REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 18 de Septiembre de 2013.-

203º y 154º
Por recibido, fórmese expediente, désele entrada y curso de Ley.- Vista la solicitud de Homologación de acuerdo Conciliatorio planteado por ante la FISCALIA SEXTA DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, suscrita por los ciudadanos TOMMY JHON DIAZ PEREZ y RENNY JOSEFINA CARABALLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.383.621 y 17.395.339, quienes Convinieron en relación a la Obligación de Manutención, a favor de las Hnas: (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de la Protección del Niño y del Adolescente).-
Siendo la oportunidad para este Tribunal pronunciarse sobre su admisión, previamente observa: que las Hnas. (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de la Protección del Niño y del Adolescente), tienen su domicilio en la Urbanización el Paraíso, sector los ranchos, vivienda del color Azul y blanco, cerca de la cancha del Municipio Biruaca, Estado Apure.
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Régimen Atributivo de Competencia establecido en la Resolución 1.278, de fecha 22-08-2.000, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.036 de fecha 14/09/2.000, para los asuntos alimentarios a los Tribunales de Municipios, en consecuencia, se Declina Competencia para seguir conociendo la presente causa al Juzgado del Municipio Biruaca de esta Circunscripción Judicial del Estado Apure.- Remítase Expediente.- Líbrese lo conducente.
La Jueza Prov.,

Dra. DULCE MEDINA.-

La Secretaria Acci,


Abg. NERYS RUIZ.-


En esta misma fecha siendo las 10:00 a.m., se Publicó y se Registró la anterior Sentencia
La Secretaria Acci,


Abg. NERYS RUIZ.

Exp.: JMSS-5.245-13.-
DM/NR/carmen.