REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia en funciones de Juicio del estado Apure
San Fernando de Apure, 11 de Marzo de 2013
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : CP31-S-2012-000033
ASUNTO : CP31-S-2012-000033

JUEZA: ABG. LIDIA LUISA ROCCI ESCOBAR.
SECRETARIO: ABG. FÉLIX GONZÁLEZ OSTOS
FISCAL OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO. ABG. MILANYELA HERNÁNDEZ
DEFENSORES PRIVADOS: ABG. WILMER QUINTANA y TANIA SALIDO
DELITO: VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 43 tercer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
VÍCTIMA: (Se omite la Identidad de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Ley orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente)
REPRESENTANTE DE LA VÍCTIMA: MARÍA CRISÁLIDA MILANO LEÓN.
ABOGADO ASISTENTE: ABG. MARIBEL CONTRERAS
IMPUTADO: ENDER RAMÓN SALAZAR SÁNCHEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.998.897, estado civil soltero, de profesión obrero, hijo de Mercedes Sánchez (v) y Ramón Salazar (v), residenciado en el Sector Barrio Centro, Vereda Mercadero, casa Nº 4 Parroquia Mantecal, Estado Apure.

ACTA DE CONTINUACIÓN DE JUICIO

En el día de hoy, 11 de Marzo de 2013, siendo las 10:00 horas de la mañana, oportunidad fijada para que tuviese lugar el acto de Juicio Oral y Público en la Causa N° CP31-S-2012-000033, Seguida en contra del acusado ENDER RAMÓN SALAZAR SÁNCHEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.998.897, estado civil soltero, de profesión obrero, hijo de Mercedes Sánchez (v) y Ramón Salazar (v), residenciado en el Sector Barrio Centro, Vereda Mercadero, casa Nº 4 Parroquia Mantecal, Estado Apure, por la presunta comisión de los delitos de: VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 43, tercer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana (se omite la identidad de la victima de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescentes). Presentes en la sala de Juicio del Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial de Violencia del Estado Apure, a los fines indicados anteriormente, la Ciudadana Jueza Presidente DRA. LIDIA LUISA ROCCI ESCOBAR, quien solicita de conformidad en el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, la verificación de la presencia de las partes llamadas a comparecer al acto, y quien verificó a través del ciudadano secretario del Tribunal ABOG. FÉLIX GONZÁLEZ OSTOS, la presencia de los llamados a comparecer; informando esta que se encuentran presentes la Fiscal Octava del Ministerio Público MILANYELA HERNÁNDEZ, el Defensor Privado Dr. WILMER QUINTANA, el Acusado ENDER RAMÓN SALAZAR SÁNCHEZ, así como la victima con su representante, ciudadana MARÍA CRISÁLIDA MILANO LEÓN, así como la abogada asistente de la víctima MARIBEL CONTRERAS. Acto seguido la ciudadana Jueza dio continuidad al Juicio, advirtiendo al acusado que puede comunicarse con su defensa cada vez que tenga a bien hacerlo, y que se presume inocente hasta que se demuestre lo contrario, o exista una sentencia definitivamente firme en su contra. La ciudadana jueza realiza un recuento de lo sucedido en la audiencia anterior, en la cual se dio inicio al debate oral y privado. Acto seguido se prosigue con la evacuación de las pruebas. Se llama al ciudadano: JOSÉ GREGORIO SOTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.820.913, Medico Forense adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística de esta ciudad, quien previa juramentación y lectura de los artículos 242 y 245 del Código Penal Venezolano referente al falso testimonio, se le puso