REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE





JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 16 de Octubre de 2013

203° y 154°

Vista la Solicitud presentada por el ciudadano HUGO MANUEL PINO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 5.358.346, de este domicilio, signada con el N°. 2.013- 1050 quien ha solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud.- Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conformes.- Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre una superficie de terreno propiedad del Solicitante, según consta de documento debidamente registrado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 04 de Diciembre de 1.987, bajo el N°. 89, Folio 174 al 176, del Protocolo Primero, Tomo Tercero, cuarto trimestre del año 1987, presentado en original para su vista y devolución; constante de UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA METROS (1.430 M2), ubicado en la avenida “MARIA NIEVES”, sin número cívico, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con casa que es o fue de la señora Vicenta de Cárdenas, en Cuarenta y Seis Metros (46,00 Mts); SUR: con Vivienda Rural, propiedad del señor Simón Falcón, en Cuarenta y Seis Metros (46,00 Mts); ESTE: con avenida Maria Nieves, en Treinta y cinco Metros (35,00 Mts), y OESTE: con Solar del ciudadano Luís Mirabal, en Treinta y Cinco Metros (35,00 Mts); conformadas por un (1) Tinglado: conformado por una losa de fundación, estructura metálica, cubierta de techo en láminas climatizadas, paredes de bloques de arcilla sin frisar; con un área de Trescientos Metros Cuadrados (300,00 Mts2); una (1) Oficina sistema estructural: tradicional en concreto, fundaciones directas, viga de riostra, columnas, vigas, losa nervada platabanda; instalaciones sanitarias: tuberías de una agua blanca fría y caliente, en PVC y tuberías de aguas negras; instalaciones eléctricas: tuberías embutidas, tablero de 12 circuitos, interruptores y toma corrientes de plástico, paredes: de bloques de arcilla, pavimentos de concreto; herrería y cerrajería: cerramiento de rejas, marcos metálicos en puertas y ventanas; tipo basculantes de hierro y vidrio; artefactos sanitarios: W.C., lavamanos, con un área de treinta y seis metros cuadrados (36,00 Mts2); una (1) pared perimetral de construcción tradicional con vigas, columnas en concreto y bloques de concreto pintados, con un área de trescientos ochenta y ocho metros con ochenta centímetros cuadrados (388,80 Mts2); en la cual ha invertido la cantidad de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 600.000,00) fomentados a las únicas y propias expensas del ciudadano HUGO MANUEL PINO, plenamente Identificado en el escrito de Solicitud. Se ordena devolver estas resultas al Solicitante.-

La Jueza,


Dra. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.-


La Secretaria Temporal,


Abg. ANANGELICA TAPIA.-



En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de:
( ) Folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. al folio
del Libro Diario.



La Secretaria Temporal,


Abg. ANANGELICA TAPIA.-




Doy fe de la exactitud de las copias que anteceden, las certifico de orden del Tribunal, en San Fernando de Apure a los Dieciséis (16) días del mes de Octubre del año Dos Mil Trece (2013).- Años: 203º de la Independencia y 154° de la Federación.


La Secretaria Temporal,

Abg. ANANGELICA TAPIA.-






























SOLICITUD N°. 13- 1050.-
EJSM/at/ejjvm.-