REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE CON SEDE EN SAN FERNANDO DE APURE.-

San Fernando de Apure, 02 de Diciembre del año 2.013.-
203º y 154º

ASUNTO: JMSS-II-1.109-13.-

Vista la anterior solicitud de Autorización Judicial para Cobro de Beneficios Sociales, formulada por el ciudadano HECTOR ORLANDO CISNEROS GARRIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.611.069, actuando en representación de sus hermanos (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), así como tambien de su sobrino (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de diecisiete (17), doce (12) años de edad, once (11) meses de edad y tres (03) años de edad respectivamente, debidamente asistidos por el Abg. ERNESTO LUIS BOCANEY ORIBIO, en su carácter de Defensor Público Segundo para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, exponiendo:
“En fecha 17-08-2013, fallecieron ab Intestato en el tramo carretera nacional Ciudad de Nutrias-Libertad de Barinas, municipio Sosa del estado Barinas, los adultos: HECTOR DEL VALLE CISNEROS ESCALONA,… CARMEN NERXAIDA GARRIDO… e ISAURA DEL CARMEN CISNEROS GARRIDO…, La causa principal de la muerte fue POLITRAUMATISMO GRAVE-T.E.C. COMPLICADO-PARO CARDIORESPIRATORIO… Los dos primeros eran mis legítimos padres, y de mis hermanos los adolescentes (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y la niña (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)… y de mi hermana adulta fallecida conjuntamente con ellos ISAURA DEL CARMEN CISNEROS GARRIDO, madre del niño (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)…
Es el caso que mis padres se desempeñaban como empleada de INSALUD y la gobernación del estado respectivamente, pero es el caso que en ocasión de su fallecimiento se derivan derechos correspondientes a sus herederos, como prestaciones sociales, pensión de sobreviviente, ahorro habitacional, seguro social, caja de ahorros…, En virtud de ello acudo ante su competente autoridad, para solicitar como en efecto lo hago AUTORIZACION JUDICIAL a los fines de tramitar, reclamar y cobrar los beneficios sociales correspondientes a los tantas veces nombrado funcionarios, de los cuales son beneficiarios directo mis hermanos los adolescentes (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y la niña (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)… y mi sobrino (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)… y todos los demás derechos y acciones que puedan corresponderles en sus condiciones de hijos y nieto…
Fundamento la presente Solicitud en los artículos 8 y 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Finalmente, juro la URGENCIA del caso, pido que la presente solicitud sea admitida y sustancia conforme a Derecho y DECLARADA CON LUGAR EN LA DEFINITIVA”.- Revisados y analizados como han sido los documentos acompañados, el Tribunal concluye que es beneficiosa al interés de los HNOS. (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), así como tambien del niño (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) la Autorización que se pretende.- Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Medicación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE al ciudadano HECTOR ORLANDO CISNEROS GARRIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.611.069, para que en representación de sus hermanos (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), así como tambien de su sobrino, el niño (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), GESTIONE por ante todos los organismos competentes, el cobro de todos los Beneficios Sociales que puedan corresponder a los referidos beneficiarios por motivo del fallecimiento de los De-Cujus HECTOR DEL VALLE CISNEROS ESCALONA, CARMEN NERXAIDA GARRIDO e ISAURA DEL CARMEN CISNEROS GARRIDO, quienes fueran venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° 8.197.764, 11.761.333 y 20.612.160.- Igualmente queda AUTORIZADO el mencionado ciudadano para retirar los cheques a nombre de este Tribunal en dichos organismos.- Advirtiéndosele que los beneficios deben ser cancelados en cheque de GERENCIA a nombre de este Tribunal y consignarlo para su debida administración por ser bienes de niños.- Y así se Decide.- Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 267 del Código Civil Vigente.- Expídase por Secretaría copia certificada de la presente Decisión y entréguese a la interesada.- Devuélvanse los documentos originales previa certificación de los mismos en autos.- Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en San Fernando de Apure, a los dos (02) días del mes de Diciembre del año dos mil trece (2.013).- Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
El Juez Prov.,

Dr. RAMON ANTONIO RIVAS
La Secretaria.,

Abg. DAYAN MARTINEZ
En esta misma fecha siendo las 10:00 a.m., se Publicó y se Registró la anterior Sentencia La Secretaria.,

Abg. DAYAN MARTINEZ
RAR/homer.-