REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE CON SEDE EN SAN FERNANDO DE APURE.-
San Fernando de Apure, 27 de Noviembre del año 2.013.-
203º y 154º
ASUNTO: JMSS-II-1.100-13.-
Vista la anterior solicitud de Autorización Judicial para Cobro de Beneficios Sociales, formulada por el ciudadano JESUS SATURNINO HERRERA FALCON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.512.953, actuando en representación de su hijo (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), así como tambien de los HNOS. (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de dos (02), ocho (08) y cinco (05) años de edad respectivamente, debidamente asistidos por la Abg. MARIA NATACHA SANCHEZ MENDEZ, en su carácter de Defensor Público Primero (E) para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, exponiendo:
“Es el caso, que en fecha 24/02/2013, falleció ab Intestato en la ciudad de Mantecal, la ciudadana GENEISYS ELAINE TORREALBA… domiciliado en el sector “El Guaruaro”, calle Atamaica, casa S/Nº, Municipio Achaguas del Estado Apure, la causa principal de la muerte fue: Politraumatismo, según consta en Acta la cual se anexa a la presente…
Ahora bien, dado que existen tres (03) menores de edad, es decir los niños: (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), pido a ese digno Tribunal se sirva Autorizar a mi persona JESUS SATURNINO HERRERA FALCON, antes plenamente identificada, para REPRESENTAR, TRAMITAR y SOLICITAR, todo lo correspondiente a Cobros de Beneficios Sociales, Pensión de Sobreviviente y Seguro de Vida, así como cualquier otro beneficio que corresponda a favor de los referidos niños, incluyendo en esta Autorización RETIROS y COBROS de dinero o cheques ante cualquier Institución Pública o Privada, Organismo o Entidad Bancaria donde se encuentren dinero dejado o a favor del causante, por concepto de cualquier pago que se encuentren en entidad bancaria dentro del país y solicito sea emitan en beneficio de los niños antes mencionados…
Fundamento la presente Solicitud en los artículos 8 y 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Finalmente, juro la URGENCIA del caso, pido que la presente solicitud sea admitida y sustancia conforme a Derecho y DECLARADA CON LUGAR EN LA DEFINITIVA”.- Revisados y analizados como han sido los documentos acompañados, el Tribunal concluye que es beneficiosa al interés de los HNOS. (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), así como tambien el niño (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) la Autorización que se pretende.- Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Medicación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE al ciudadano JESUS SATURNINO HERRERA FALCON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.512.953, para que en representación de su hijo (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), así como tambien de los HNOS. (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), GESTIONE por ante todos los organismos competentes, el cobro de todos los Beneficios Sociales que puedan corresponder a los referidos beneficiarios por motivo del fallecimiento de su madre GENEISYS ELAINE TORREALBA LUGO, quién fuera venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 24.937.787.- Igualmente queda AUTORIZADO el mencionado ciudadano para retirar los cheques a nombre de este Tribunal en dichos organismos.- Advirtiéndosele que los beneficios deben ser cancelados en cheque de GERENCIA a nombre de este Tribunal y consignarlo para su debida administración por ser bienes de niños.- Y así se Decide.- Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 267 del Código Civil Vigente.- Expídase por Secretaría copia certificada de la presente Decisión y entréguese a la interesada.- Devuélvanse los documentos originales previa certificación de los mismos en autos.- Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en San Fernando de Apure, a los veintisiete (27) días del mes de Noviembre del año dos mil trece (2.013).- Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
El Juez Prov.,
Dr. RAMON ANTONIO RIVAS
La Secretaria.,
Abg. DAYAN MARTINEZ
En esta misma fecha siendo las 10:00 a.m., se Publicó y se Registró la anterior Sentencia La Secretaria.,
Abg. DAYAN MARTINEZ
RAR/homer.-
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