REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
GUASDUALITO.
202º y 154º
PARTES: LUIS ORLANDO MARIN BASTOS, venezolano, mayor de edad, casado, de profesión obrero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.209.058, domiciliado en la calle aramendi casa Nº 15. Parroquia Guasdualito Distrito Alto Apure Estado Apure, actuando en nuestro carácter de padre biológico de la niña ( SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNNA) venezolana de catorce (14) años de edad, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio ORLANDO PALENCIA, inscrito en el inpre-abogado bajo el Nº 155.527, parte demandante, y la ciudadana GRISMAN CASTILLO YADELSY YUNANCY, venezolana, mayor de edad, de oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.488.008, domiciliada en la ciudad de Barinas. Estado Barinas, en su carácter de madre de la mencionada adolescente. Asistida por la Defensora Pública Encargada ROSA YAJAIRA GUTIERREZ ZAMBRANO, y la parte demandada,
MOTIVO: Extincion de la Instancia.
SENTENCIA: Interlocutoria con carácter definfitivo.
ASUNTO: CP21-V-2012-000036.-
En la oportunidad para realizar la Audiencia Preliminar de Sustanciación en el asunto de Inquisición de Paternidad, establecida en el artículo 475 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, declarado abierto el acto y siendo las 11:00 am, se deja expresa constancia la no comparecencia de la parte demandante ciudadano LUIS ORLANDO MARIN BASTOS, venezolano, mayor de edad, casado, de profesión obrero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.209.058, domiciliado en la calle aramendi casa Nº 15. Parroquia Guasdualito Distrito Alto Apure Estado Apure, actuando en nuestro carácter de padre biológico de la niña ( SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNNA) venezolana de catorce (14) años de edad. Debidamente asistidos por el abogado en ejercicio ORLANDO PALENCIA, inscrito en el inpre-abogado bajo el Nº 155.527. Igualmente se dejo constancia de la no comparecencia de la parte demandada ciudadana GRISMAN CASTILLO YADELSY YUNANCY, venezolana, mayor de edad, de oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.488.008, domiciliada en la ciudad de Barinas. Estado Barinas, en su carácter de madre de la mencionada adolescente. Asistida por la Defensora Pública Encargada ROSA YAJAIRA GUTIERREZ ZAMBRANO. Presente la Fiscal XIII del Ministerio Público Abogado LORENA DEL VALLE ROJAS SANTIAGO. Declarado abierto el acto, habiendo constatado la incomparecencia de la parte demandante y demandada ya identificados, presente la Defensora Pública Encargada ROSA YAJAIRA GUTIERREZ ZAMBRANO, y la Representación Fiscal Abogado LORENA DEL VALLE ROJAS SANTIAGO, en consecuencia esta juzgadora forzosamente declara desistido el presente procedimiento conforme a lo dispuesto en el artículo 477 de la LOPNNA, que expresa: (…) Si ambas partes no comparecen, se termina el proceso mediante sentencia oral. Por lo que se declara extinguido el presente asunto. ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE REGISTRESE Y DEJESE COPIA PARA EL ARCHIVO.
Dada, firmada, sellada y refrendada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los diez (10) días del mes de abril del año dos mil trece (2.013). Años: 202° de la Independencia y 154° de la Federación.
Abg. Annabella Franco M.
Jueza de Mediación y Sustanciación
Abg. Gerardo Padilla.
Secretario.
Asunto CP21-V-2012-000082.-
AFM/GJP/Luzd-.
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