República Bolivariana de Venezuela
Circuito Judicial Penal del Estado Apure
Tribunal De Primera Instancia En Funciones De Control
Del Sistema Penal De Responsabilidad De Adolescentes
San Fernando de Apure, 10 de Enero de 2.013.-
202º y 153º
SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR MUERTE DEL IMPUTADO
Asunto 1CA-1.556-08
Vista el oficio N° 02-035, de fecha 15 de Octubre de 2012, suscrito por el Registrador Civil de la Parroquia San Fernando, Leisser Rebolledo, y mediante el cual remite anexo al mismo Acta de Defunción N° 998 en original en la que consta que en fecha 22-09-2010, a las 1.00 pm, falleció a causa de Laceración Cerebral, Fractura de Cráneo y Herida por Arma de Fuego, el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, esta juzgadora considera procedente tomar la decisión correspondiente con los siguientes fundamentos:
En fecha 25DIC2008, se realiza audiencia de presentación al adolescente nombrado supra, admitiéndose la precalificación jurídica dada a los hechos como VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZAS, previsto y sancionado en los artículos 39 y 41, respectivamente, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia de la Ley de Drogas, así mismo se impuso al adolescente de autos la Medida Cautelar establecida en el articulo 582 literal “B” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 03AGO2010, se fijo lapso prudencial para presentación de acto conclusivo al Ministerio Publico de cuarenta (40) días continuos, de conformidad con lo previsto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos.
Ahora bien, en fecha 04AGO2010, se dicta AUTO DE ACUMULACION DE CAUSAS, en causa seguida al referido adolescente por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano Vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos.
Visto lo anterior, se observa que en el presente caso ocurre una causal de Extinción de la Acción Penal de conformidad con lo establecido en el artículo 49 numeral 1 de Código Orgánico Procesal Penal Vigente, como lo es la muerte del imputado, y probado como ha sido con el acta de defunción descrita ut supra, siendo procedente y ajustado a derecho decretar el sobreseimiento definitivo en la presente causa a favor del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el articulo 561 literal d) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes toda vez que, resulta evidente la falta de una condición necesaria para imponer la sanción, en concordancia con el 300.3 y 49.1 ambos del Código Orgánico Procesal Penal Vigente por remisión del 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes previstos, este Tribunal Único en Funciones de Control del Sistema de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: Decreta el sobreseimiento definitivo, con ocasión de la extinción penal, en la presente causa a favor del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el articulo 561 literal d) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes toda vez que a través de la documentación legal correspondiente se verifico la muerte del adolescente imputado antes referido en concordancia con el 300.3 y 49.1 ambos del Código Orgánico Procesal Penal Vigente por remisión del 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: Ofíciese al Departamento de Alguacilazgo a los fines de dejar sin efecto la ficha de presentación aperturada al referido adolescente en fecha 31-03-2009, en la causa Número 1CA-1.578-09. Notifíquese a las partes. Regístrese y déjese copia certificada de esta Decisión. Cúmplase.
La Juez de Control.
Abog. Maria Gabriela Ferrer
El Secretario
Abog. Yunys Manuel Méndez
CAUSA: 1CA-1.556-08
MGF.-
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