANTONIO; puesto que se encuentran llenos los extremos establecidos en el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal.

TERCERO: De acuerdo al numeral 9° del articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal SE ADMITEN TOTALMENTE LAS PRUEBAS OFERTADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO, es decir, TESTIMONIALES: Experto: 1.- Deposición como órgano de prueba de la Dra. Ana Julia Colina, Experto Profesional Especialista I, adscrita al Área de Ciencias Forenses de la Sub.-Delegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas. Testigos – Victimas: 1.- Deposición del Ciudadano González Palencia Julio Antonio, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-7.493.414. 2.- Deposición del Ciudadano Farfán Atahona Erick Alexander, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-24.518.063. 3.- Deposición del Ciudadano Hernández Reymi Hernán. DOCUMENTALES: 1.- Dictamen Pericial Nº 9700-141-1583, de fecha 28 de agosto de 2.012, suscrito por la Dra. Ana Julia Colina. 2.- Oficio Nº DG-PA-1637-12, DE FECHA 21/09/2.012. 3.- Oficio CCP NRO.0362-12, DE FECHA 01/10/2.012. 4.- Acta de Imputación Formal, realizada en fecha 22 de Marzo del año 2.013, al ciudadano Robert José Torres Rattia. SE TIENE COMO ADHERIDA LA DEFENSA A LAS PRUEBAS DEL MINISTERIO PUBLICO.

CUARTO: No habiendo admitido el imputado los hechos conforme al artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena la APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO de la presente causa conforme al artículo 313 ejusdem, causa seguida al ciudadano ROBERT JOSE TORRES RATTIA, por considerarlo autor y responsable de la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal vigente en perjuicio de la GONZALEZ PALENCIA JULIO ANTONIO.

QUINTO: Se mantiene la LIBERTAD del Ciudadano ROBERT JOSE TORRES RATTIA. Como consecuencia de la APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO se declara CONCLUIDA LA FASE INTERMEDIA y se emplaza a las partes para que en el lapso de cinco (05) días hábiles siguientes al presente pronunciamiento concurran ante el Juez de Juicio y se instruye a la ciudadana Secretaria para que remita al Tribunal de Juicio correspondiente las presentes actuaciones una vez firme la presente decisión, todo de conformidad al Articulo 313 ordinal 4° 5° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal.

Dada sellada y firmada en la sala de audiencias de este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a los Veintidós (22) días del mes de Abril del 2013. Cúmplase.

JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. ZUJENNY ISABEL FERNANDEZ
LA SECRETARIA.

ABG. ANDREYLI UVIEDO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo acordado en autos
LA SECRETARIA.

ABG. ANDREYLI UVIEDO
CAUSA Nº 3C-9489-13
ZIF/AU.-