REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Apure
San Fernando de Apure, treinta y uno de enero de dos mil trece
202º y 153º
ASUNTO: CP01-N-2013-000001
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
ASUNTO: CP01-N-2013-000001
PARTE DEMANDANTE: Ciudadana YOCELY DEL CARMEN ÁLVAREZ, titular de cédula de identidad Nº 11.758.002.
ABOGADO ASISTENTE DEL DEMANDANTE: Abogado MARCOS GOITIA, titular de la cédula de identidad Nº 11.756.223 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.239.
MOTIVO: NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES
Se inicia el presente procedimiento motivado al Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad de Acto Administrativo, seguido por la ciudadana YOCELY DEL CARMEN ÁLVAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.758.002, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio MARCOS ELÍAS GOITIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.756.223, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.239, contra el Acto Administrativo de Efectos Particulares dictado por el Presidente de la Empresa Mercados de Alimentos (MERCAL) C.A.
Ahora bien, de la revisión del escrito libelar este Tribunal observa, que el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad de Acto Administrativo de Efectos Particulares, está dirigido al Juez Superior en lo Civil (Bienes) Contencioso Administrativo de la Región Sur de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, y no a éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, razón por la que este Tribunal debe necesariamente tener que declarar la inadmisibilidad de la demanda; en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo, seguido por la ciudadana YOCELY DEL CARMEN ÁLVAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.758.002, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio MARCOS ELÍAS GOITIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.756.223, nscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.239, contra el Acto Administrativo de Efectos Particulares dictado por el Presidente de la Empresa Mercados de Alimentos (MERCAL) C.A. SEGUNDO: Se ordena el archivo definitivo del presente expediente en la oportunidad legal correspondiente.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los treinta y un (31) días del mes de Enero de dos mil trece (2013). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
El Juez Titular,
Abg. CARLOS ESPINOZA COLMENARES
La Secretaria,
bog, Nereida Claribeth Torres Salazar
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