REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
Republica Bolivariana De Venezuela
Tribunal Supremo De Justicia
Circuito Judicial Penal del Estado Apure
Tribunal Primero de Ejecución de Penas
Y Medidas de Seguridad
San Fernando de Apure, 29 de Enero 2013.-
202º y 153º
Asunto Foráneo Nº 1E-F-330-12
Recibido como ha sido oficio Numero 183-13, suscrito por el Dr. Jorge Martín Díaz Torres, Juez Séptimo de Ejecución, del Circuito Judicial penal del Estado Zulia, y en el cual solicitan a esta Instancia, se sirva ordenar el traslado del penado CARLOS ALBERTO GALINDO RAMOS, Titular de la Cedula de Identidad Numero V-18.016.080, al Servicio de Odontología del Hospital Pablo Acosta Ortiz de esta Ciudad, por cuanto presenta una patología que amerita atención en ese servicio, evidenciándose que el referido penado actualmente cumple condena en el Internado Judicial de esta ciudad de San Fernando de Apure.
I
Revisada la solicitud, el Tribunal Observa:
PRIMERO: Que en los supuestos taxativamente consagrados en el Artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, solo están previstas las salidas transitorias hasta por cuarenta y ocho horas.
SEGUNDO: Las salidas transitorias del establecimiento pena, tienen como fundamento:
a) Enfermedad grave o muerte del cónyuge, padre e hijos.
b) Nacimiento de hijos.
c) Gestiones personales no delegables o cuya trascendencia aconseja la presencia del penado en el lugar de la gestión.
d) Gestión para la detención de trabajo y de alojamiento ante la proximidad del egreso.
De las consideraciones que preceden y de lo establecido en el Artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, es concluyente inferir la procedencia del permiso a que se hace referencia, y así se declara.