a la vista el informe elaborado por él, quien reconoció en contenido y firma del mismo. Acto seguido expone: el examen físico presentaba excoriaciones (se deja constancia que dio lectura al informe). Aclara que existe un error en el informe, por cuanto debe decir trauma sexual reciente. Es todo. Acto seguido pregunta la representante del Ministerio Público: de acuerdo al reconocimiento, explique como se producen las excoriaciones? Las de arrastres es cuando un cuerpo es arrastrado sobre una superficie, algo contundente. Fiscal: que significa desgarro reciente? Desgarro del himen, una rotura de los bordes del himen, por eso se llama trauma, porque tenia dolor abajo, en la parte de la vagina. Fiscal: cuando se produce este dolor? Por el mismo acto. Fiscal: es normal? Si. Fiscal: cual es su conclusión? Trauma y lesiones. Fiscal: vio otra cosa? No, lo que esta allí. Fiscal: de acuerdo a sus conclusiones, se puede decir que era virgen? Es posible, los desgarros eran de 3 a 9, no recuerdo muy bien, es posible que haya sido virgen. Es todo. Acto seguido pregunta la defensa: el hematoma de la cintura que la produce? Un traumatismo, algo contundente, o una caída sobre una superficie. Defensa: que son genitales normales? Es la parte anatómica, es normal su parte genital. Defensa: a nivel de los brazos y las muñecas que vio? No, sino esta en el examen, no presentaba nada. Defensa: enrojecimiento moderado que es eso se produce por el hecho, por el acto sexual. Defensa: puede ser mayor? Claro, eso depende de la intensidad. Se deja constancia. Defensa: en un acto sexual normal puede haber esto? Es posible. Es todo. Acto seguido pregunta el Dr. Wilmer Quintana: puede producirse ese desgarro de las agujas del reloj? Si, es posible, la posición, el tamaño del órgano reproductor. Defensa: cuando habla de la configuración normal de la vulva, usted ha visto cuando hay un acto sexual sin consentimiento puede ser así? Si, puede ser golpeada, mordida, que halla lucha. Defensa: cuando no hay consentimiento cuales son las características? Hematomas, lesiones equimóticas, cerrar las piernas. Defensa: puede haber dolor en una relación normal? Si es posible, por las posiciones, pero no es normal. Defensa: cuando hay relaciones sexual, aun dando consentimiento la mujer puede haber trauma? Había desgarro, con borde equimótico del himen. En una relación normal puede pasar, la intensidad, el tamaño del miembro. Defensa: pero en trauma sexual puede ser que se presente sin violencia? Si, es posible. El trauma es porque había signo de la rotura del himen y enrojecimiento. Es todo. Acto seguido pregunta la ciudadana jueza: su informe dice 22-07-12, es decir, el mismo día, por ello pregunto: habiendo examinado a la víctima el mismo día, observó si esta presentaba la salida de algún liquido? Ella venia con otra vestimenta, creo que la otra ropa la entregó a otro departamento, no había salida de liquido. Jueza: cuanto tiempo conserva la vagina rastros de liquido de semen? El espermatozoide dura 72 horas, tomamos la muestra y la enviamos al laboratorio, a ella se le toma muestra de la ropa interior. Jueza: se toma muestra? Si, pero no la tomé. Ella traía una vestimenta. Jueza: cuando usted dice: “genitales externos de aspecto y configuración normal” y luego dice que la víctima tiene dolor hipogástrico y externo, explique eso: es lo anatómico, y el dolor es por la referencia de la víctima, ella decía que le dolía. Jueza: que conforman los genitales externos? Labios menores, clítoris y la vagina. Jueza: si usted no observó en los genitales externos ninguna anormalidad, como