REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



CORTE DE APELACIONES
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 19 de Diciembre de 2013
203° y 154°


CAUSA Nº 1Aa-2657-13
JUEZ PONENTE: EDWIN ESPINOZA COLMENARES



Corresponde a esta Alzada pronunciarse sobre la admisibilidad o no de la pretensión interpuesta el 29-10-2013, por los abogados MIGUELANGEL ESCALONA ACOSTA y SANTA MAGALIS NIEVES SIDRAN, en su carácter de Defensores Privados del ciudadano Luís Octavio Cerpa Rodríguez, contra la decisión dictada el 10-10-2013, por la Jueza Tercera de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. YSMAIRA CAMEJO, mediante el cual acordó admitir en su totalidad la acusación presentada por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público y se apertura la causa a Juicio Oral y Público. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

Observa esta Sala del folio 29 del cuaderno de apelación, el cómputo elaborado por el Tribunal A-quo, se lee: “…Que desde el día 10OCT13, fecha en que se celebró audiencia preliminar por ante este Tribunal, hasta el día 29OCT13, fecha cuando los abogados MIGUELANGEL ESCALONA ACOSTA y SANTA MAGALIS NIEVES SIDRAN, en su carácter de defensores privados del ciudadano LUIS OCTAVIO CERPA RODRIGUEZ interponen recurso de apelación de auto por ante el área de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del estado Apure; transcurrieron ocho (08) días hábiles inclusive, discriminados de la siguiente manera: VIERNES 11, LUNES 14, MARTES 15, MIÉRCOLES 16, JUEVES 17, VIERNES 18, LUNES 28 Y MARTES 29 DEL MES DE OCTUBRE 2013, (fecha de recepción). De igual manera se hace constar que en fechas 21, 22, 23, 24 y 25 de Octubre del 2013, no hubo despacho en este Tribunal por encontrarse la jueza en la ciudad de Maracay estado Aragua., asistiendo a las Jornadas del Plan Cayapa en la Penitenciaría de Tocorón;… ”.

Cursa al folio 35 del presente cuaderno de incidencia, auto de fecha 4-12-13, mediante el cual se lee lo siguiente: “…procede este tribunal a suministrar la fecha de publicación del Auto de Apertura a juicio Oral y Público, que cursa inserto al folio cinco (05) del cuaderno de incidencia es 10-10-2013, tal y como se describe al inicio de la misma publicación; razón por la cual dando cumplimiento así a lo solicitado por esa instancia superior se ilustra la fecha en que este despacho publico (sic) el Auto de Apertura a Juicio a saber 10-10-2013….”.

Por otra parte, se evidencia al folio treinta y nueve (39) del presente cuaderno de incidencia oficio Nº C.A-1060-13, de fecha 6-12-2013, en el cual se acordó oficiar al Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, a los fines de solicitarle copias certificadas del libro diario para verificar la veracidad de la fecha de publicación del Auto de Apertura a Juicio en la causa Nº 3C-11.084-13, y recibido como ha sido oficio Nº 3C-2.106-13, suscrito por la Juez Tercero de Control mediante el cual remite anexo las mencionadas copias, en consecuencia esta Corte de Apelaciones observa que la publicación del mencionado auto fue en fecha 10-10-2013.

Ahora bien, precisado lo previo no puede haber hesitación en cuanto a que la pretensión planteada es inadmisible por extemporánea, toda vez que fue formulada 8 días después, de los 5 que establece el artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal, como lapso para impugnarlo. Y así se decide.-

DISPOSITIVA

Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:

UNICO: Declara inadmisible por extemporánea de conformidad al artículo 428 literal b del Código Orgánico Procesal Penal, la pretensión planteada el 29-10-2013 por los abogados MIGUELANGEL ESCALONA ACOSTA y SANTA MAGALIS NIEVES SIDRAN, en su carácter de Defensores Privados del ciudadano Luís Octavio Cerpa Rodríguez, contra la decisión dictada el 10-10-2013, por la Juez Tercera de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. YSMAIRA CAMEJO, mediante el cual acordó admitir en su totalidad la acusación presentada por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público y se apertura la causa a Juicio Oral y Público.

Publíquese, regístrese, diarícese, notifíquese a las partes y remítanse todas las actuaciones de inmediato al Tribunal de origen. Cúmplase.-
EL JUEZ PRESIDENTE (PONENTE)

EDWIN ESPINOZA COLMENARES.
EL JUEZ,

EDWIN MANUEL BLANCO LIMA.

LA JUEZ,

NELLY MILDRET RUIZ.
LA SECRETARIA,

ROSMERY TORRES.

Causa N° 1Aa -2657-13
EEC/NMR/EMBL/ RT/José