REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 17 de Julio de 2013
203° y 154°

Causa Nº 1Aa-2575-13
JUEZ PONENTE: JUAN CARLOS GOITIA GOMEZ

Corresponde a esta Alzada decidir sobre la admisibilidad de la pretensión interpuesta el 17-6-2013 por la Abg. MEIRA NEYELI QUINTANA URIBE, Defensora Pública 3ª Penal de la Extensión Guasdualito de la Coordinación Regional de la Defensa Pública del Estado Apure, Defensora de JOSE LUIS ARAUJO CAMACHO, contra la decisión mediante la cual el 8-6-2013 la Juez de Primera Instancia en funciones de Control de la Extensión Guasdualito del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. BETTY YANETH ORTIZ CHACON, decretó en perjuicio del antes mencionado ciudadano, medida de privación judicial preventiva de libertad, por la presunta comisión de los delitos de transporte de sustancias estupefacientes en la modalidad de ocultamiento, tipificado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en concordancia con la agravante del numeral 11 del artículo 163 eiusdem; y asociación ilícita para delinquir, tipificado en el artículo 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. La Sala pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión de conformidad con el numeral 4 del artículo 439 ibidem, más no por el 5, al estar claro que el auto impugnado es una orden de custodia en cárcel.

Este Tribunal Superior se reserva el lapso establecido en el primer aparte del artículo 442 de la ley adjetiva penal, para resolver la cuestión planteada.

Por cuanto se hace necesario tener a la vista las actuaciones sustanciadas en la presente causa a los fines de resolver el fondo del asunto, se acuerda oficiar al A-quo para que remita a esta Corte, copias certificadas de las actas de investigación cursantes en las actuaciones signadas con el Nº 1C-11.926-13, con fundamento en el último aparte del artículo 441 del Código Orgánico Procesal Penal.

EL JUEZ PRESIDENTE,


EDWIN ESPINOZA COLMENARES

LA JUEZ,

NELLY MILDRET RUIZ RUIZ


EL JUEZ (Ponente)

JUAN CARLOS GOITIA GOMEZ


LA SECRETARIA,

ROSMERY TORRES.





EEC/JCGG/NMRR/RT/Ana M
Causa Nº 1Aa-2575-13