REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.-
San Fernando, 10 de Enero del año 2.013
202º y 153º
SENTENCIA DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA RETIRAR DINERO
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
SOLICITANTE: XIOMARA DEL CARMEN PANTOJAS FLORES, titular de la cedula de identidad N° 9.872.361.
BENEFICIARIOS: HNOS: (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de la Protección del Niño y del Adolescente).
Vista la anterior solicitud de Autorización Judicial, formulada ante este Tribunal en fecha 29-11-12, por la ciudadana XIOMARA DEL CARMEN PANTOJAS FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.872.361, actuando en representación de los hermanos. (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de la Protección del Niño y del Adolescente), beneficiarios en la presente causa, debidamente asistido por el profesional del derecho MIGUEL ANGEL APONTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 154.688, la cual es efectuada en los siguientes términos:
“Soy madre legitima de mis menores hijos ya identificados, habido en mi matrimonio con mi difunto esposo, ciudadano JOSE VALENTIN DANIEL CEBALLOS, quien falleció el día 15-05-12, ab-intestato en la ciudad de San Juan de los Morros Estado Guarico y en ejercicio de patria potestad sobre los prenombrados hijos menores, ocurro ante usted para solicitarle la autorización pertinente, en concordancia con lo establecido en el articulo 267 del Código Civil Venezolano, para efectuar el retiro de los fondos monetarios activos en la cuenta Corriente identificada Nº 0134087618763013168 del Banco Banesco Universal S.A.C.A, Sucursal San Fernando Estado apure, de igual forma de la cuenta corriente Nº 0191-0059-26-1295260895, como parte de Fideicomiso de Prestaciones Sociales en el Banco Nacional de Crédito Banco Universal, Sucursal Calabozo Estado Guarico, las cuales pertenecieron en vida al ciudadano JOSE VALENTIN DANIEL CEBALLOS, titular de la cedula de identidad Nº 8.190.774………..”
Por las razones precedentemente expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia AUTORIZA ampliamente y suficientemente a la ciudadana XIOMARA DEL CARMEN PANTOJAS FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.872.361, para que en su condición de Representante legal de los hermanos (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de la Protección del Niño y del Adolescente), EGRESE el dinero existente en la cuenta Corriente identificada Nº 0134087618763013168 del Banco Banesco Universal S.A.C.A, Sucursal San Fernando Estado apure, de igual forma de la cuenta corriente Nº 0191-0095-26-1295260859, como parte de Fideicomiso de Prestaciones Sociales en el Banco Nacional de Crédito Banco Universal, Sucursal Calabozo Estado Guarico, tal cuenta que le correspondía al de cujus JOSE VALENTIN DANIEL CEBALLOS, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°8.190.774. Y Así se decide.- Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código Civil Vigente. ASÍ SE DECIDE EXPRESAMENTE. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código Civil Vigente. Cúmplase. Líbrese lo Conducente.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.-
Expídase por secretaría Copias Certificadas de la presente decisión entréguese a la interesada para fines legales; así como también devuélvase los documentos originales acompañados, dejándose copias fotostáticas certificadas de los mismos autos.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando.- San Fernando de Apure, a los (10) días del mes de Enero del año Dos Mil Trece (2.013).- Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
El Juez Provisorio
Abog. RAMÓN RIVAS LORETO
El Secretario,
Abg. FREDDYS MARTINEZ
En ésta misma fecha se publicó la presente Sentencia, previo anuncio de Ley, a las puertas del Tribunal siendo las 10:00 a.m.
El Secretario,
Abg. FREDDYS MARTINEZ
Exp. N° JMSS2-141-12
RRL/FM/carmen.-
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