REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE





JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO APURE

SOLICITUD: 13-502-

SENTENCIA: DEFINITIVA

MATERIA: FAMILIA


PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICA y UNIVERSAL
HEREDERA DEL DE CUJUS JOSE ALEJANDRO
IZAGUIRRE NIÑO.


SOLICITANTE: MARIA DEL CARMEN NIÑO,
Asis por el Abog. FRANCISCO OROZCO.-

FECHA DE ENTRADA
DEL EXPEDIENTE: 04 DE JUNIO 2.013.


Vista la anterior Solicitud, presentada por la Ciudadana MARIA DEL CARMEN NIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. 14.947.407, debidamente asistido por el Abogado FRANCISCO OROZCO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 159.100, quien ha solicitado ante este Tribunal se les declare, como UNICA y UNIVERSAL HEREDERA del Decujus: JOSE ALEJANDRO IZAGUIRRE NIÑO, venezolano, de 27 años de edad, Soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-17.690.215, fallecido en la Vía Publica de la Urbanización Los Tamarindos, avenida Sánchez Olivo, de esta ciudad de San Fernando, Municipio San Fernando, Estado Apure, el día 22 de Febrero del 2013. Oídas las declaraciones de los ciudadanos: MARIANGEL DE LOURDES QUIÑONEZ QUIÑONES y CARMEN JOSEFINA QUIÑONES RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 20.004.323 y 8.196.610 respectivamente, ambos de este domicilio; Quienes respondieron: “Si la conozco desde hace mucho años”; “si lo se y me consta que es así”; “si lo se y me consta que es así” “si lo se y me consta que es así”.-

D I S P O S I T I V A

Finalmente, esta juzgadora considera: Que de acuerdo a las actuaciones realizadas y de las copias fotostática de acta de Nacimiento, Acta de Defunción y de las cedulas de identidades acompañas a las solicitud, sólo aparece como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del Decujus: JOSE ALEJANDRO IZAGUIRRE NIÑO, venezolano, de 27 años de edad, Soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-17.690.215, fallecido en la Vía Publica de la Urbanización Los Tamarindos, avenida Sánchez Olivo, de esta ciudad de San Fernando, Municipio San Fernando, Estado Apure, el día 22 de Febrero del 2013, la MARIA DEL CARMEN NIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. 14.947.407, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia, este JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; DECLARA: Bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de la Ciudadana MARIA DEL CARMEN NIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. 14.947.407, en su condición de UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del De cujus: JOSE ALEJANDRO IZAGUIRRE NIÑO, venezolano, de 27 años de edad, Soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-17.690.215, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la Solicitante.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 11:00 a.m., del día veintiséis (26) días del mes de Junio del Dos Mil trece (2.013). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.-

La Juez,


Abog. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.

La Secretaria,
Abog PETRA SILVA DIAMOND.


En esta misma fecha y hora se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto Nº. , al folio , del Libro Diario.

La Secretaria,
Abog PETRA SILVA DIAMOND.









EXP. N°. 13- 502.-
EJSM/psd/Yuling