REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Fernando de Apure, 22 de Abril de 2014.
204° y 155°
EXTINCIÓN DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO
CAUSA N°
1E-986-00
JUEZ(A):
ABG. RAQUEL LAYA
FISCAL:
SEPTIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO
DEFENSOR(A):
ABG M ARIA ELENA DELGADO
SECRETARIO(A):
ABG. ANDREYLI UVIEDO
PENADO(A):
FELIX ORLANDO MEDINA MARQUEZ, Titular de la Cedula de Identidad V-15.041.009.
Revisada como ha sido la presente causa seguida al ciudadano FELIX ORLANDO MEDINA MARQUEZ, Titular de la Cedula de Identidad V-15.041.009, natural de San Fernando de Apure, F.N. 22-06-78, de 36 años de Edad, Estado Civil: Soltero, Profesión: Taxista, residenciado en el Barrio Andrés Bello calle principal frente a la Bloquera, después de la Planta Vía El Tocal. Cel. 0424-3212773, en San Fernando de Apure, relacionado con la causa 1E-986-00, en la cual fue condenado a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1 del Código Penal Venezolano vigente para el momento de los hechos; este tribunal a los fines de verificar dicha pena se encuentra prescrita, hace las siguientes consideraciones:
Al penado FELIX ORLANDO MEDINA MARQUEZ, Titular de la Cedula de Identidad V-15.041.009, este Tribunal en fecha 02 DE MAYO DE 2012, le otorgó la gracia del CONFINAMIENTO, tal como consta a los folios Cuatrocientos Uno (401) al Cuatrocientos Dos (402) del expediente.
Que en fecha 28 de Marzo de 2014, se evidencia oficio de la Prefectura del Municipio San Fernando mediante el cual informa que el penado en mención culmino el régimen de presentación iniciando el 24 DE MAYO DE 2012 y finalizando el 17 DE ABRIL DE 2014, cada 08 días; y en virtud de lo previsto en el artículo 105 del Código Penal, el cual reza: “El cumplimiento de la condena extingue la responsabilidad criminal”, en concordancia con el artículo 471, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, se extingue la Pena
Por todo lo antes expuesto, y considerado que el penado FELIX ORLANDO MEDINA MARQUEZ, Titular de la Cedula de Identidad V-15.041.009, F.N. 22-06-78, de 36 años de Edad, Estado Civil: Soltero, Profesión: Taxista, residenciado en el Barrio Andrés Bello calle principal frente a la Bloquera, después de la Planta Vía El Tocal. Cel. 0424-3212773, en San Fernando de Apure, relacionado con la causa 1E-986-00, en la cual fue condenado a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 408 ordinal 1 del Código Penal Venezolano vigente para el momento de los hechos, y con fundamento a lo establecido en el articulo 105 del Código Penal, se extingue la pena. Y ASÍ SE DECIDE:
|