REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO APURE

SOLICITUD: 2.013- 804

SENTENCIA: DEFINITIVA

MATERIA: FAMILIA

PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DE LA DECUJUS: MARIA MAGDALENA MARQUEZ DE TOVAR.

SOLICITANTE: ALEXIS RAFAEL TOVAR MARQUEZ, Asistido del Abogado ROLDAN JACINTO TORRES BERMUDEZ.

FECHA DE ENTRADA
DEL EXPEDIENTE: 06 DE AGOSTO DE 2013

Vista la anterior Solicitud, presentada por el ciudadano ALEXIS RAFAEL TOVAR MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.875.760, debidamente asistida por el Abogado ROLDAN JACINTO TORRES BERMUDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 96.932, quien ha solicitado se le declare como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la Decujus: MARIA MAGDALENA MARQUEZ DE TOVAR, quien fue Venezolana, mayor de edad, de 67 años de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 3.019.859, falleció Ab-Intestato, en Centro Comercial Maracay II, Piso 06, Apartamento 62, calle Páez, Maracay del Estado Aragua, el día 01 de julio de 2013, según consta de Acta Nº 232.- Oídas las declaraciones de los ciudadanos MAIGUALIDA ANTONIETA GARCIA ZAMBRANO y FRANCO CARLOS COLINA GARCIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 4.669.405 y V- 20.004.653 respectivamente, ambos de este domicilio; quienes declararon: “Si la conocí”, “Si lo se y me consta”, “Si me consta que es el Único y Universal Heredero”.

D I S P O S I T I V A
Finalmente esta Juzgadora considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, de las copias de las Cédulas de Identidad, Actas de Nacimiento, y Acta de Defunción acompañadas a la Solicitud, sólo aparece como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, de la Decujus: MARIA MAGDALENA MARQUEZ DE TOVAR, suficientemente identificado, el ciudadano ALEXIS RAFAEL TOVAR MARQUEZ, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor del ciudadano ALEXIS RAFAEL TOVAR MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.875.760, de este domicilio como UNICO Y UNIVERSALE HEREDERO de la Decujus: MARIA MAGDALENA MARQUEZ DE TOVAR, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales al solicitante.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 10:00 a.m., del día once (11) del mes de octubre de dos mil trece (2.013). Años 203º de la Independencia y 154º de la federación.-

La Jueza,

Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTÍNEZ.

La Secretaria Temp.,

Abog. ANANGELICA M. TAPIA PARRA.

En esta misma fecha y hora se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto N° , al folio , del Libro Diario, y se devuelven al interesado constante de: ( ) folios útiles.

La Secretaria Temp.,

Abog. ANANGELICA M. TAPIA PARRA.


Doy fe de las copias fotostáticas que anteceden, las certifico en legajos de orden del Tribunal, once (11) de octubre del año dos mil trece (2.013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.

La Secretaria Temp.,

Abog. ANANGELICA M. TAPIA PARRA.











EXP. N°. 2.013 - 804.-
EJSM/amtp/Cristhian.-