pudo la víctima presentar dolor? Es por referencia, tenía desgarro reciente. Jueza: vio en la víctima hematomas en la cara? No, no están descritos en el examen. Es todo. Acto seguido se llama al ciudadano: CARLOS JOSÉ URDANETA ACEVEDO. SI ESTÁ. SE IDENTIFICA: venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.542.883, de oficio Comerciante, residenciado en un Galpón, Calle cerca de la Manga de Coleo, al lado de la Farmacia Mantecal, Mantecal, Estado Apure, quien previa juramentación y lectura del artículo 242 del Código Penal Venezolano referente al falso testimonio, expone: el día ese yo estaba con Laura en doña pancha, mas o menos desde las 12, estábamos sentado los dos en una barra, ella estaba al lado mío, yo estaba tomando. Pasada a las 4:30, ya estaba amaneciendo, nos encontramos al Sr. Presente, hablamos un rato, luego, él le dijo a ella que para donde íbamos, luego él dio a entender que no s quería dar la cola, pero que llevaba a una sola persona, y primero llevó a la señerita, y luego venia por mi, y de allí no se ma. Es todo acto seguido pregunta el Ministerio Público: recuerdas el día? Era un sábado. Fiscal: que hora? Eran como las 11, yo llegué primero, como una hora antes. Fiscal? Y ella? como a las 11 mas o menos. Fiscal: a las 4:30 deciden irse del club? Si. Fiscal: dices que iban y se consiguieron al acusado de esta sala? Si. Fiscal: sabes como se llama? Antes no, ahora si. Fiscal: que hablaron? Que para donde íbamos. Fiscal: cuanto tiempo lo esperaste? Un rato, como 15 minutos y como no llegó me fui. Fiscal: después lograste comunicarte con ella? no, me fui a mi casa a dormir. Fiscal: después tuviste contacto con Laura? No, cuando me desperté vi un poco de llamadas de la hermana, que no sabían donde andaba. Comencé a preguntar por Laura, fui a la casa de él y le pregunté y me dijo que la había dejado donde su abuela, luego llegó la guardia y la mama dijo que ella misma lo llevaría. Fiscal: a que hora fuiste? No lo recuerdo, pero era la mañana, antes de las 12. Fiscal: cuando llegaste a la casa de Ender, él estaba? Si, yo lo vi. Fiscal: desde cuando conoces a Laura? Más o menos hace como un año. Fiscal: en ese tiempo, sabes si Laura consume bebidas alcohólicas? Una sola vez la vi que toó una cerveza, de resto no. Fiscal: tenias alguna relación con ella? no, yo salía con una amiga de ella. Fiscal: sabias si ella tenia pretendiente o algo? No. Yo la veía los fines de semana. Fiscal: Laura te contó algo de esto? Ella me dijo que él había abusado de ella, eso fue en la casa de la abuela. Es todo. Acto seguido pregunta la defensa: cuanto tiempo tienes viviendo en Mantecal? En Octubre cumplo 2 años. Defensa: a que te dedicas? Vendo repuesto. Defensa: tratando a Laura cuanto? Como un año. Defensa: cuando dices que los distingues? a él porque lo conozco por la moto. Defensa: donde conociste a Laura? En un cumpleaños de un amigo de ella. Defensa: a que hora? En la noche. Defensa: tenias planificado salir esa noche con Laura? No. Defensa: quien la llevó? No se quien la llevó. Defensa: de que manera te enteraste de lo sucedido? Cuando fui a la casa de la abuela, yo no sabia nada. Defensa: recibiste llamada de Laura? Había un mensaje, decía que le había sucedido algo. Defensa: de que numero? Creo que fue un fijo. Defensa: a quien lo envió? Fue al número de ella. Defensa: a que hora llegaste a la fiesta? A la 10 de la noche. Defensa: a que hora te fuiste? No se la hora. Defensa: cuanto bebiste? No recuerdo, pero no estaba borracho. Tienes celular? Si, pero cambio mucho. Defensa: de quien de los dos fue la idea