REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Apure
San Fernando de Apure, diecisiete de diciembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º
ASUNTO: CP01-L-2013-000064


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA



ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: CP01-L-2013-000064
PARTE ACTORA: NELIDA ZOBEIDA GONZÁLEZ
ABOGADO ASISTENTE: HECTOR BALCAZAR
PARTE DEMANDADA: BLANCA BELEN COLINA DE RATTIA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: PEDRO OMAR SOLORZANO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

En el día hábil de hoy, lunes diecisiete (17) de diciembre de dos mil trece (2013), siendo las diez (10: 00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el JUICIO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, previo el anuncio de Ley se dio inicio a la misma, y visto que no compareció la parte demandante ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, no obstante comparece el abogado PEDRO OMAR SOLORZANO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 79.641, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana BLANCA BELEN COLINA DE RATTÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.141.131, en consecuencia, este Tribunal deja constancia de tal circunstancia; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó, se leyó, Publíquese, Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre de dos mil trece (2013). Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.-

El Juez,

Abog, CARLOS ESPINOZA COLMENARES



La Secretaria,


Abog, NEREIDA TORRES SALAZAR




APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA