REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial con Competencia en DVM Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Edo. Apure
San Fernando de Apure, 05 de Diciembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : CP31-S-2012-000572
ASUNTO : CP31-S-2012-000572
AUDIENCIA DE IMPOSICIÓN DE SENTENCIA
JUEZA: Dra. LIDIA LUISA ROCCI ESCOBAR.
SECRETARIO: ABG. FÉLIX GONZÁLEZ OSTOS
IMPUTADO: JESÚS YOVANNY SILVA RIBAS, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.250.659, estado civil soltero, de profesión vigilante, hijo de Carmen Marisol Silva Rivas (f) y José Juan Ochoa (f), residenciado en el Barrio Wilfredo Rodríguez, calle Rafael Tovar casa S/N, cerca de UEPA, Estado Apure.
DEFENSOR PÚBLICA: ABG. JOHAN GARCÍA
FISCAL NOVENO DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. RAFAEL GÓMEZ DUARTE
VICTIMA: DANMI DAMAURIS ZAPATA QUERALES, titular de la cédula de identidad Nº 17.609.392; NIÑO (se omite su identidad, de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente); y ADOLESCENTE (se omite su identidad, de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente).
DELITO: AMENAZA AGRAVADA, VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, VIOLENCIA SEXUAL, previstos y sancionados en los artículos 41, 42 y 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 65, tercer aparte, ejusdem y LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal. En este estado, la ciudadana Jueza le ordena al secretario de sala que verifique la presencia de las partes, informando el mismo que se encuentra presente el acusado, ciudadano JESÚS YOVANNY SILVA RIBAS, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.250.659, previo traslado desde las instalaciones del Internado Judicial de esta ciudad donde se encuentra recluido; el defensor público Dr. Johan García, así como el representante de la Fiscalía Novena del Ministerio Público, Dr. Rafael Gómez Duarte. Acto seguido expone la ciudadana Jueza: una vez verificada la presencia de las partes convocadas para el presente acto, se da inicio al acto programado. La ciudadana Jueza da lectura al artículo 107 de la Ley especial que rige la presente materia. Este Tribunal hace mención a lo siguiente: este Juzgado, cumpliendo con lo ordenado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, según oficio Nº CA-952-13 de fecha 15 de noviembre del presente año, en donde se colige que se le imponga de la sentencia al ciudadano: JESUS YOVANNY SILVA RIVAS, la cual fuera dictada en fecha 07 de agosto del 2013, observando el Tribunal que riela a los folios 599 al 603 del acta de culminación de esta causa, la dispositiva dictada, en la cual estuvo presente todas las partes, y principalmente el acusado de auto, comunicándosele al mismo del la dispositiva, el cual es traslado y copia fiel de la dispositiva que se encuentra en la sentencia condenatoria de fecha 13 de agosto del 2013, y así se infiere del folio 718, cuando el tribunal dejó constancia al señalar que esta dispositiva es texto integro de la dispositiva dictada en audiencia en la finalización de la audiencia de juicio, de manera pues, que este Tribunal deja claro que se puso en conocimiento de la decisión de esta sentencia al acusado, el mismo día que la dictó. Es todo. Acto seguido la ciudadana Jueza pasa a dar lectura a la Sentencia Condenatoria recaída en contra del ciudadano: JESÚS YOVANNY SILVA RIVAS, a los fines de imponer de la misma. Quedan las partes presentes notificadas de lo aquí leído. Remítase la totalidad de la causa a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal, a los fines de resolver el recurso interpuesto. Cúmplase.-
LA JUEZA.
LIDIA LUISA ROCCI ESCOBAR.
FISCAL NOVENO DEL MINISTERIO PÚBLICO
DR. RAFAEL GÓMEZ DUARTE
EL DEFENSOR PÚBLICO
ABOG. JOHAN GARCÍA
EL ACUSADO
JESÚS YOVANNY SILVA RIBAS
LOS ALGUACILES
GONMER BOHÓRQUEZ YOSNER ROSALES
EL SECRETARIO,
ABG. FÉLIX GONZÁLEZ OSTOS
EXP No. CP31-S-2012-000572
11:01 AM