de que se fuera Laura? No fue decisión, el es distinguido allí, no pienso que pueda hacer nada. Defensa: Quien se ofreció? La cola estaba y decidimos hacerlo así. Defensa: cuanto tiempo tiene conociendo al acusado? Nos saludamos normal, nos vemos, pero no lo conozco, buscaba un repuesto, se le vendía, nos saludamos pues. Defensa: pediste permiso a la mama de Laura? No. Defensa: habías visto a la mama de Laura? No la conocía. Defensa: sabes donde vive Laura? Si, cerca del hospital. Defensa: fuiste a visitarla? No. Acto seguido pregunta el Dr. Wilmer Quintana: como fue el momento cuando Laura se monta en la moto? Él nos iba a dar la cola, son tres kilómetros. Defensa: recuerdas cuando llegó Ender al sitio, y le dijo vente conmigo? Preguntó para donde íbamos, él dice que puede llevar a una sola persona por que la moto no tiene parrilla, se la lleva primero a ella y después venia por mí. Defensa: que conversaste con él? Esa es la conversa, preguntó para donde vamos. Defensa: con quien te fuiste cuando no vino por ti? Solo, me fui solo. Defensa: viste a Ender cuando estaba arriba? Si, él nos saludó. Defensa: cuanto tiempo tenias en ese sitio? Como una hora cuando ella lego, estaba afuera, subí con ella y unos amigos, unos que trabajan en el talle de mi papa y mi mama, le dicen el mocho. Es todo. Acto seguido pregunta la jueza: indica al tribunal quien es el monito? Es un mecánico del taller, el trabajaba allí. Jueza: sabes su nombre? No lo recuerdo. Jueza: es primo tuyo? No, no es familia. Jueza: le pediste al monito que buscara a Laura y la llevara al club? No. Jueza: a que hora llegaste al club, creo que siete de la noche. Jueza: cuando llegaste al club, ella estaba? No. Jueza: cuando la viste? Como una hora después, subimos al segundo piso. Jueza: estuvo en la barra con Laura? Si, estábamos sentados. Jueza. En algún momento Laura sentada con usted se le puso en sus piernas? No, siempre al lado mío. Jueza: Viste a Ender cuando llegaste al club? No. Jueza: cuando? Él nos saludó después. Jueza: cuando tuvo conocimiento? Después que fui ala casa de la abuela de ella. Jueza: con quien fuiste? Con tres amigos del taller, ellos sabían donde Vivian. Jueza: fuiste con la hermana de ella? no, ya ella estaba. Jueza: a que hora fuiste? Como las 10 u 11 de la mañana. Jueza: viste a Laura hablando con Ender en el Club? No. Jueza: siempre tuviste con Laura? Si, hablábamos, yo era el que bebía. Jueza: te dijo Laura como llegó a la fiesta? No, no me dijo. Jueza: como supiste lo sucedido? Ella me lo dijo en la casa de la abuela, bueno, fue su hermana la que me dijo que él abusó de ella, fui con el cuñado a la casa de él. Jueza: cuando están a la salida del club para irse a su casa, que decidieron como irse? Yo, esperar un moto taxi, yo no estaba bien para manejar moto y no tenia. Nunca llegó moto taxis pero no había. Jueza: cuando están afuera esperando, quien se les acercó? No tropezamos con él. Jueza: quien? Ender. Jueza: que le dijo Laura? Nada, él nos preguntó que para donde íbamos. Jueza: recuerdas la ropa de Laura? Un short negro y una blusa como gris. Jueza: para donde le dijo Laura a Ender que la llevara? Para la casa de ella. Jueza: le dijo Laura porque se fue a la casa de su abuela? No. Jueza: después de la casa de Laura, para donde fueron? A la casa de él, a preguntar que le había pasado, y me dijo que la había dejado donde la abuela. Jueza: le dijo por que? No, no me dijo. Jueza: ella le dijo por que tenia las rodillas? En ese momento no, pero en la guardia me dijo que él había abusado de ella. Jueza: que ropa cargaba en la guardia? Creo