REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Apure
San Fernando de Apure, veintiséis (26) de febrero de dos mil trece
202º y 153º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA


Nº DE EXPEDIENTE: CP01-L-2012-000187
PARTE ACTORA: KENIA ELIZABETH MARCHENA CASTILLO
ABOGADO ASISTENTE: RAMÓN ARNOLDO MANZANILLA
PARTE DEMANDADA: CENTRO NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (INFOCENTRO) REGIÓN APURE
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: WALTER PROAÑO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

En el día hábil de hoy, martes veintiséis (26) de febrero de dos mil trece (2013), siendo las tres (3: 00 p.m.) horas de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el JUICIO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, previo el anuncio de Ley se dio inicio a la misma y visto que no compareció la parte demandante ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, en consecuencia, este Tribunal deja constancia de tal circunstancia; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no obstante comparece ante este Tribunal el abogado WALTER R. PROAÑO G., Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 6.727.795, e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 52.329, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del CENTRO NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (INFOCENTRO) REGIÓN APURE, según instrumento poder que consigna en este acto, marcado con la letra “A”. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó, se leyó, Publíquese, Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los veintiséis (26) días del mes de febrero de dos mil trece (2013). Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-


El Juez Titular,
(FDO)
Abg. Carlos Espinoza Colmenares



La Secretaria,

(FDO)
Abg. Nereida Claribeth Torres Salazar




(FDO)
Apoderado de la parte demandada.