REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 02 de Octubre de 2.013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : CJ31-S-2008-000025
ASUNTO : CJ31-S-2008-000025

JUEZA: ABG. LIDIA LUISA ROCCI ESCOBAR.
SECRETARIO: ABG. JESÚS RODRÍGUEZ MENDOZA.
FISCAL NOVENO DEL MINISTERIO PÚBLICO. ABG. RAFAEL GÓMEZ DUARTE.
DEFENSORA PÚBLICA: ABG. MEIRA KATIUSKA PINTO.
DELITO: VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 42 ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
VÍCTIMA: CARMEN MAGDALENA MORENO.
ACUSADO: ÁNGEL ANTONIO FLORES, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.267.238, estado civil casado, de profesión técnico en fumigación, hijo de Evangelista Flores (v), residenciado en el Terminal de Pasajero de esta ciudad, al frente de la ruta de Guayabal, San Fernando, Estado Apure. Teléfono: 0414-4868902.
ACTA DE CONTINUACIÓN DE JUICIO

En el día de hoy, 02 de Octubre de 2013, siendo las 11:00 horas de la mañana, previo lapso de espera para que tenga lugar el acto de Juicio Oral y Privada, en la Causa N° CJ31-S-2008-000025. Seguida en contra del acusado ÁNGEL ANTONIO FLORES, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio CARMEN MAGDALENA MORENO. Presentes en la sala de Juicio del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial de Violencia Contra la Mujer del Estado Apure, a los fines indicados anteriormente, la Ciudadana Jueza DRA. LIDIA LUISA ROCCI ESCOBAR, quien verificó a través del ciudadano secretario del Tribunal ABG. JESÚS RODRÍGUEZ MENDOZA, la presencia de los llamados a comparecer; informando este que se encuentran presentes EL REPRESENTANTE DE LA FISCALÍA NOVENA DEL MINISTERIO PÚBLICO, ABOGADO RAFAEL GÓMEZ DUARTE, EL ACUSADO DE AUTO, CIUDADANO ÁNGEL ANTONIO FLORES, LA DEFENSORA PÚBLICA, DRA. MEIRA KATIUSKA PINTO, y LA VICTIMA CARMEN MAGDALENA MORENO. Acto seguido la ciudadana jueza se dirige al acusado advirtiendo que las veces que quiera puede hablar con su defensor, salvo cuando este declarando o este siendo repreguntado, y que se presume su inocencia hasta tanto recaiga sobre el mismo una sentencia condenatoria definitivamente firme. Se deja constancia que la ciudadana jueza realizó el resumen de lo acontecido en la audiencia anterior. Se da continuidad al lapso de recepción de pruebas. Este Tribunal llama a los expertos AGENTE ADONIS RAMOS, DETECTIVE WISTON CONTRERAS. NO ESTÁN. Acto seguido se le concede el derecho de palabra a la Fiscalía del Ministerio Público el cual expone: Se ordene oficiar al Jefe de la Región del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, sub-delegación San Fernando, a los fines que informe si en sus archivos reposa algunos datos de residencia de los ciudadanos: Agente Adonis Ramos, Detective Wiston Contreras. Asimismo se solicita copia simple de la presente acta y de las actas anteriores de juicio. Acto seguido se le concede el derecho de palabra a la Defensora Público la cual expone: Esta defensa no se opone a la solicitud fiscal y que en esta oportunidad se cite a los funcionarios por el Jefe de la Región, más sin embargo si no llegasen en la próxima oportunidad se desistan del testimonio de los mismos. Y referente al testimonio del ciudadano Junior Díaz, me informa mi defendido que el mismo tiene causa penal por un tribunal penal ordinario, este Circuito Judicial Penal. Es todo. Acto seguido la ciudadana Jueza toma la palabra y realiza las siguientes consideraciones para decidir: Visto lo peticionado por el Ministerio Público y no haciendo oposición la defensa en relación a que se envíe comunicación al Director General del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, sub-delegación San Fernando, a los efectos de que informe a este tribunal la dirección o el sitio donde están ubicados o el domicilio de los ciudadanos agente Adonis Ramos y detective Winton Contreras con la finalidad de facilitar la citación a los mismos. De igual manera, se acuerda enviar comunicación al Área de Alguacilazgo de los Tribunales Penales Ordinarios que funcionan en este mismo Palacio Judicial, para que informen a este tribunal si existe la presentación por ante esa oficia del ciudadano Junior Rafael Díaz Flores, titular de la cédula de identidad:24.289.247, y en caso de ser positivo nos comunique la dirección donde reside dicho ciudadano, a la mayor brevedad posible. Se declara Con Lugar la solicitud de copias simples de la presente acta y de las actas anteriores de juicio en el presente asunto, al Fiscal del Ministerio Público. Asimismo en vista que ninguna de las personas llamados por este tribunal, para que comparecieran a rendir su testimonio y a los efectos de no perder la inmediación, invertimos la recepción de las pruebas para incorporar no habiendo oposición por parte del Ministerio Público, ni de la Defensa Pública. Acto seguido se incorpora al debate el DICTAMEN PERICIAL Nº 9700-141-1897, de fecha 13-11-2008, realizado a la ciudadana Carmen Magdalena Moreno, suscrito por el Dr. Jorge Romero Ceballos.- (F: 18). Se da por reproducida por su lectura. Es todo. Acto seguido la ciudadana jueza suspende el presente acto para el día 09 de octubre de 2.013 a las 9:00 a.m., toda vez que no concurrieron otros testigos y expertos. Quedan las partes presentes citadas y notificadas. Es todo.
LA JUEZA

DRA. LIDIA LUISA ROCCI ESCOBAR
Continúan firmas…
FISCAL NOVENO DEL MINISTERIO PÚBLICO

DR. RAFAEL GÓMEZ DUARTE

LA VICTIMA

CARMEN MAGDALENA MORENO

LA DEFENSA

DR. MEIRA KATIUSKA PINTO

EL ACUSADO

ÁNGEL ANTONIO FLORES
EL ALGUACIL

YOSNER ROSALES



EL SECRETARIO,



ABG. JESÚS RODRÍGUEZ MENDOZA
EXP No. CJ31-S-2008-000025
LLRE/JRM.-