que el short todavía. Es todo. Acto seguido se llama a: RAMÓN DE JESÚS CASTRO POLANCO. SI ESTA. SE IDENTIFICA: venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.755.171, de oficio Mecánico, residenciado en un Barrio Centro, casa Nº 03, Mantecal, Estado Apure, quien previa juramentación y lectura del artículo 242 del Código Penal Venezolano referente al falso testimonio, expone: íbamos a pescar ese domingo, y por la vía que íbamos una moto y de golpe se perdió, no se si se cayó, pero vimos a Ender, ellos estaban parados, él estaba como sacudiendo a la muchacha, lo saludamos y seguimos para donde íbamos. Es todo. Acto seguido pregunta la defensa: que hora era? Ese fue de 5 a 6 AM. Defensa: con quien andabas? Con un primo, José Gregorio. Defensa: en que andaban? En una moto. Defensa: viste nervio, llanto, desesperación? No, como nervio por la caída, por que por allí es polvo. Defensa: ella estaba entierrada? Si. Defensa: cuando te enteraste de lo sucedido? Como a las 5 o 6 de la tarde, al taller llega mucha gente y se escuchan rumores de que la violó, y dijimos cuando si los vimos tranquilos. Es todo. Acto seguido pregunta la fiscalía: sabes que día fue eso? Un domingo. Fiscal: recuerda el sitio? Sector la chivera, es un terraplén. Fiscal: usted vio cuando la moto se cayó? No, vi un vehiculo, pero se me perdió de vista y después los vi llenos de polvo. Fiscal: quién manejaba la moto? Cada una llevaba su moto. Es todo. Acto seguido pregunta la ciudadana jueza: indique el sitio donde vio? El sector la chivera, ellos se estaban limpiando. Jueza: que municipio? A Muñoz. Jueza: cuando viste que se le desapartó la moto donde iba Laura y Ender, vio quien manejaba? No, no vi. Jueza: hay curva en ese sitio? Si, hay como una Y. Jueza: ibas solo manejando la moto? Si. Jueza: te paraste? Si. Jueza: que ropa cargaba ella? un gorrito y un blusón. Jueza: vio quien estaba limpiando a Laura? Ender. Jueza? Que le decía él? No vi. Jueza: cuando viste la moto donde venia la chica y Ender? La moto venia. Jueza: donde trabaja? Detrás de la avenida, en un taller mecánico. Jueza: cuando pasan y se proparan, viste quien manejaba? No, nosotros pasamos y ellos se estaban limpiando. Es todo. Acto seguido se llama a: EGLIS MORELIA PUERTA MARTÍNEZ. SI ESTA. SE IDENTIFICA: venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.075.434, de oficio Profesora en la Misión Antonio José de Sucre en Mantecal, residenciada en un Barrio El Yopito, calle Principal, casa S/N, cerca del Puente, Mantecal, Estado Apure, quien previa juramentación y lectura del artículo 242 del Código Penal Venezolano referente al falso testimonio, expone: yo estaba ese día en el club doña pancha de Mantecal, es un club turístico, había una velada criolla, hay una discoteca arriba, andaba con varios amigos, vi a Ender, mientras bailaba, también vi a la chica y como a las 5 AM todos bajamos y abajo todavía había fiesta, es un sitio descubierto, esta alejado del pueblo, pude ver cuando ella se montó en la moto y me fui para mi casa y como a las 2 de la tarde se escuchó que el muchacho había violado a la muchacha. Yo vi cuando ella se montó a la moto, yo fui profesora de él en la misión, él nunca me faltó los respetos. Es todo. Acto seguido pregunta la defensa: a que hora llegaste? A las 10:30 PM. Defensa: que tipo de música había? Llanera abajo, arriba era variada. Defensa: viste a Laura bailando? No. Defensa: como viste a Laura? La vi en la barra con un chico. Defensa: viste cuando Ender llegó a la entrada del club? Si, llegó en una moto gris y ella se montón, mas nada. Defensa: