REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO APURE
SOLICITUD: 2.013- 844
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: FAMILIA
PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DEL DECUJUS: JUAN HILARIO CORONA.
SOLICITANTE: BARBARA AMPARO CASTILLO DE CORONA y otros Asistida de la Abogada MARÍA ELOINA UTRERA RAMOS.
FECHA DE ENTRADA
DEL EXPEDIENTE: 13 DE AGOSTO DE 2013
Vista la anterior Solicitud, presentada por la ciudadana BARBARA AMPARO CASTILLO DE CORONA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.622.201, debidamente asistida por la Abogada MARÍA ELOINA UTRERA RAMOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 134.292, quien ha solicitado se le declare, conjuntamente con sus hijos: JUAN HILVIANNY CORONA CASTILLO, HISLANNY RAQUEL CORONA CASTILLO y ALLAN HILIANNY CORONA CASTILLO, Venezolanos, mayores de edad, soltera, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 15.047.433, V- 15.682.752 y V- 116.528.128, respectivamente; como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus: JUAN HILARIO CORONA, quien fue Venezolano, mayor de edad, de 56 años de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 9.054.053, falleció Ab-Intestato, en la casa, barrio Jaime Lusinchi, casa s/n, Municipio San Fernando del Estado Apure, el día 22 de julio de 2013, según consta de Acta Nº 474.- Oídas las declaraciones de los ciudadanos MICHELL MARIA DE JESUS HERNÁNDEZ HURTADO y LUIS MANUEL DELGADO GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 19.131.054 y V- 23.697.205 respectivamente, ambos de este domicilio; quienes declararon: “Si la conocen suficientemente, de vista, trato y comunicación desde hace muchos años”, “Si lo conocieron”; “Si les consta que son los Únicos y Universales Herederos”.
D I S P O S I T I V A
Finalmente esta Juzgadora considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, de las copias de las Cédulas de Identidad, Actas de Nacimiento, y Acta de Defunción acompañadas a la Solicitud, sólo aparece como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Decujus JUAN HILARIO CORONA, suficientemente identificado, los ciudadanos, BARBARA AMPARO CASTILLO DE CORONA, JUAN HILVIANNY CORONA CASTILLO, HISLANNY RAQUEL CORONA CASTILLO y ALLAN HILIANNY CORONA CASTILLO, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos, BARBARA AMPARO CASTILLO DE CORONA, JUAN HILVIANNY CORONA CASTILLO, HISLANNY RAQUEL CORONA CASTILLO y ALLAN HILIANNY CORONA CASTILLO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.622.201, V- 15.047.433, V- 15.682.752 y V- 116.528.128, de este domicilio como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus JUAN HILARIO CORONA, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales al solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 10:00 a.m., del día veintiséis (26) del mes de septiembre de dos mil trece (2.013). Años 203º de la Independencia y 154º de la federación.-
El Juez Temp.,
Abg. ANTONIO A. FRANCO T.
El Secretario Temp.,
Abog. ORLANDO R. CORDOBA R.
En esta misma fecha y hora se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto N° , al folio , del Libro Diario, y se devuelven al interesado constante de: ( ) folios útiles.
El Secretario Temp.,
Abog. ORLANDO R. CORDOBA R.
Doy fe de las copias fotostáticas que anteceden, las certifico en legajos de orden del Tribunal, veintiséis (26) de septiembre del año dos mil trece (2.013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
El Secretario Temp.,
Abog. ORLANDO R. CORDOBA R.
EXP. N°. 2.013 - 844.-
AAFT/orcr/Cristhian.-
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