REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Fernando de Apure, 27 de Noviembre de 2013.
203° y 154°
EJECUCIÓN DE SENTENCIA CON DETENIDO
CAUSA Nº 1E-2889-13.
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 19-09-2013, mediante la cual se condena al ciudadano: ENMANUEL ALEXANDER PANTOJA JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.420.299; a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos: ASALTO A TAXISTA.
DELITO: ASALTO A TAXISTA
PENA IMPUESTA: SIETE (07) AÑOS DE PRISIÓN
FECHA DE LA DETENCIÓN: Desde:
23-05-013
TIEMPO DETENIDO: CINCO (05) MESES Y VEINTISIETE (27) DÍAS
FALTA POR CUMPLIR: SEIS (06) AÑOS, SEIS (06) MESES, CUATRO(04) DIAS
BENEFICIO QUE LE PROCEDE EN LAS FECHAS Destacamento de Trabajo: 21-11-2016
Régimen Abierto: 21-01-2018
Libertad Condicional: 22-08-2018
CUMPLE PENA: 12-04-2021
En consecuencia dando estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, y una vez practicados los cálculos pertinentes, en el presente caso, le procede las alternativas de cumplimiento de penas en las fechas anteriormente mencionadas al penado: ENMANUEL ALEXANDER PANTOJA JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.420.299. Por último, por cuanto dicho penado, se encuentra privado de libertad; este Tribunal acuerda mantener dicha Medida, hasta tanto cumpla con los requisitos de ley establecidos en el artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal para el otorgamiento o no de la alternativa de cumplimiento de pena que le corresponda. Y ASI SE DECIDE.
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