como arrancó? Normal. Defensa: notaste si estaba tomado? No lo vi tomando. Defensa: recuerdas la ropa de Laura? Un blusón, un short y un sombrerito. Defensa: con quien subió Laura a la carretera? No vi, vi cuando se subió en la moto. Defensa: andaba? La vi sola. Defensa: habían mas gente? Si, estaba casi full, abajo había música. Es todo. Acto seguido pregunta el Dr. Wilmer Quintana? Sabes a que hora se fue Ender con la chica? Como las 5 AM, a esa hora cerraron. Defensa: desde que hora estaba Ender allí? No se, lo vi desde las 12. Defensa: viste si él habló con Laura en la tasca? No. Defensa: viste en el momento que Laura se montó a la moto hablaron? No vi, se montó y se fueron. Es todo. El Ministerio Público no tiene preguntas. Acto seguido pregunta la ciudadana jueza: cuanto tiempo tienes conociendo a Ender? Bastante, le di clases en el 2007. Jueza: fuiste maestra de que? Castellanos en la Misión Rivas. Jueza: él siempre te lleva en la moto? Siempre me dio la cola para su casa. Jueza: le cobraba? No. Es todo. Acto seguido se llama a: SALAZAR LEÓN ANA AMELIA. SI ESTA. SE IDENTIFICA: venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.235.984, de oficio trabajadora en una charcutería, residenciada en Barrio Centro, calle Hospital, casa Nº 135, Mantecal, Estado Apure, quien previa juramentación y lectura del artículo 242 del Código Penal Venezolano referente al falso testimonio, expone: yo trabajo en la avenida principal de 7 a 12:30 y de 5 a 7:30 de la noche. Yo Salí de mi trabajo y la señora María Milano estaba frente a su casa con una persona y decía esa rata sucia tenia que pagar y que sus malditos testigos los iba a mandar preso. Tengo entendido que la Sra. María y esta señora son enemigas por el Sr. Rivero que es su pareja y tienen problemas por eso. Es todo. Pregunta la defensa: desde cuando conoce a la Sra. María Milano? Desde siempre. Defensa: que día dijo eso? No se, pero fue en agosto en la noche. Defensa: sabe donde vive la mama de Laura? Si, como a 5 casa de mi casa. Ella se fue atrabajar a caracas. Defensa: con quien queda Laura? Con una prima o tía, ellas trabajan, durante el día ella queda sola. Defensa: cuando escuchó, a quien se refería? A la mama de Ender, a Mercedes Sánchez. Defensa: cuantas veces escuchó eso? Varias veces, ella es grosera, alterada. Defensa: la situación que existe entre la Sra. María y la mama de Ender, por que es? La mama de Ender trabaja con Rivero y milano es pareja de Rivero, ese es el problema. Es todo. Pregunta la Dra. Salido: vive por la misma calle de la Sra. María? Si, para ir a mi trabajo tengo que pasar por allí. Defensa: son enemigas? No, para nada. Defensa: siente temor ahorita? Si, tendría temor, si ella me consigue mas adelante por allí, solo digo la verdad. Es todo. Acto seguido pregunta la fiscalía: hace cuanto conoce a la mama del acusado? No tenemos mucho trato, pero uno la mira pasar, la saludo. Fiscal: hace cuanto? Como 8 años. Fiscal: quien estaba con usted cuando salió ese comentario? No. Fiscal: donde fue? Frente a su casa, lo oí clarito. Fiscal: que supo en la charcutería? Cuando pasó el problema, decían que había violado una niña, no lo creo. Es todo. Acto seguido pregunta la ciudadana jueza: donde usted vive tiene que pasar por la casa de la Sra. María? Si, ellas viven como a 5 casas. Jueza: es obligado pasar por allí? Si, pasó por la orilla de la acera. Jueza: usted dice grosería para hablar? No, mi mama fue evangélica. Jueza: que la motivó a decir las palabras de ahorita? Repito las palabras de la Sra., son feas y ofensivas. Jueza: supo si alguna vez la