REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Apure
San Fernando de Apure, catorce de febrero de dos mil trece (2013)
202º y 153º
ASUNTO: CP01-L-2012-000081
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Nº DE EXPEDIENTE: CP01-L-2012-000081
PARTE ACTORA: CARMEN ARSENIO BLANCO
PROCURADOR ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES: ASDRUBAL VARGAS
PARTE DEMANDADA: EMPRESA SOCIALISTA GANADERA AGROECOLOGICA MARISELA
APODERADO DEL DEMANDADO: SIN DESIGNAR
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, jueves catorce (14) de febrero de dos mil trece (2013), siendo las nueve y treinta (9: 30 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el de JUICIO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, previo el anuncio de Ley se dio inicio a la misma, compareciendo el Procurador Especial de los Trabajadores ASDRUBAL VARGAS ABANO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 20.475, no obstante, se observa que no consta en autos Poder alguno que acredite representación alguna de la parte demandante, por tanto, visto que no comparecieron las partes ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, en consecuencia, este Tribunal deja constancia de tal circunstancia; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó, se leyó, Publíquese, Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los catorce (14) días del mes de febrero de dos mil trece (2013). Años: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.-
El Juez,
Abog, CARLOS ESPINOZA COLMENARES
La Secretaria,
Abog, Nereida Claribeth Torres
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Procurador Especial de los Trabajadores
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