REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN GUASDUALITO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
EXTENSIÓN GUASDUALITO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL
CON COMPETENCIA MUNICIPAL

Guasdualito, 10 de junio de 2013.-
203° y 154°
ASUNTO PENAL Nº 1C6855/09

Vista la solicitud procedente de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público representada por la Abg. Marlene Lusmar Mendoza Rivas, en su condición Fiscal Auxiliar Tercero (E) del Ministerio Público, mediante el cual solicita el Sobreseimiento de la causa 1C6855/09, instruida en contra del ciudadano FRANCISCO ANTONIO ZAPATA LOPEZ, de conformidad a lo establecido en el artículo 300 numeral 4 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal a los fines de decidir observa:
I
La presente investigación se inició en fecha 07 de noviembre de 2009, en virtud de acta policial suscrita por funcionarios adscritos al Destacamento de Frontera No. 17 de la Guardia Nacional, mediante el cual dejan constancia de lo siguiente: “…que se encontraba de servicio en el punto de control fijo, ubicado en al entrada principal del Destacamento de Frontera No. 17 cumpliendo funciones de seguridad vial, cuando se acercaba un ciudadano del sexo masculino quien transitaba por el lugar y cuando noto la presencia de los efectivos militares se puso nervioso el cual procedieron a solicitarle la documentación personal en donde quedo identificado como Francisco Antonio Zapata López, luego procedió a verificar dicha información vía telefónica al Sistema de Consulta Policial (SIPOL – TACHIRA), siendo atendido por el funcionario de guardia, donde le solicitó información sobre el ciudadano antes identificado, quien se encuentra requerido por el Juzgado del Distrito Páez, mediante oficio No, 80551, de fecha 23 de mayo de 1991, y solicitado mediante telegrama No. 389 de fecha 03 de febrero de 1992….”
II
De conformidad con el artículo 305 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, que en su primera parte señala: “Presentada la solicitud de sobreseimiento, el Juez o Jueza la decidirá dentro de un lapso de cuarenta y cinco días. La decisión dictada por el Tribunal deberá ser notificada a las partes y a la víctima aunque no se halla querellado.-

Consta en autos Audiencia Especial, celebrada en fecha 09 de noviembre de 2009, en la cual el Tribunal de Control, acordó Libertad Plena, de conformidad con el artículo 44 numeral 1° y artículo 49 numerales 2° y 6° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Se ordena librar Boleta de Libertad.-

Este Tribunal de Control, del análisis de las actas de investigación se evidencia, que el ciudadano Francisco Antonio Zapata López, el cual fue aprehendido por funcionarios adscritos al Destacamento de Frontera No. 17 de la Guardia Nacional Bolivariana, por estar presuntamente solicitado por el Juzgado del Distrito Páez, mediante oficio No. 80551, de fecha 23 de mayo de 1991 y solicitado mediante telegrama No. 389. Por cuanto las resultas de la presente investigación llevan a establecer que los hechos no dan ases suficientes para solicitar el enjuiciamiento del imputado, en virtud de la imposibilidad inminente de incorporar nuevos datos a la investigación, tal y como lo señala el supuesto establecido en el numeral 4 del artículo 300 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, el cual prevé: “…A pesar de la falta de certeza no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado o imputada…” motivo por el cual y siendo lo más ajustado a derecho decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA. ASÍ SE DECIDE.
III
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa instruida en contra del ciudadano FRANCISCO ANTONIO ZAPATA LOPEZ, todo de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 300 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Remítase la causa como concluida al Archivo Judicial en su oportunidad legal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
LA JUEZA DE CONTROL,


ABG. BETTY YANEHT ORTIZ CHACÒN
LA SECRETARIA,

ABG. YAKARY CUEVAS
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,

ABG. YAKARY CUEVAS
CAUSA Nº 1C6855/09
BYOCH/Yoraima.-