REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

SOLICITANTE: OLIVER YOEL POLANCO ROJAS.-
ABOGADA ASISTENTE: DORIS MARGARITA TOVAR.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURÍAS.-
SOLICITUD: Nº S-663-13.-

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: OLIVER YOEL POLANCO ROJAS, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en esta Población de Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.681.513, asistido para este acto por la Abogada en ejercicio DORIS MARGARITA TOVAR, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 159.023, así como las declaraciones de los testigos.- Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHO, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor del ciudadano: OLIVER YOEL POLANCO ROJAS, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en esta Población de Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.681.513; sobre unas bienhechurías conformadas por: Un (01) Local Comercial, ubicado en el Sector Barrio Nuevo de la Parroquia Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure; construido con paredes de bloques de cemento, techo de acerolit, piso frisado de cemento y una (01) puerta de hierro con sus respectivas instalaciones eléctricas.- Las mencionadas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad del Municipio Muñoz, según consta en Documento de Contrato de Arrendamiento registrado en el Libro de Contratos de Arrendamientos bajo el Nº 01, folios 01 al 04 que para tal fin lleva la Sindicatura Municipal de esta localidad en el presente año 2.013; dicho terreno consta de quince (15) metros de frente por doce (12) metros de fondo, (15 M X 12 M), para un total de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 M2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa de Maurin Noguera; SUR: Casa de Lila Rojas; ESTE: Calle el paseo y OESTE: Casa de Olivia Rojas.- En dichas bienhechurías el ciudadano OLIVER YOEL POLANCO ROJAS invirtió la cantidad de: SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 60.000,00).-
Devuélvase original de estas resultas al solicitante, quedando anotado en el Libro de Solicitudes llevado por este Tribunal bajo el Nº S-663-13.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en Mantecal, a los veinticinco (25) días del mes de Febrero del año dos mil trece (2013). AÑOS: 202° Y 154°.-
La Jueza Prov.,

Abog. Ana María Garcías. La Secretaria.,
Abog. Teresa Y. Márquez de Laya.-
En la misma fecha siendo las 11:30 p.m., se publicó y registró el anterior decreto. Conste.- La Secretaria.-

Abog. Teresa Y. Márquez de Laya.