joven Laura y Ender Salazar si ellos se gustaban o fueron novios? No le se decir. Jueza: desde cuando conoce a Ender? Desde que tenia 6 años, le gustaba jugar pelota, siempre fue honesto, le gustaba trabajar y en la Universidad. Jueza: como se llama la mama de Ender? Mercedes Sánchez. Jueza: tiene lazos con ella? no. Es todo. Acto seguido se llama a: RAMÓN DE JESÚS CASTRO POLANCO. NO ESTA. Acto seguido se llama a: JESÚS ALBERTO LICORACHI TORRES. NO ESTA. Acto seguido se llama a: JENNY NORELIA SALAZAR. Acto seguido se llama a: LISBETH FIGUEROA. NO ESTA. Acto seguido se llama a: NEIDO BOGADO. NO ESTA. Acto seguido se llama a: CESAR PEÑA. NO ESTÁ. Acto seguido se llama a CARLOS DÍAZ ALCALÁ. Acto seguido se llama a: ISAAC BURGOS POLANCO. NO ESTA. Acto seguido se llama a: MERQUIS HERNÁNDEZ AMAYA. NO ESTA. Acto seguido se llama a: JOSÉ RODRÍGUEZ BUSTAMANTE. NO ESTA. La defensa pide el derecho de palabra. Acto seguido expone: Una vez oída la manifestación de la señora Ana Amelia Salazar y lo que en este acto dijo nuestro defendido Ender Salazar y la defensa dijo que había un transfondo, en virtud de ello y de conformidad al articulo 342 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo que la Sra. Ana dijo que entre las madres de la victima y el acusado existe una rencilla, solicita se traiga a este tribunal a ambas, a la Sra. Mercedes Sánchez y al ciudadano David Rivero, haber si hubo amistad o algo entre ellos, hago esa petición. Es todo. Acto seguido se le concede el derecho de palabra a la fiscal: vista la solicitud de la defensa, el Ministerio Público no objeta eso, pero si se acuerda la solicitud hecha, también que se llame a la representante de la víctima. Es todo. Acto seguido expone la ciudadana jueza: Vista lo solicitado por la defensa y oída lo expuesto por la fiscal, este tribunal considera pertinente evacuar los testimoniales de los ciudadanos MERCEDES SÁNCHEZ, residenciada en el sector centro, vereda mercadero de la población de Mantecal, y DAVID RIVERO, residenciado en la vía Elorza, cerca de la carretera nacional y como a 500 metros de la entrada de Mantecal, sí como a la ciudadana MILANO MARÍA CRISÁLIDA, residenciada en la calle hospital, casa s/n, al lado de la tienda Galiz, por considerar que del contenido del articulo 342 del Código Orgánico Procesal penal se infiere, cuando establece que si en el curso de la audiencia surgen hechos nuevos que requieren esclarecimiento, el tribunal considera ajustado esclarecer los hechos que se ventilaron el día de hoy, dejando constancia que se encuentra presente la ciudadana CRISÁLIDA MILANO quien queda notificada para la nueva fecha a los efecto que rinda su testimonial. Es todo. Se incorpora la experticia medico legal, la cual fue reconocida por el medico forense adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas y Criminalísticas, delegación San Fernando, folio 46 suscrita por el medico JOSÉ GREGORIO SOTO. Acto seguido se suspende el presente acto para el día 18 de Marzo de 2013 a las 09:30 horas de la mañana, quedando todos los presentes notificado. Cítese a los ausentes. Líbrese el traslado. Cúmplase.

JUEZA DE JUICIO

DRA. LIDIA LUISA ROCCI ESCOBAR



FISCALÍA OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO

ABG. MILANYELA HERNÁNDEZ


REPRESENTANTE DE LA VICTIMA

MARÍA CRISÁLIDA MILANO LEÓN

ABOGADA ASISTENTE
MARIBEL CONTRERAS



DEFENSORES PRIVADOS

ABG. WILMER QUINTANA TANIA SALIDO



ACUSADO

ENDER RAMÓN SALAZAR SÁNCHEZ


ALGUACIL DE SALA

GONDER BOHORQUEZ MANUEL SILVA



EL SECRETARIO

ABG. FÉLIX GONZÁLEZ OSTOS
CP31-S-2012-000033
LLRE/FÈLIX.-

2:59 PM