REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE CON SEDE EN SAN FERNANDO DE APURE

San Fernando de Apure, 15 de Julio del año 2013
203º y 1543º

ASUNTO: JJ--329-1.410-13.-

MOTIVO: Audiencia Oral de Juicio de Divorcio Ordinario

DEMANDANTE: VICENTE PAUL POMPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.199.608, de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado JOSE GREGORIO JIMENEZ PEREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 119.712.
DEMANDADA: JOHANA CAROLINA GARCIA RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.665.313
Capítulo I
Breve relación de los hechos:

En el día de hoy quince (15) de Julio del 2013, siendo las nueve (9:00am.) de la mañana día y hora fijados por este Tribunal, para que tenga lugar la AUDIENCIA ORAL y PÚBLICA DE JUICIO en la presente causa que por Divorcio Ordinario, ha sido incoada por el ciudadano VICENTE PAUL POMPA, asistido de Abogado JOSE GREGORIO JIMENEZ PEREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 119.712; la cual fue pregonada a las puertas del Tribunal la apertura de la Audiencia de Juicio realizándose los llamados respectivos por el Alguacil, luego de los cuales una vez verificado que las partes efectivamente están a derecho por haber sido oportunamente notificados del inicio del procedimiento, ello de conformidad con el literal m del Articulo 450 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), y por haber asistido la parte actora tanto a la Audiencia de Sustanciación de la Audiencia Preliminar. Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de ésta Circunscripción Judicial al constituirse con la presencia de la Jueza Dra. MERALYS MANZANILLA, la Secretaria Abogado DAYAN MARTINEZ, la Alguacil NATALI GONZALEZ. E inicia la Audiencia de Juicio, ordenando la Jueza a la secretaria verificar la presencia en la sala de las partes luego de los llamados realizados por la Alguacil, confirmándose que no se encuentran presente la parte demandante ciudadano: VICENTE PAUL POMPA, ni por si ni por medio de Apoderado Judicial, ni la parte demandada ciudadana: JOHANA CAROLINA GARCIA RONDON, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial; dejando constancia que de conformidad con el artículo 450 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en su literal “m” relativa a la notificación única se constato de los autos la realización de dichas notificaciones, y constatado como está la incomparecencia de la parte demandante personalmente en el presente acto esta Juzgadora pasa a pronunciar la dispositiva del fallo en los siguientes términos:
Capítulo II
DECISIÓN

Con fundamento en lo estableció en el artículo 522 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en su primer aparte en el cual indica “Si la parte demandante no comparece personalmente sin causa justificada a la audiencia de juicio se considera desistido el procedimiento y termina el proceso mediante sentencia oral…. (Subrayado y Negrillas del Tribunal). Por lo que siendo la oportunidad procesal para dictar el dispositivo del fallo, esta Juzgadora Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: UNICO: DESISTIDO el presente procedimiento de Divorcio Ordinario y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente Juicio. ASÍ SE DECIDE.
Expídanse las copias que soliciten las partes interesadas, así como devuélvanse los documentos originales dejando en su lugar copias evidentemente certificadas de los mismos.
Dada, Firmada y Sellada en el despacho del Tribunal de Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en San Fernando de Apure, a los quince (15) días del mes de Julio del año Dos Mil Trece (2.013).- Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
La Jueza Prov.,

Dra. MERALYS MANZANILLA
La Secretaria.,

Abg. DAYAN MARTINEZ
En esta misma fecha siendo las 03:00 p.m., se Publicó y se Registró la anterior Sentencia.-
Abg. DAYAN MARTINEZ



Exp. N° JJ-329-1.410-13
MM/DM/sore