REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas de los Municipios
San Fernando y Biruaca
de la Circunscripción Judicial
del Estado Apure
San Fernando de Apure, 07 de Agosto de 2014
204° y 155°
EXPEDIENTE N°: 2.011- 5.103
DEMANDANTE: MANUEL ENRIQUE BERRO ADARME,
asistido por el Abogado ARNOLDO JOSÉ ROJAS
ROJAS
DEMANDADO: DAVID VÉLIZ.
JUICIO: COBRO DE BOLIVARES POR
INTIMACION
Por recibida y vista la diligencia que antecede con su recaudo anexo, cursante al folio 34 del Expediente, consignada por los ciudadanos MANUEL ENRIQUE BERRO ADARME, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 9.873.634, asistido por el Abogado ARNOLDO JOSÉ ROJAS ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 99.748, en su carácter de Tenedor legítimo por una parte, y por la otra el ciudadano DAVID VÉLIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 9.870.622, debidamente asistido por el Abogado ÁNGEL VICENTE NADALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 138.812, en su carácter de deudor principal, mediante la cual consignan TRANSACCION celebrada entre las referidas partes de conformidad con lo establecido en el Artículo 255 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, asimismo, solicitan la HOMOLOGACIÓN en el presente Juicio; désele entrada y admítanse cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, ordena HOMOLOGAR dicha TRANSACCION, dándosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se da por terminado el presente Juicio. Así mismo, se deja sin efecto la Medida Provisional de Embargo decretada por este Tribunal en fecha 21 de Marzo de 2.012, y ejecutada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de esta Circunscripción Judicial, para lo cual, se ordena oficiar al ciudadano JOSÉ ISMAEL VALERA, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 11.243.294, con domicilio en esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, a objeto de que previo el lleno de los requisitos legales, ponga en plena posesión mediante entrega formal, de las bienhechurías que constituye el Fundo denominado “El Intercambio”, consistente en Una (1) Casa de barro con estantes de madera y piso de tierra, ubicadas en la Parroquia La Unión del Municipio Arismendi del Estado Barinas, así como de todos los enseres y bienes muebles que se encuentran en dicho Fundo, consistentes en: Una (1) Bomba de extracción de agua manual de color azul, marca ANDINA 90, en avanzado estado de deterioro, Una (1) asperjadora de 16 litros, de color naranja, marca GUARANÍ, en aparente buen estado de conservación, y Una (1) Silla de montar caballo con todos sus accesorios, la cual se encuentra en buen estado, dichas bienhechurías se encuentran sobre una superficie de terreno propiedad del INTI, de aproximadamente 75 Has, comprendidas dentro de los siguientes linderos: NORTE: Fundo de Antonio Castillo. SUR: Fundo de Osber Moreno, ESTE: Carretera Promollano vía San Pablo vivero, y OESTE: Fundo de Pablo Román, se da por terminado el presente Juicio y se ordena el archivo del expediente respectivo Líbrese Oficio. CUMPLASE.
La Juez,
Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
El Secretario Acc.,
Abg. FREDDY J. TORTOZA F.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, se libró Oficio N°. 14- 735, y quedó anotada en el punto N°. , al folio , del Libro Diario.
El Secretario Acc.,
Abg. FREDDY J. TORTOZA F.
EXP. N°. 11- 5.103.-
EJSM/fjtf/mder.-
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