REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
GUASDUALITO.

202º y 153º


PARTES: LISBETH MIRABAL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V.-17.234.215, domiciliada en la Carretera Nacional Vía Pueblo Nuevo, Sector Matadero, Guasdualito, Municipio Páez, Estado Apure, actuando en nombre y representación de su hijas (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNNA) asistida por la Defensora Pública Primera Adscrita al Sistema de Protección del Niño y del Adolescentes abogada ROSA YAJAIRA GUTIERREZ ZAMBRANO.-

MOTIVO: Atorización Judicial para Negociar con Semovientes (Extinción).

SENTENCIA: Interlocutoria con carácter de definitiva.-

ASUNTO: CP21-J-2013-000013.-

En la oportunidad para realizar la Audiencia de Jurisdicción Voluntaria en la presente solicitud de Autorización Judicial para Negociar con Semovientes, de conformidad con lo establecido en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, siendo las 09:30 horas de la mañana, presentado por la ciudadana LISBETH MIRABAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-17.234.215, domiciliada en la Carretera Nacional, vía Pueblo Nuevo, Sector matadero, en Guasdualito, Municipio Páez, Estado Apure, actuando con el carácter de madre de las niñas (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNNA) de nueve (09) y siete (07) años de edad, respectivamente, asistidas por la Defensora Publica I Abogada ROSA YAJAIRA GUTIERREZ ZAMBRANO. Presente la Representación Fiscal XIII del Ministerio Público, Abogada LORENA DEL VALLE ROJAS SANTIAGO. En este estado, declarado abierto el acto, la ciudadana Jueza, procede a verificar la no comparecencia de la parte solicitante ciudadana LISBETH MIRABAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-17.234.215, domiciliada en la Carretera Nacional, Vía Pueblo Nuevo, Sector matadero, en Guasdualito, Municipio Páez, Estado Apure, actuando con el carácter de madre de las niñas (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNNA), de nueve (09) y siete (07) años de edad, respectivamente, asistidas por la Defensora Publica I Abogada ROSA YAJAIRA GUTIERREZ ZAMBRANO. Asimismo, se deja constancia la no comparecencia del ciudadano AMADO ENRIQUE JIMENEZ HERNANDEZ, parte de la presente solicitud, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.012.863, divorciado, domiciliado en el Sector El Veguero, Parroquia Guasdualito, Distrito Alto Apure, Estado Apure, teléfono 0426-9760087, procediendo quien juzga conforme a lo dispuesto en el articulo 514 Ejusdem, que expresa:“Si él o la solicitante no comparece personalmente o mediante apoderado sin causa justificada a la audiencia se considera desistido el procedimiento y termina este mediante decisión oral que se debe reducir en un acta y publicarse en el mismo día. Este desistimiento extingue la instancia pero él o la solicitante no puede volver a presentar su solicitud antes que trascurra un mes…”. En consecuencia, esta juzgadora declara EXTINGUIDO el presente asunto en los términos y condiciones antes expuestos. ASÍ SE DECIDE.

Dada, firmada, sellada y refrendada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los veintidós (22) días del mes de febrero del año dos mil trece (2.013). Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.

Jueza Temporal de Mediación y Sustanciación
Abg. Delimar Paola Palacios.

Abg. Juan Daniel Bolívar.
El Secretario.

En la misma fecha se público y registró la anterior decisión siendo las 3:00 horas de la tarde y se dejo copia certificada para el archivo del Tribunal.

El Secretario
ASUNTO CP21-J-2013-000013.
DDP/JDB/mariae